SAP Murcia 180/2006, 27 de Junio de 2006

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2006:1376
Número de Recurso9/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución180/2006
Fecha de Resolución27 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 180

En la ciudad de Murcia, a veintisiete de junio de dos mil seis.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 8/05 , -rollo nº 9/06-, entre las partes, actora, Dª. Pilar , mayor de edad, vecina de Murcia, con domicilio en CALLE000 nº NUM000 , con D.N.I. nº NUM001 , representada por el Procurador Sr. Artero Moreno y dirigida por el Letrado Sr. García Rocamora; y demandados, D. Juan Francisco , con D.N.I. nº NUM002 , en rebeldía, y Mercadona, S.A., con domicilio social en Tavernes Blanques (Valencia), calle Valencia nº 5, con C.I.F. nº A- 46.103.834, representada por la Procuradora Sra. Martínez-Abarca Artiz y dirigida por la Letrada Sra. Gimeno Manzano. Versando sobre reclamación de cantidad derivada de culpa extracontractual.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Mercadona S.A. contra la sentencia de 27 de julio de 2005, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Murcia ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente fallo:"Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Miguel-Angel Artero Moreno en nombre y representación de Pilar , se condena solidariamente a Juan Francisco , y a la sociedad MERCADONA, S.A. al pago a la actora de la cantidad de VEINTE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE EUROS Y CINCUENTA Y TRES CENTIMOS DE EURO (20.757,53 €); con imposición de costas a la parte demandada".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso Mercadona S.A. recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil .

Tercero

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 9/06, y se señaló el día 22 de junio de 2006 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Dª. Pilar interpuso demanda de Juicio Ordinario solicitando que se condenara a D. Juan Francisco y a la mercantil Mercadona S.A. a que abonaran a Dª. Pilar la cantidad de 20.757,53 euros, en concepto de indemnización por los días de curación, secuelas e incapacidad permanente parcial para su trabajo, más intereses.

Exponía la representación de la actora que el 6 de julio de 2001, sobre las 13'30 horas, cuando Dª. Pilar se encontraba haciendo la compra en el establecimiento Mercadona, de la calle Cisne, de Murcia, El Ranero, fue arrollada por D. Juan Francisco , empleado del referido establecimiento, que iba corriendo por el pasillo donde estaba la actora y le enganchó la pierna, lanzándola al suelo.

La Sra. Pilar fue examinada por el Médico Forense en el expediente de Juicio de Faltas nº 1.638/01 del Juzgado de Instrucción nº 1 de Murcia, apreciándosele lesiones consistentes en fractura-aplastamiento de la 11ª vértebra dorsal, de las que tardó en curar 119 días, precisando reposo y antiinflamatorios, y durante los que estuvo incapacitada para sus ocupaciones habituales, y...

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