SAP Barcelona 209/2005, 30 de Marzo de 2005

PonenteMARIA DEL CARMEN MUÑOZ JUNCOSA
ECLIES:APB:2005:2846
Número de Recurso445/2004
Número de Resolución209/2005
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

SENTENCIA N ú m. 209

Ilmos. Sres.

Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA

D. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN

D. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS

En la ciudad de Barcelona, a treinta de marzo de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal, número 689/2003 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 27 Barcelona

, a instancia de SEGUR CAIXA, S.A. CIA SEGUROS, contra D/Dª. Maite Y CIA PELAYO; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 29 de enero de 2004 , por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda promovida en juicio verbal por el Procurador Sr. Segura Zariquiey en nombre y representación de Segur Caixa S.A, DEBO CONDENAR Y CONDENO A Dª Maite Y A LA COMPAÑIA PELAYO a que abonen solidariamente a la actora la cantidad de DOS MIL CIENTO TREINTA Y OCHO EUROS CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (2.138,54 euros), más los intereses legales desde la fecha de la demanda, con imposición a Pelayo de los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro , con imposición a las demandadas de las costas procesales.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial .

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 16 de marzo de 2005 .CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Motiva su recurso el apelante en primer lugar,en la inadecuada valoración del derecho que realiza la sentencia apelada.Afirma el apelante que no puede ser responsable subsidiario ni solidario

,de las acciones u omisiones negligentes que pueda efectuar el inquilino a quien se cedió la posesión de la vivienda ,y tampoco por la teoría del riesgo puede ser considerado el propietario responsable ,ya que la mera tenencia de una vivienda no supone riesgo alguno. La sentencia apelada declara responsable de los daños causados por el escape de...

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