SAP Girona 377/2005, 20 de Octubre de 2005
Ponente | FERNANDO FERRERO HIDALGO |
ECLI | ES:APGI:2005:1248 |
Número de Recurso | 406/2005 |
Número de Resolución | 377/2005 |
Fecha de Resolución | 20 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 377/05
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
Don Fernando Lacaba Sánchez
MAGISTRADOS
Don Fernando Ferrero Hidalgo
Don Carles Cruz Moratones
En Girona, veinte de octubre de dos mil cinco.
VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 406/2005, en el que ha sido parte apelante D. Francisco , representada esta por el Procurador D. JOAN ROS CORNELL, y dirigida por la Letrada Dña. ANA PEDROSA PIERRE; y como parte apelada Dña. María Teresa , representada por el Procurador D. CARLOS JAVIER SOBRINO CORTÉS, y dirigida por el Letrado D. JOSÉ LUÍS GUILLÉN ALONSO.
Por el Juzgado Primera Instancia 3 Figueres, en los autos nº 112/2004 , seguidos a instancias de Dña. María Teresa , representada por el Procurador D. JOSEP MARIA SOLER y bajo la dirección del Letrado D. JOSÉ LUÍS GUILLÉN ALONSO, contra D. Francisco , representado por el Procurador D. IRENE GUMÁ TORRAMILANS, bajo la dirección de la Letrada Dña. ANA PEDROSA PIERRE, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que debo ESTIMAR Y ESTIMO PARCIALMENTE LA DEMANDA interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Josep Mª Soler en nombre y representación de Dña. María Teresa y, en consecuencia, DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Francisco , a que abone a la demandante la suma de MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS (1.962'40 euros), más los intereses legales sin que haya lugara imponer las costas a ninguna de las partes."
La relacionada sentencia de fecha 21/04/05 , se recurrió en apelación por la parte demandada D. Francisco , por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando Ferrero Hidalgo .
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.
Se interpone recurso de apelación por D. Francisco , contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Figueres, de 21 de abril de 2.005 , en la que se estimó parcialmente la demanda interpuesta por DÑA. María Teresa contra dicha parte recurrente y en la que se ejercitaba la acción de responsabilidad extracontractual del artículo 1902 del Código civil , por los daños causados en el vehículo de su propiedad, Citröen Saxo, matrícula .... CCJ y provocados por el demandado, que cruzaba la carretera N-II, a la altura del punto kilométrico 772,5, siendo de noche y si llevar el chaleco reflectante.
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