SAP Murcia 269/2005, 27 de Octubre de 2005

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2005:2037
Número de Recurso168/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución269/2005
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 269 En la ciudad de Murcia, a veintisiete de octubre de dos mil cinco.

&nbs p;

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 168/2003 , -rollo nº 168/2005-, entre las partes, actora, Mapfre Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, con domicilio social en Majadahonda (Madrid), carretera de Pozuelo a Majadahonda, Km. 3'800, con C.I.F. nº G-28010619, representada por el Procurador Sr. Tovar Gelabert y dirigida por el Letrado Sr. Díaz Guía; y demandada, Van Ameyde y Aficresa, S.A., con domicilio social en Madrid, calle Goya nº 15-3º izquierda, con C.I.F. nº A-28106359, representada por la Procuradora Sra. Bañón Arias y dirigida por el Letrado Sr. De la Peña Abellán. Versando sobre reclamación de cantidad en ejercicio de acción de recobro.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Mapfre Mutualidad de Seguros y de adhesión e impugnación formulada por Van Ameyde yAficresa contra la sentencia de 24 de noviembre de 2004, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Murcia ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

&nbs p; ANTECEDEN TES DE HECHO

Primero

La expresada resolución contiene el siguiente fallo:

&nbs p;

"Estimándose la demanda interpuesta por Mapfre Mutualidad de Seguros contra Van Ameyde & Aficresa, debo:

&nbs p;

  1. ) Absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos de la demanda.

    &nbs p;

  2. ) Cada parte pagara sus costas y las comunes por mitad".

    &nbs p;

    Dicho fallo fue corregido por auto de 20-12-2004 cuya parte dispositiva decía lo siguiente:

    &nbs p;

PARTE DISPOSITIVA

"Se corrige el fallo de la sentencia recaída en estos autos sustituyendo en el mismo la palabra "Estimándose" por "Desestimándose". Esta resolución es recurrible junto con la sentencia que corrige".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso Mapfre Mutualidad de Seguros recurso de apelación, y Van Ameyde y Aficresa se adhirió e impugnó la sentencia apelada en cuanto a su pronunciamiento sobre costas. Tras tenerse por preparado el recurso, fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil .

&nbs p;

Tercero

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 168/2005, y se señaló el 27 de octubre de 2005 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

&nbs p;

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales. &nbs p;

FUNDAMENT OS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

Primero

Mapfre Mutualidad de Seguros interpuso demanda de Juicio Ordinario solicitando que se condenara a los demandados D. Paulino y Van Ameyde y Aficresa, si bien posteriormente desistió respecto a D. Paulino , a pagar a la actora la cantidad de 9.592 euros, con 15 céntimos, más intereses, al haber abonado dicha cantidad a su asegurado D. Jose Daniel con motivo de un accidente de tráfico ocurrido el 13 de marzo de 2000, a la altura del km. 754,500 de la Autovía A7, por invasión brusca del carril por el que circulaba el Sr. Jose Daniel , por parte de la furgoneta Ford Transit matrícula italiana PH-.... , que conducía

D...

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