STSJ Comunidad Valenciana 1418/2015, 29 de Junio de 2015
Ponente | INMACULADA CONCEPCION LINARES BOSCH |
ECLI | ES:TSJCV:2015:2896 |
Número de Recurso | 166/2015 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 1418/2015 |
Fecha de Resolución | 29 de Junio de 2015 |
Emisor | Sala de lo Social |
1 Rº c/ stcia 166/15
RECURSO SUPLICACION - 000166/2015
Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Mercedes Boronat Tormo
Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Inmaculada Linares Bosch
Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Carmen López Carbonell
En Valencia, a veintinueve de junio de dos mil quince.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,
SENTENCIA Nº 1418/2015
En el RECURSO SUPLICACION - 000166/2015, interpuesto contra la sentencia de fecha 10-10-14, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE ELX, en los autos 000217/2014, seguidos sobre cantidad, a instancia de D. Abel, asistido por el letrado D. José Plaza Teva, contra CONSTRUCCIONES GOMISELX S.L. y Celso, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Inmaculada Linares Bosch.
La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "
FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por don Abel condeno a "Construcciones Gomisel, S.L." al abono al actor de una indemnización de 47.000 euros. Esta cantidad devengará el interés previsto en el artículo 576 de la LEC desde la notificación de la presente demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes:
El demandante, con DNI NUM000, con número de afiliación NUM001 y de profesión habitual peón de la construcción, fue declarado en situación de incapacidad permanente absoluta por el INSS en resolución de 2 de mayo de 2013, siendo la contingencia de dicha prestación accidente de trabajo, que sufrió el 22 de octubre de 2012 cuando prestaba servicios para la mercantil "Construcciones Gomiselx, S.L." .
El artículo 63 del Convenio Colectivo para la construcción de la provincia de Alicante establece el derecho del trabajador a obtener una indemnización de 47.000 euros en caso de declaración de incapacidad absoluta derivada de accidente de trabajo.
Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, habiendo sido impugnado. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y pase al Ponente.
Se interpone recurso de suplicación por la representación letrada de la parte actora, frente a la sentencia que estimando en parte su demanda, condena a la mercantil Construcciones Gomiselx SL a abonarle 47.000#, en concepto de indemnización prevista como mejor voluntaria en el Convenio Colectivo, absolviendo al codemandado Celso . En el primer motivo del recurso, al amparo del art. 193-b) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, interesa la adición de un nuevo hecho probado, de ordinal tercero, que diga, "El codemandado D. Celso es el Administrador único de la sociedad Construcciones Gomiselx SL, cargo para el que fue nombrado el 1-12-2006 y vigente en el momento en que tiene lugar el accidente al actor", en base a los folios 80 a 84.
La documental en que se apoya el recurrente consiste en meros informes promocionales, que carecen de fuerza revisora, siendo doctrina consolidada la que entiende que para que pueda prosperar la revisión de los hechos declarados probados por la sentencia de instancia es preciso que...
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