SAP Valladolid 199/2006, 26 de Junio de 2006

PonenteJOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN
ECLIES:APVA:2006:800
Número de Recurso90/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución199/2006
Fecha de Resolución26 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 199

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN

DA. MARIA PAZ GARCIA ABURUZA

En VALLADOLID, a veintiséis de Junio de dos mil seis.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de juicio matrimonial nº 1012/2004 del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Valladolid , seguido entre partes, como demandante-apelante D. Plácido , mayor de edad y con domicilio en Valladolid, que ha estado representado por el procurador D. Juan Antonio de Benito Gutiérrez, bajo la dirección de la abogada Dª Teresa Barahona Cordero, como demandante-apelada Dª Valentina , mayor de edad y con domicilio en Valladolid, que ha estado representada por la procuradora Dª Mª Victoria Silió López y defendida por el abogado D. Jesús de Castro, y como demandado-apelante el MINISTERIO FISCAL; sobre separación de mutuo acuerdo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 1 de julio de 2005, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Estimo la solicitud presentada por los Procuradores SRS. DE BENITO GUTIÉRREZ Y SILIÓ LÓPEZ que actúan en representación de Plácido Y Valentina y declaro la separación del matrimonio indicado con todas las consecuencias legales. Apruebo la Propuesta del Convenio Regulador, obrante a los folios 19 a 23, salvo el pacto segundo c, cuarto, octavo y noveno y matizando el contenido del pacto tercero conforme a lorazonado en el fundamento del derecho tercero, interpretando el pacto sexto en el sentido referido en el fundamento de derecho quinto de esta resolución.

Se concede a las partes un plazo de 10 días para presentar nuevo convenio respecto a los puntos no aprobados conforme al art. 777.7 de la LEC. No hago una expresa condena en costas.

Firme que sea esta sentencia, comuníquese de oficio con los insertos precisos a los Registros Civiles que corresponda a efectos de anotación y constancia".

Dicha sentencia fue completada por auto de 4.11.2005 , cuya parte dispositiva dice: "1º Se aprueba definitivamente el convenio regulador propuesto por los esposos Plácido Y Valentina en fecha 27-07-04 con las matizaciones establecidas en la sentencia de fecha 1-7-05 quedando sin contenido los pactos 8º y 9º y estableciendo el siguiente contenido en los pactos 2ºC y 4º:

Pacto 2ºC Sobre el régimen de visitas, comunicación y permanencia paterno filial: con carácter ordinario los menores permanecerán en compañía del padre los fines de semana alternos, desde las 11 horas del sábado hasta las 20.00 horas del domingo inmediato siguiente.

Las vacaciones de Navidad se distribuirán en dos mitades, la primera desde el inicio de las vacaciones escolares hasta las 10.00 horas del día 30 y la segunda que se inicia ese mismo día y hora y concluirá a las 21.00 horas de la víspera al de reanudación de las clases escolares.

Las vacaciones de Semana Santa: dos mitades conforme al calendario escolar, la primera mitad en compañía de un progenitor y la segunda mitad en compañía del otro.

Las vacaciones de verano: la mitad con cada uno de los progenitores. En el supuesto de que las vacaciones de los padres coincidan el mismo mes, pasarán 15 días de ese mes con cada uno de sus progenitores y el resto se repartirá igualmente por mitad.

Los hijos del matrimonio no pernoctarán con el padre hasta que éste finalice con éxito su tratamiento de deshabituación, a valoración del Juez, en ejecución de esta resolución a petición de cualquier interesado, previa audiencia de ambos progenitores y eventualmente previo informe pericial y audiencia de los...

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