STS, 23 de Noviembre de 1998

PonenteMARIANO DE ORO-PULIDO LOPEZ
Número de Recurso2072/1997
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 1998
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

Sentencia

En la Villa de Madrid, a veintitrés de Noviembre de mil novecientos noventa y ocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

UNICO.- Con fecha 14 de abril de 1998, se practicó Tasación de Costas en los autos del Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina nº 2072/97, que fue impugnada por escrito presentado con fecha 20 del mismo mes y año por el Procurador D.Román Velasco Fernández, en nombre y representación del Ayuntamiento de Teruel, por honorarios indebidos del Abogado del Estado, procediéndose conforme a lo dispuesto en el artículo 427 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con el resultado que obra en autos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- El reconocimiento por parte del Abogado del Estado de que su posición procesal en instancia era la misma que la del Ayuntamiento de Teruel, esto es, la de codemandado y, consiguientemente, que su intervención en la fase casacional en la que ahora nos encontramos tendría que haber sido, dada la estimación de la sentencia, la de parte recurrente, determina la necesidad de acoger la impugnación de la tasación de costas practicada, sobre la base de un error en la personación del representante y defensor de la Administración. No es de apreciar temeridad ni mala fe a efectos de una especial imposición de costas.

FALLAMOS

Que debemos estimar y estimamos la impugnación formulada por el Procurador D.Román Velasco Fernández, en nombre y representación del Ayuntamiento de Teruel, contra la tasación de costas practicada por la Sra. Secretario de Sala, de fecha 14 de abril de 1998 y, en consecuencia, debemos dejar sin efecto dicha tasación. Sin costas.

Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la Colección Legislativa , lo pronunciamos, mandamos y firmamos PUBLICACION.- Leida y publicada fue la anterior sentencia por el Excmo.Sr.D.Mariano de Oro-Pulido y López, Magistrado Ponente en estos autos; de lo que como Secretario, certifico.

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