STSJ Andalucía 497/2008, 7 de Febrero de 2008

PonenteMARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA
ECLIES:TSJAND:2008:12054
Número de Recurso4512/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución497/2008
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Social

497/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL SEVILLA

Recurso nº 06/4512 - mba

Autos nº 111/06

Iltmos. Señores:

DÑA. BEGOÑA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ: Presidenta

D. FRANCISCO M. ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ

DÑA. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA: Ponente

En Sevilla a siete de febrero de dos mil ocho.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NUM. 497/2008

En el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 04 de Córdoba, Autos nº 111/06 ; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Diana, Eugenio, Germán y Julieta, contra Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 31 de julio de 2006, por el Juzgado de referencia, en la que se estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"Primero.- Dña. Diana (NIF NUM000 y NASS NUM001 ) trabaja para el Instituto de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (IFAPA), perteneciente a la Consejería demandada, con categoría profesional de peón -encuadrada en el REA c/a)-y desarrollando en el Centro de Investigación y Formación Agraria (CIFA),,Alameda del Obispo", sito en la Avda. Menéndez Pidal s/n de Córdoba.

La relación entre las partes se ha sustentado en diversos contratos de trabajo de duración determinada: eventuales por circunstancias de la producción o por obra o servicio determinado, cuyo objeto ha venido siendo siempre similar al último, en el que consta que eran las «labores de conservación y limpieza de las instalaciones del centro", tareas que siempre han ido vinculadas a un proyecto de investigación, no a la producción o comercialización de productos agrícolas.

La actora -que viene prestando servicios desde el mes de abril/94 (55 meses acumulados), haciéndolo sin solución de continuidad desde marzo/05- reclama que se la encuadre en el Régimen General de la Seguridad Social y que se le pague la cantidad de 3.248,15 €, en concepto de diferencias retributivas pormenorizadas en el hecho noveno de su demanda, que se da aquí íntegramente por reproducido (Pag. 4).

Segundo

D. Eugenio (NIF

NUM002 y NASS NUM003 ) trabaja para el IFAPA con categoría profesional de peón -encuadrado en el REA c/a)- y desarrollando su labor en el CIFA citado.

La relación entre las partes se ha sustentado en diversos contratos de trabajo de duración determinada: eventuales por circunstancias de la producción o por obra o servicio determinado, cuyo objeto ha venido siendo siempre similar al último, en el que consta que eran la «preparación del terreno, siembra, escarda, abonado y cultivo de especies vegetales, así como la colaboración en tareas rutinarias de laboratorio, en el Proyecto de Investigación PÍA 03-049", tareas que siempre han ido vinculadas a un proyecto de investigación, no a la producción o comercialización de productos agrícolas.

La actora -que viene prestando servicios desde el mes de septiembre/98 (52 meses acumulados), haciéndolo sin solución de continuidad desde enero/05- reclama que se la encuadre en el Régimen General de la Seguridad Social y que se le pague la cantidad de 5.718,30 €, en concepto de diferencias retributivas pormenorizadas en el hecho noveno de su demanda, que se da aquí íntegramente por reproducido (Pág. 22).

Tercero

Dña. Daniela (NIF NUM004 y NASS NUM005 ) trabaja para el IFAPA con categoría profesional de peón especialista -encuadrada en el REA c/a)- y desarrollando su labor en el CIFA citado.

La relación entre las partes se ha sustentado en diversos contratos de trabajo de duración determinada: eventuales por circunstancias de la producción o por obra o servicio determinado, cuyo objeto ha venido siendo siempre similar al último, en el que consta que eran los,trabajos en nurseries de girasol, embolse de plantas, recogida de polen, riegos (aspersión, a pie, goteo), cosecha. Trilla individual de capítulos limpia de semillas. Tratamientos con insecticida y funguicida, cultivo macetas con jopo, embolse de plantas, recogida de polen, cosecha individual, riegos, en Proyecto de Investigación RTA-04-048", tareas que siempre han ido vinculadas a un proyecto de investigación, no a la producción o comercialización de productos agrícolas.

