STSJ País Vasco , 16 de Noviembre de 2010

PonenteGARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR
ECLIES:TSJPV:2010:6042
Número de Recurso2212/2010
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO DE SUPLICACION Nº : 2212/10

N.I.G. 48.04.4-09/010974 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

En la Villa de Bilbao, a dieciseis de noviembre de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los Iltmos. Sres. DOÑA GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR, Presidenta, DON FLORENTINO EGUARAS MENDIRI y DON JOSE LUIS ASENJO PINILLA, Magistrados, ha pronunciado,

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente,

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por ASOCIACION GIZARTE GARAPENERAKO BITARTEKARI ELKARTEA, contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de los de Bilbao, de fecha 4 de Febrero de 2010, dictada en proceso que versa sobre DESPIDO IMPROCEDENTE (DSP), y entablado por DOÑA Casilda, frente a ASOCIACION BITARTE, DON Teodosio, DOÑA Enriqueta, ASOCIACION BITARTEKARI ELKARTEA, DOÑA Leticia y AYUNTAMIENTO DE BILBAO (AREA DE CULTURA Y CONTRATACION), respectivamente, es Ponente la Iltma. Sra. Magistrada DOÑA GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR, quien expresa el criterio de la - SALA -.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por Demanda y terminó por Sentencia, cuya relación de Hechos Probados, es la siguiente :

  1. -) "La actora Casilda con DNI NUM000 ha venido prestando servicios por cuenta y órdenes de la "Asociación BITARTE de Desarrollo Comunitario y Gestion Cultural",dedicada entre otras a la actividad de desarrollo socio-educativo de minorías marginales desde el 08-009-1993, con la categoría de Educadora Social, y salario de 1.965,60 euros con inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias, durante los periodos de tiempo que se dirán en virtud de sucesivos contratos temporales:

    -De 08-09-93 a 07-07-94: Contrato para obra o servicio determinado, siendo su objeto la ejecución del proyecto de seguimiento escolar,y apoyo social a minorías étnicas y grupos marginados financiado por el Consorcio para la educación compensatoria. Duración 303dias. (Informe de vida laboral)

    - De 01-09-94 a 30-06-95. Contrato para obra o servicio determinado .Duración 303dias. (Informe de vida laboral)

    - De 01-09-95 a 30-06-96. Contrato para obra o servicio determinado .Duración 304 días. (Informe de vida laboral) - De 02-09-96 a 31-12-96: Contrato para obra o servicio determinado, siendo su objeto la ejecución del proyecto de seguimiento escolar, y apoyo social a minorías étnicas y grupos marginados financiado por Diputación foral de Vizcaya. Duración 121 días.(informe de vida laboral)

    - De 27-01-97 a 31-03-97 : Contrato para obra o servicio determinado, siendo su objeto la ejecución del proyecto de seguimiento escolar, y apoyo social a minorías étnicas y grupos marginados financiado por Diputación foral de Vizcaya. Duración 64 días. (Informe de vida laboral)

    - De 02-09-98 a 30-06-02: Contrato para obra o servicio determinado, siendo su objeto la mediación escolar. Duración 1398 días.(Informe de vida laboral)

    - De 01-09-02 a 30-06-03: Contrato para obra o servicio determinado, siendo su objeto Educadora Social. Duración 303 días .(Informe de vida laboral)

    - De 01-09-03 a 30-06-04: Contrato para obra o servicio determinado, siendo su objeto Educadora Social Duración 304 días.(Informe de vida laboral)

    - De 01-09-04 a 30-06-05: Contrato para obra o servicio determinado, siendo su objeto mediación escollar barrios Zabala, Bilbao La Vieja, y San Francisco. Duración 303días. (Informe de vida laboral)

    - De 01-09-05 a 30-06-06: Contrato para obra o servicio determinado, siendo su objeto mediación escollar barrios San Francisco, La Peña, y Bilbao La Vieja, Duración 303días. (Informe de vida laboral)

    - De 01-09-06 a 30-06-07: Contrato para obra o servicio determinado, siendo su objeto mediación escollar barrios San Francisco, La Peña, y Bilbao La Vieja. Duración 303 días.(Informe de vida laboral)

    - De 01-09-07 a 30-06-08: Contrato para obra o servicio determinado, siendo su objeto mediación escollar barrios San Francisco, La Peña, y Bilbao La Vieja. Duración 304 días. (Informe de vida laboral)

    - De 01-09-08 a 31-12-08: Contrato para obra o servicio determinado . Duración 122días (informe de vida laboral)

    - De 01-01-09 a 31-07-09: Contrato para obra o servicio determinado. Duración 212 días.(Informe de vida laboral).

  2. -) El Área de Bienestar-Acción Social del Ayuntamiento de Bilbao ha mantenido desde el año 1998 Convenios Anuales con la Asociación "BITARTE" para llevar a cabo un "programa de mediación" escolar dirigido a menores residentes de determinados barrios del Distrito 5( barrios de San Francisco, Bilbao La Vieja, Zabala, La Peña).

