STSJ Islas Baleares 206/2015, 29 de Junio de 2015

PonenteALEJANDRO ROA NONIDE
ECLIES:TSJBAL:2015:694
Número de Recurso73/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución206/2015
Fecha de Resolución29 de Junio de 2015
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ILLES BALEARS SALA SOCIAL

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00206/2015

NIG: 07040 44 4 2013 0001081

402250

TIPO Y Nº. RECURSO.: RECURSO SUPLICACION 73/2015

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS.: JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE PALMA DE MALLORCA. DEMANDA.: 275/2013. DESPIDO

RECURRENTE/S D/ña Dimas

ABOGADO/A: SR. DON JAIME FERNANDEZ PERELLO

PROCURADOR: SR. DON BEGOÑA MUÑOZ VIVANCOS

RECURRIDO/S D/ña: AD.CONCURSAL IBERWORLD, ORBEST SUCURSAL ESPAÑA, BARCELÓ, S.A., FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA), MINISTERIO FISCAL, IBEROTRAVEL VACATIONS HOLDING SL, IBERWORLD AIRLINES SA

ABOGADO/A SR/ES: MANUEL SANCHEZ RUBIO, DAVID MARTINEZ SALDAÑA, DAVID MARTINEZ,,, MANUEL SANCHEZ RUBIO, MANUEL SANCHEZ RUBIO,,,,,,,,,,,, MATERIA: DESPIDO

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ISLAS BALEARES

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE:

DON FRANCISCO J. WILHELMI LIZAUR

MAGISTRADOS:

DON ANTONI OLIVER REUS

DON ALEJANDRO ROA NONIDE

En Palma de Mallorca, a veintinueve de junio dos mil quince.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, formada por los Ilmos. Sres.

Magistrados que constan al margen, ha pronunciado

EN NOMBRE DE S. M. EL REY

la siguiente

S E N T E N C I A NÚM. 206/2015

En el Recurso de Suplicación núm. 73/2015, formalizado por el Sr. Letrado Don Jaime Fernández Perelló, en nombre y representación de Don Dimas, contra la sentencia de fecha 27 de noviembre de 2014, dictada por el Juzgado de lo Social Nº. 3 de Palma de Mallorca en sus autos demanda número 275/2013, seguidos a instancia del recurrente, frente a Iberotravel Vacations Holding, S.L., Iberworld Airlines, S.A., y la Administración Concursal de Iberworld, representadas por el Sr. Letrado Don Manuel Sánchez Rubio, Orbest, S.A. Sucursal España ("Orbest", "Orbest S.A., Sucursal en España" o la "Empresa", indistintamente) y Viajes Barceló, S.L. ("Viajes Barceló"), representada por el Sr. Letrado Don David Martínez Saldaña y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), en reclamación por Despido, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. ALEJANDRO ROA NONIDE, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

  1. - El demandante D. Dimas titular del DNI NUM000 venía prestando servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa Iberworld Airlines S.A. como Comandante de avión con base en Tenerife con antigüedad del 10.03.00, Categoría profesional de Comandante N-4 y un salario bruto diario de 383,65 euros.

  2. -El actor desarrolló su actividad normal con la Compañía hasta el día 21 de febrero de 2013, cuando tuvo lugar su último vuelo. Las programaciones de cada mes se enviaban los días 23 a 25 del mes anterior. En febrero no se remitió programación de vuelos al actor. En los meses siguientes de marzo y abril, no trabajó pero cobró sus nóminas, no acogiéndose voluntariamente a vacaciones ni permisos, como había ofrecido la empresa. El actor recibe un mail en fecha 21 de febrero de 2013 (doc nº 4) comunicando que la Cia Viajes Barceló había comprado a Orizonia Travel Group SL, la Compañía aérea Orbest Portugal para operar desde España lamentando no poder proseguir para ello con la totalidad de los trabajadores de Orbest España. En fecha 19.02.13 se firman unos compromisos entre Orizonia (Iberworld) y Viajes Barceló de carácter económico y social dirigidos a paliar parcialmente la situación de Orizonia tanto en relación con clientes como en relación a sus deudas y sus trabajadores. Orbest Sucursal en España y Viajes Barceló (doc. 21 a 53) aportaron elementos materiales e inmateriales indispensables para realizar la actividad (handling Barajas, formación al personal, licencias de vuelo, mantenimiento, touroperadores, apertura de una nueva ruta...), ampliaron el capital y prestaron depósitos, garantía y avales a los arrendadores de las aeronaves.La inversión fue cercana a los 35 millones de euros. En relación con los aviones y con el fin de permitir la liberación de los depósitos constituidos por Iberworld Airlines, S.A.U. ("IBW") a favor de los propietarios de una aeronave A-330 y dos aeronaves A-320, arrendados por IBW, en garantía de los contratos de leasing de tales aviones, Viajes Barceló se comprometió a que Orbest, una vez adquiridas sus acciones por Viajes Barceló y condicionado a esta previa adquisición, firmara nuevos contratos de leasing de dicho A330 y de los dos A-320, con aquellos propietarios que así lo consintieran. De las nueve aeronaves arrendadas por Iberworld, Orbest finalmente utilizo únicamente una, el Airbus A320 matrícula .... .Viajes Barceló se comprometió a que Orbest contratara

    de manera preferente entre los empleados de IBW a los nuevos trabajadores que requiriese contratar para la operación de los aviones referidos en este apartado. Se dieron de alta a 34 pilotos (Comandantes y segundos) a fecha 15.03.13 en Orbest España más otro personal hasta la cifra de 137. Permanecieron de alta todos ellos en Iberworld hasta el 30.04.13 (doc. 16 a 26), pasando luego a Orbest España y en noviembre de 2013 a Evelop Airlines. El organigrama operativo de las compañías Iberworld, Orbest España y Evelop es el mismo (doc. 42).

