STSJ Cantabria 362/2015, 5 de Mayo de 2015
Ponente | MARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ |
ECLI | ES:TSJCANT:2015:312 |
Número de Recurso | 123/2015 |
Procedimiento | RECURSOS DE SUPLICACIóN |
Número de Resolución | 362/2015 |
Fecha de Resolución | 5 de Mayo de 2015 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA nº 000362/2015
En Santander, a 05 de mayo del 2015.
PRESIDENTA
Ilma. Sra. Dª. MERCEDES SANCHA SAIZ (Ponente)
MAGISTRADAS
Ilma. Sra. Dª. María Jesús Fernández García
Ilma. Sra. Dª. Elena Pérez Pérez
EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por compuesta por las Ilmas. Sras. citadas al margen, ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de suplicación interpuesto por D. Amadeo contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. 2 de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. MERCEDES SANCHA SAIZ, quien expresa el parecer de la Sala.
Según consta en autos se presentó demanda por D. Amadeo siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre incapacidad permanente, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 19 de noviembre de 2014, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.
Como hechos probados se declararon los siguientes:
"1º.- El/la actor/a Amadeo, nacido/a el NUM000 de 1969 se encuentra afiliado a la Seguridad Social y encuadrado en el Régimen General. Mutualidad de Trabajadores por cuenta ajena, con el nº NUM001, reuniendo el período de cotización suficiente y siendo su profesión habitual la de Oficial 1º Mantenimiento de Vías.
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- Previa la correspondiente solicitud de fecha 24 de Febrero de 2014 la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades emitió dictamen el 12 de Marzo de 2014 recayendo en el expediente administrativo Resolución de la Dirección Provincial del INSS de 14 de Marzo de 2014 en la que se deniega al actor el derecho a ser declarado en situación de invalidez permanente en cualquiera de sus grados.
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- La base reguladora de la incapacidad permanente parcial derivada de enfermedad común asciende a 1.972,51 euros mensuales.
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- El actor presenta el siguiente cuadro clínico:
"EXPLORACIÓN FÍSICA ACTUAL (11-3-14): MUÑECA IZDA. (HABITO DIESTRO): CICATRIZ EN DORSO DE MUÑECA IZDA., ANQUILOSIS DE LA ARTICULACIÓN DE MUÑECA IZDA. PRONACIÓN: 75° - 80°; SUPINACIÓN: 50° (ANQUILOSIS DE LA ARTICULACIÓN RADIOCARPIANA, LIMITACIÓN A LA PRONOSUPINACIÓN DE KIEMBOCK ESTADIO IV. PINZAMIENTO SECUNDARIO ESTILOIDES CUBITAL Y EN HUESO PIRAMIDAL.
DE INFORME DE U. DE MANO (FECHA CITA 22-10-13. DOLOR CRÓNICO DE MUÑECA IZDA. SE EXPLORO CLÍNICA-RADIOLOGICAMENTE (RX, RM) LLEGANDO AL DIAGNÓSTICO DE: ENFERMEDAD DE KIENBOCK GRADO IV. ARTROSIS RADIO-CARPIANA. PRE CISO INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA QUE SE REALIZO EL 23-5-13: ARTRODESIS TOTAL DE MUÑECA IZDA CON PLACA APTUS. EL POSTOPERATORIO CURSO FAVORABLEMENTE. SE MANTUVO LA INMOVILIZACIÓN DE LA MUÑECA DURANTE 6 SEMANAS HASTA LA CONSOLIDACIÓN DE LA ARTRODESIS. POSTERIORMENTE FUE REMITIDO A REHABILITACIÓN. EL 22-1º0-13 SE REVISO EN CONSULTA POR ULTIMA VEZ. COMO CONSECUENCIA DE LA ARTRODESIS NO TIENE MOVILIDAD EN LA MUÑECA Y LA FUERZA DE PRESIÓN DE LA MANO ES DE 34 KG. LA PRONOSUPINACIÓN ES DE 70º/45º RESPECTIVAMENTE. CURSA ALTA,
DEFICIENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS: SECUELAS DE ENFERMEDAD DE KIENBOCK GRADO IV Y ARTRODESIS RADIOCARPIANA INTERVENIDA MEDIANTE ARTRODESIS (23-5-2013) EN MUÑECA IZQUIERDA.
LIMITACIONES ORGÁNICAS Y FUNCIONALES: LAS PROPIAS DE LA CLÍNICA Y DIAGNÓSTICO SEÑALADO.
CONCLUSIONES: DADO DE ALTA MEDICA POR EL MISMO JUICIO DIAGNÓSTICO EL 31-10-13. ANQUILOSIS MUÑECA IZQUIERDA EN TRABAJADOR DIESTRO. PODRÍA TENER LIMITACIONES PARA ACTIVIDADES QUE REQUIERAN DESTREZA O MOVIMIENTOS FINOS DE LA MANO IZQUIERDA (LIMITACIÓN MOVILIDAD DE MUÑECA IZQUIERDA)"
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- Ha agotado la vía administrativa previa."
En dicha sentencia aparece la siguiente parte dispositiva:
Que desestimando la demanda formulada por Amadeo frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LA...
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