STSJ Murcia 538/2015, 22 de Junio de 2015

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2015:1677
Número de Recurso150/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución538/2015
Fecha de Resolución22 de Junio de 2015
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00538/2015

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Pº GARAY, 5-2ª PLANTA. 30005-MURCIA

Tfno: 968 22 92 16

Fax: 968 22 92 13

NIG: 30030 44 4 2013 0007035

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000150 /2015

Procedimiento origen: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000872 /2013

Sobre: DESPIDO DISCIPLINARIO

RECURRENTE/S D/ña Teodoro

ABOGADO/A: MARIA TERESA PONCE JIMENEZ

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: FONDO DE GARANTIA SALARIAL, BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA

S.A.

ABOGADO/A: FOGASA, GABRIEL RUIZ SERVER

PROCURADOR: FRANCISCO DE ASIS BUENO SANCHEZ

GRADUADO/A SOCIAL:

En MURCIA, a veintidós de Junio de 2015

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Teodoro, contra la sentencia número 0182/2014 del Juzgado de lo Social número 1 de Murcia, de fecha 28 de abril, dictada en proceso número 0872/2013, sobre DESPIDO, y entablado por Teodoro frente a BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL. Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- D. Teodoro, trabajó para la empresa Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, actividad de banca, desde 21 de noviembre de 1.973, con categoría nivel 6 (gestor comercial), en el centro de trabajo de El Palmar (Murcia), calle Mayor, con salario incluida prorrata de extras de 4.287,70 euros mes, y a efectos de trámite de 140,96 euros día, que no delegado de personal sindical o miembro del Comité de Empresa. El actor operaba con el Código de Usuario informático de NUM000 desde el año 2008, no tenía delegadas facultades. SEGUNDO.-El accionante fue despedido por carta de fecha 8 de octubre de 2013 y efectos del mismo día, que obra en autos y se da por reproducida. En la misma se afirmaba en sustancia que se le despedía por fraude, trasgresión de la buena fe contractual, abuso de confianza en el desempeño del trabajo e infracción de las normas de la empresa sobre operativos bancarios. TERCERO.- Como consecuencia de una auditoria realizada al haber saldo "alarmas informativas" respecto a la actuación de D. Teodoro en la oficina de El Palmar. La jefatura de auditoria regional del BBVA en la zona de "levante desplazo a una auditoria a la citada oficina que comenzó con una investigación. El 23 de julio de 2013, se acordó la suspensión de empleo pero con derecho a sueldo mientras se llevaba a cabo la investigación, el actor fue entrevistado por una auditora en presencia del director de zona y del director CBC el 22-7-2013 y el 31-7-2013 con la finalidad de que diera explicaciones de los hechos. El 23 de septiembre de 2013 se le dio traslado al actor y al sindicato CCOO de los resultados de la auditoria presentándose por ambos, escritos de alegaciones el día 25 de septiembre de ese año. CUARTO.- Constan los siguientes hechos: Los días 11-2-10 y 10-12-10 se produjeron una serie de ingresos de efectivo en las cuentas del actor en el cajero automático de la oficina, tras su análisis pormenorizado, apropiándose de 840# de la cuenta 20-800.317-0 de