  3. -) La ASOCIACIÓN SOCIO-EDUCATIVA DE DESARROLLO COMUNITARIO Y GESTIÓN CULTURAL BITARTE (en adelante BITARTE) se constituyó el 27 de febrero de 1993 por Virginia (Presidenta), Eva María (Secretaria), Asunción (Tesorera), Celia (Vocal) e Emma (Vocal), con los siguientes fines:

    - Desarrollo Socio-Educativo de las minorías marginales.

    - Prevención de la marginación de los sectores de población como infancia, juventud, terceras edad, mujer...

    - Desarrollo Comunitario en los ámbitos de ocio y tiempo libre.

    - Investigación cuantitativa y cualitativa de la realidad socio-cultural.

    - Fomentar la participación y la convivencia de los colectivos menos favorecidos dentro de la comunidad.

    - Atención interdisciplinaria a la problemática de la familia (desestructuración, divorcio, separación, nulidad, malos tratos...) y sus componentes.

  4. -) En la Asamblea General celebrada el 4 de octubre de 2004 se acordó la modificación de la Junta Directiva pasando aquélla a estar formada por Teodosio (Presidente), Leticia (Secretaria), Enriqueta (Tesorera), Casilda (Vocal) e Montserrat (Vocal).

  5. -) El 27 de Mayo 2009 por el área de cultura y educación del Ayuntamiento de Bilbao se efectuó la propuesta del pliego de condiciones técnicas del contrato de la prestación del servicio de prevención detección y control del absentismo escolar en Bilbao, siendo dicha propuesta la que se incorpora al documento nº 17 de la actora, cuyo contenido se da por reproducido.

    En el mismo se contemplan como OBJETO DEL CONTRATO la prestación del servicio de prevención, detección y control del absentismo escolar en todos los centros educativos del municipio de Bilbao con alumnado hasta los 16 años. A tal fin, el licitador propondrá un plan de actuación, diferenciado según centros. Los centros se relacionan en el Anexo I diferenciados por lotes.

    El contrato se divide en tres lotes, donde cada licitador sólo podrá optar por uno de los tres lotes siguientes:

    * Lote A: Distrito 1, distrito 2, distrito 6, distrito 7 con excepción de Irala y el distrito 8.

    * Lote B: Distrito 3 y Mina del Morro.

    * Lote C: Distrito 4, excepto Mina del Morro, distrito 5, e Irala que pertenece al distrito 7.

    - PERFIL Y PERSONAL MINIMO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

    El adjudicatario pondrá a disposición del Área de Cultura y Educación o el A rea Municipal correspondiente un equipo no inferior a 4 personas en la ZonaA, 3 personas en la Zona B y 4 personas en la Zona C, todas ellas con cualificación profesional y experiencia adecuadas para colaborar en el desarrollo y ejecución de las actuaciones previstas en el Programa de Prevención y Control del Absentismo y en otras posibles actuaciones relacionadas con el mismo.

    El equipo profesional puesto a disposición del Area de Cultura y Educación o el Área municipal correspondiente para el cumplimiento del contrato, deberá estar compuesto, en las tres zonas A,B y C por al menos un Licenciado en Pedagogía, Psicología o Psicopedagogía. El resto del equipo (zonas A y C, al menos, 3 personas y zona B, al menos 2 personas ) deberá estar en posesión, como mínimo de la diplomatura de educación social o disponer de una formación no universitaria en intervención social o técnico superior en intervención social.

    En las zonas A y C, al menos 3 personas y en la zona B, al menos 2 personas de las que integren el equipo propuesto por el adjudicatario, deberán tener una experiencia mínima de tres años en trabajo social con la infancia, la adolescencia y la familia.

    - OBLIGACIONES GENERALES DE PERSONAL

    1. - La adjudicataria será la única responsable de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus trabajadores, aún cuando los despidos o medidas que se adopten sean como consecuencia directa o indirecta del incumplimento o interpretación del contrato. Será exclusiva cuenta del adjudicatario la retribución del personal que emplee en la prestación del servicio objeto de contratación, siendo de su cargo cualesquiera costos sociales y/o laborales, cumpliendo con la legislación vigente y los convenios que le afecten, quedando el Ayuntamiento totalmente exento de responsabilidad sobre las relaciones entre el contratista y su personal. El personal dependerá exclusivamente del adjudicatario por cuanto este tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, e igualmente cuantos tributos u obligaciones fiscales pudieran derivarse de dicho personal.

    2. - El adjudicatario asumirá de forma directa, y en ningún caso trasladable a este Ayuntamiento el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo o en las retribuciones de dicho personal, tanto si dicha mejora ha sido consecuencia de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, como si obedecen a cualquier otra circunstancia.

    3. - El adjudicatario será responsable ante la jurisdicción laboral y de lo social de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal por el desempeño de sus funciones. En este sentido, el adjudicatario dotará a su personal de todos los medios de seguridad...

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