SAP Barcelona 194/2006, 10 de Abril de 2006

PonenteANTONIO RAMON RECIO CORDOVA
ECLIES:APB:2006:3772
Número de Recurso288/2005
Número de Resolución194/2006
Fecha de Resolución10 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª

SENTENCIA Nº

Recurso de apelación nº 288/05

Procedente del procedimiento nº 72/03

Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Arenys de Mar

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados

DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH, DÑA. LAURA PÉREZ DE LAZÁRRAGA VILLANUEVA y

DON ANTONIO RECIO CORDOVA actuando la primera de ellos como Presidente del Tribunal, ha

visto el recurso de apelación nº 288/05 interpuesto contra la sentencia dictada el día 19 de mayo de

2004, en el procedimiento nº 72/03 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Arenys de

Mar, en el que es recurrente VITALICIO SEGUROS, y apelado PELAYO MUTUA DE SEGUROS,

previa deliberación, pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente

SENTENCIA

Barcelona, 10 de abril de 2006

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Que estimando la demanda de Juicio de ordinario que se sigue en este Juzgado instado por la Procuradora Sra. Quintana, en nombre y representación de la entidad Pelayo Mutua de Seguros contra Ableiten S.L., Esbotur S.L., la aseguradora Banco Vitalicio de España y Fiact Mutua de Seguros debo condenar y condeno solidariamente a los demandados a que abonen a la actora la cantidad de 9.701,84 ¿, deduciéndose para la aseguradora Banco Vitalicio de España la cantidad de 3.005 ¿ en concepto de franquicia pactada, condenando a los demandados al pago de los intereses devengados que para las aseguradoras serán los que establece al L.C.S.

Todo ello con condena en costas solidariamente a los demandados.

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.Fundamenta la decisión del Tribunal el Magistrado Ponente DON ANTONIO RECIO CORDOVA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La aseguradora PELAYO ejercitó en la demanda acción de resarcimiento de daños causados en el vehículo asegurado FIAT DUCATO, matrícula M-1246-ZL, que valora en la cantidad de

9.701,84 euros, como consecuencia del accidente circulación ocurrido en fecha 5 de julio de 2001 cuando dicho vehículo estaba debidamente estacionado y fue colisionado por un toro de carga propiedad de ABLEITEN, SL y asegurado en BANCO VITALICIO DE ESPAÑA; posteriormente amplió su reclamación frente a ESBOTUR, SL, y su aseguradora FIATC, por cuanto la propietaria del toro de carga era dicha entidad.

La sentencia de instancia estima la demanda condenando a todas las demandadas a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 9.701,84 euros, deduciéndose para la aseguradora BANCO VITALICIO DE ESPAÑA la cantidad de 3.005 euros en concepto de franquicia pactada, y ello por considerar que la acción ejercitada es la de reclamación de cantidad en base a un accidente de tráfico cuya responsabilidad imputa al conductor del toro de carga y a la propietaria del mismo, lo que determina...

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