STSJ Galicia 5513/2015, 14 de Octubre de 2015
Ponente | MARIA TERESA CONDE-PUMPIDO TOURON |
ECLI | ES:TSJGAL:2015:7744 |
Número de Recurso | 1533/2014 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 5513/2015 |
Fecha de Resolución | 14 de Octubre de 2015 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA
PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939
Fax: 881881133 /981184853
NIG: 15030 44 4 2013 0002378
402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0001533 /2014 ev-a
Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000477 /2013
Sobre: DESEMPLEO
RECURRENTE/S D/ña SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
ABOGADO/A: SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
RECURRIDO/S D/ña: Vicente
ABOGADO/A: FELIPE CARLOS MARTINEZ RAMONDE
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
ILMOS/AS SRES/AS MAGISTRADOS/AS D/Dª
BEATRIZ RAMA INSUA
Mª TERESA CONDE PUMPIDO TOURON
LUIS F. DE CASTRO MEJUTO
En A CORUÑA, a catorce de Octubre de dos mil quince.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NO MBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0001533 /2014, formalizado por el LETRADO DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, en nombre y representación de SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, contra la sentencia número 44 /2014 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 5 de A CORUÑA en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000477 /2013, seguidos a instancia de Vicente frente a SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, siendo Magistrado- Ponente la Ilma Sra Dª Mª TERESA CONDE PUMPIDO TOURON.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Vicente presentó demanda contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 44 /2014, de fecha veintisiete de Enero de dos mil catorce
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: " Primero.- D. Vicente, prestó servicios por cuenta y orden de la empresa Telefónica De España S.A.U, desde el 23 de diciembre de 1.983 y el 30 de diciembre de 2.012, en que se extinguió su relación laboral en virtud de Expediente de Regulación de Empleo N° NUM000 . Segundo.- D. Vicente, cotizó en los últimos 6 meses la cantidad de 19.575 euros, considerando como base de cotización diaria a razón de 108,75 euros diarios, es decir 3.262,5 euros mensuales. Tercero.- Por D. Vicente, se solicitó prestación por desempleo ante la Dirección Provincial de A Coruña del Servicio Público de Empleo Estatal, que dictó resolución en fecha de 15 de enero de 2.013, en la que se le reconoció una prestación durante 720 días, con fecha de inicio el 1 de enero de 2.013, y una base reguladora de 106,98 # día. Cuarto.- Por D. Vicente, se formuló reclamación previa interesando una base reguladora distinta, que fue resuelta en fecha de 8 de abril de 2.013, por la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal desestimándola. Quinto.- Se agotó la vía administrativa previa."
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Que debo ESTIMAR y ESTIMO la demanda interpuesta por D. Vicente, contra el Servicio Público de Empleo Estatal, y en consecuencia debo declarar y declaro que la base reguladora de las prestación por desempleo es de 108,75 #, y en consecuencia condeno a la entidad demandada a estar y pasar por tal declaración y a abonar a los actores la prestación por desempleo que resulta de la aplicación de la citada base."
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.
Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL en fecha 28 de Marzo de 2014 .
Admitido a trámite el recurso se señaló el día catorce de Octubre para los actos de votación y fallo.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,
El artículo 191.2 g) de la Ley 36/2011, de 10 de Octubre,...
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ATS, 21 de Marzo de 2017
...por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 14 de octubre de 2015, en el recurso de suplicación número 1533/2014 , interpuesto por el Servicio Público de Empleo Estatal, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 5 de los de La Coruña/A C......