  3. -La empresa Iberworld tenía tres bases operativas: Palma, Madrid y Tenerife. A mediados de febrero de 2013 ya era pública y notoria la situación preconcursal de Iberworld Airlines S.L.y del grupo empresarial al que pertenecía. Se presenta ante los Juzgados de Palma en fecha 15 de febrero de 2013 por parte del Grupo Orizonia (a la que pertenece Iberworld Airlines) solicitud de preconcurso de acreedores del art. 5 bis de la Ley Consursal . Se inició un despido colectivo no concursal el 7.03.13 transformándose en ERE concursal el 4.04.13.

  4. - Por Auto del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca de 29 de abril de 2013 dictado en el incidente de extinción de contrato laborales (Asunto 404/2013 ) se dispone la autorización de la extinción de los contratos laborales de la totalidad de los trabajadores de Iberworld Airlines S.A. aceptando la convalidación del acuerdo alcanzado entre la Administración concursal, la concursada y los trabajadores. Que en la relación nominal de todos los contratos de trabajo que se extinguen en virtud de Auto aparece el nombre del actor, que le fue comunicado a éste en fecha 30.04.13 mediante carta de despido (doc. 55) que se da por reproducido. El auto es firme desde el 27.09.13. El Sr. Dimas ha cobrado el 17,5 % de la indemnización por despido en el seno del Concurso por un importe de 17.743,09 #. En fecha 1 de julio de 2013 el Juez de lo Mercantil, en Sentencia resolviendo incidente del Concurso planteado por el actor homologa el acuerdo alcanzado entre éste, Iberworld Airlines SA y el administrador concursal, reconociendo al Sr. Dimas la indemnización que se fije en la Sentencia que se dicte en el procedimiento de lo Social planteado (el presente) y si la misma fuese desestimatoria, manteniendo la extinción acordada en el ERE concursal con sus derechos indemnizatorios en cuanto a cuantía y calificación. (doc. 36).

  5. - El demandante no ha ostentado la condición de representante legal o sindical de los trabajadores durante el último año.

  6. - En fecha 4.03.13 el demandante dedujo ante el TAMIB papeleta de conciliación celebrándose el acto con el resultado de intentado sin efecto el día 13.03.13. frente a Iberworld Airlines S.A. y Orizonia Corporation.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la sentencia de instancia dice:

QUE DESESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por D. Dimas, frente a las empresa IBEROTRAVEL VACATIONS HOLDING, S.L., IBERWORLD AIRLINES, S.A., ORBEST SUCURSAL ESPAÑA, VIAJES BARCELO, Y EL ADMINISTRADOR CONCURSAL DE IBERWORLD ( Carlos Manuel ), y FOGASA, sobre EXTINCION VOLUNTARIA DE LA RELACION LABORAL art 50 ET ., debo absolver y absuelvo a las demandadas de los pedimentos formulados frente a ellas, estimando la excepción de falta de acción sobrevenida.

TERCERO

Contra dicha resolución se anunció recurso de suplicación por el Sr. Letrado Don Jaime Fernández Perelló, en nombre y representación de Don Dimas, que posteriormente formalizó y que fue impugnado, por las representaciones de Iberotravel Vacations Holding, S.L., Iberworld Airlines, S.A. y la Administración Concursal de Iberworld, Orbest, S.A. Sucursal en España ("Orberst", "Orbest, S.A., Sucursal en España" o la "Empresa", indistintamente y Viajes Barceló, S.L. ("Viajes Barceló"); siendo admitido a trámite dicho recurso por esta Sala, por Providencia de fecha cinco de marzo de dos mil quince.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La sentencia recurrida desestima la demanda presentada por uno de los pilotos que venía prestando servicios para la empresa Iberworld Airlines SA, como comandante de avión. La pretensión esencial de la demanda fue la petición de la extinción voluntaria del contrato al amparo del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, por causa de falta de ocupación efectiva, pues desde el 21 febrero 2013 no llevó a cabo ningún vuelo, al no remitir las programaciones de vuelo, percibiendo, no obstante, sus nóminas, y no acogiéndose el demandante a vacaciones o permisos ofrecidos, como hechos no controvertidos.

La demanda fue presentada inicialmente contra Iberworld Airlines SA, como también frente a Iberotravel Vacations Holding SL, constando con fecha de registro de entrada de 14 marzo 2013, habiendo presentado previamente ante el TAMIB papeleta de conciliación, el 4 marzo 2013.

Posteriormente, en el actual proceso es efectuada la ampliación de demanda respecto a Orbest SA, Sucursal de España, que había adquirido la sociedad portuguesa Orbest SA, y frente a Viajes Barceló SL, manteniendo la existencia de una sucesión de empresas.

Las...

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