La actora -que viene prestando servicios desde el mes de junio/85 (167 meses acumulados), haciéndolo sin solución de continuidad desde marzo/05- reclama que se la encuadre en el Régimen General de la Seguridad Social y que se le pague la cantidad de 5.203,82 €, en concepto de diferencias retributivas pormenorizadas en el hecho noveno de su demanda, que se da aquí íntegramente por reproducido (Pág. 109).

Cuarto

Dña. Julieta (NIF NUM006 y NASS NUM007 ) trabaja para el IFAPA con categoría profesional de oficial de Ia -encuadrada en el REA c/a)- y desarrollando su labor en el CIFA citado.

La relación entre las partes se ha sustentado en diversos contratos de trabajo de duración determinada: eventuales por circunstancias de la producción o por obra o servicio determinado, cuyo objeto ha venido siendo siempre similar al último, en el que consta que eran los «análisis químicos N, P, K y microelementos, en los Proyectos RAEA Olivar y RAEA Frutos Secos", tareas que siempre han ido vinculadas a un proyecto de investigación, no a la producción o comercialización de productos agrícolas.

La actora -que viene prestando servicios desde el 03/11/04 con interrupciones no significativas- reclama que se la encuadre en el Régimen General de la Seguridad Social y que se le pague la cantidad de 7.157,20 €, en concepto de diferencias retributivas pormenorizadas en el hecho noveno de su demanda, que se da aquí íntegramente por reproducido (Pág. 53).

Quinto

Dña. Rita (NIF NUM008 y NASS NUM009 ) trabaja para el IFAPA con categoría profesional de peón especializado -encuadrada en el REA c/a) -y desarrollando su labor en el CIFA citado.

La relación entre las partes se ha sustentado en diversos contratos de trabajo de duración determinada: eventuales por circunstancias de la producción o por obra o servicio determinado, cuyo objeto ha venido siendo siempre similar al último, en el que consta que eran la «preparación y tratamiento de las semillas de siembra de girasol. Interpretación de diseños experimentales de siembras. Preparación de las macetas y las semillas de distintas razas de jopo. Toma de datos de nascencia y floración (girasol y colza) en el Proyecto de Investigación RAEA de Girasol", tareas que siempre han ido vinculadas a un proyecto de investigación, no a la producción o comercialización de productos agrícolas.

La actora -que viene prestando servicios desde el noviembre/85 (acumulados 74 meses), haciéndolo sin solución de continuidad desde febrero/05 y a los que han de sumarse otros 3 meses, en los que trabajó para CSIC- reclama que se la encuadre en el Régimen General de la Seguridad Social y que se le pague la cantidad de 4.282,21 €, en concepto de diferencias retributivas pormenorizadas en el hecho noveno de su demanda, que se da aquí íntegramente por reproducido (Pág. 124).

Sexto

D. Germán (NIF NUM010 y NASS NUM011 ) trabaja para el Instituto de IFAPA con categoría profesional de peón -encuadrado en el REA c/a)- y desarrollando su labor en el CIFA citado.

La relación entre las partes se ha sustentado en diversos contratos de trabajo de duración determinada: eventuales por circunstancias de la la producción o por obra o servicio determinado, cuyo objeto ha venido siendo siempre similar al último, en el que consta que era el control de riegos, contro malas hierbas, medidas volúmenes, recolección, limpieza y elaboración de muestras de almendras en el Proyecto de Investigación RAEA Olivar y Frutos Secos", tareas que siempre han ido vinculadas a un proyecto de investigación, no a la producción o comercialización de productos agrícolas.

El actor -que viene prestando servicios desde el abril/96 (acumulados 53 meses), haciéndolo sin solución de continuidad desde mayo/05- reclama que se le encuadre en el Régimen General de la Seguridad Social y que se le pague la cantidad de 4.320,01 €, en concepto de diferencias retributivas pormenorizadas en el hecho noveno de su demanda, que se da aquí íntegramente por reproducido (Pág. 38).

Séptimo

D. Matías (NIF NUM012 y NASS NUM013 ) trabaja para el IFAPA con categoría profesional...

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