D. Anton (61 años) y Da. Silvia (12 años), en concreto ocurrió lo siguiente: 10-2-2010.- El saldo de la cuenta 800317 era de 0,001 euros y ud. grabó una orden de venta de acciones Telefónica, que no está firmada por el cliente, por la que se abonaron a este 617,35# (su cuenta quedó acreedora de 617,36#). Se destaca que la cabecera de valores (930.5329772) estaba domiciliada en la propia oficina. En su puesto a las 9.46 horas solicitó el saldo de la cuenta del cliente. A las 13,57 horas grabó una " retención " de 600# sobre dicha cuenta para que no se dispusiera de saldo y a las 14,18 horas volvió a pedir el saldo, mientras que a las 14,19 horas confirmó que la retención estaba grabada (petición de estados de la cuenta. A las 18,331 horas confeccionó una "nueva libreta con el número 800317 y a las 18,37 horas volvió a pedir el saldo. El 11-2-2010 se produjo la siguiente secuencia de movimientos: consultas sobre saldos de sus cuentas (estaban deudoras) y la -del cliente; a las 10.15 horas pidió el PIN de la libreta en el cajero, existiendo una petición cuya firma no es la del cliente y se dispuso de 6006. A las 10,17 horas volvió a su puesto, consultó el saldo de la cuenta del cliente y a las 10,18 horas anuló la retención de saldo que había hecho el día anterior. A las 14,36 horas realizó tres ingresos en otras tantas cuentas del actor en el cajero y a las 14, 43 horas de nuevo en supuesto, cargó en ellas recibos de tarjetas que estaban pendientes. El 10-12-10, volvió a grabar nueva orden de venta de acciones de Telefónica por la que se abonaron al cliente 334,66# este mismo día y del que no se ha hallado la orden firmada. Entre las 11,05 horas y las 11,27 horas hizo consultas sobre la cuenta del cliente y creó una retención de 300#. Entre las 13,19 horas y las 13,22 horas, consecutivamente, se sacaron 240# de la cuenta del Sr. Anton y se ingresaron 230# en su cuenta número NUM001 . La cuenta del Sr. Anton tuvo su último movimiento el 17-12-2011 y hay otras 6 extracciones contra esta cuenta por 225,72# en beneficio de otros clientes. El actor ha contabilizado al menos 65 movimientos de dinero entre cuentas de clientes sin su consentimiento por un importe global de 85.01,92 #, de ellos 60... por 5.891,92# mediante lotes contables o transferencias.:.,, (revisadas 31 órdenes, faltaron 26, dos están sin firmar y'-'-'v-." tres la firma es distinta a la registrada). En general para simular la retrocesión de intereses/comisiones (dos por 1.660#) anulados a los pocos días de los que 55 por 5.744,54# los cargó a otros clientes sin su conocimiento y sin que tengan ninguna relación con aquellos y 5 por 147,38# los pago con dinero de sus cuentas. Los 5 restantes por 2.610#, fueron disposiciones contra la cuenta de un cliente desde cajero automático, dinero que ingreso en la de otro para atender la cancelación de dos libretotes. Fueron debitados en 60 casos a otros clientes por importe de

8.354,54 #, cinco por 147,38 #, los pagó con cargo a alguna de sus cuentas. En 43 ocasiones confeccionó lotes contables (3.389,87 #) sin obtener ninguna orden firmada de clientes. En 12 realizó transferencias (2.502,05#) hallando únicamente 5 ordenes, aunque dos están sin firmar y en las otras tres difiere la firma. Los otros 5 los realizó a través del cajero automático (2.610#) mediante disposición e ingreso de efectivo. El actor ha realizado en el último año 62 traspasos entre cuentas de su entorno familiar "" por un total de 41.271,50 # cuentas en las que no es titular ni autorizado o representante y sin recoger orden firmada. En ocasiones se benefició de ello al ser receptor de los abonos. Tras la primera entrevista mantenida con Auditoria facilitó escritos de sus hijos dando conformidad a estos movimientos. En el periodo analizado, desde que se incorporó de la baja por incapacidad transitoria en abril/2012, hasta finales de junio/2013, hay 62 cargos en las cuentas en que no interviene, sin orden firmada por 41.271,50 #. Dinero que casi siempre acabó abonado en alguna de sus propias cuentas personales. Además ha hecho un total de 38 cargos sin saldo suficiente por 18.560,57 #, tanto en cuentas propias como de vinculados. La empresa prohíbe a los trabajadores grabar personalmente transacciones de sus cuentas y concederse facilidades crediticias. El actor ha recibido 12 ingresos de efectivo en' su cuenta por un total de 1.820 # con el texto o indicación de que el dinero procedía de Da. Apolonia, de los que consta que 8 por 1.1406, los ingreso el actor a pocos días, bien en la cuenta personal de la clienta ( NUM002 ) o en alguna de las cuentas en mora a su nombre. Esta operativa la ha...

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