STSJ Comunidad Valenciana 2769/2008, 9 de Septiembre de 2008

PonenteISABEL MORENO DE VIANA-CARDENAS
ECLIES:TSJCV:2008:5104
Número de Recurso3758/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2769/2008
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2008
EmisorSala de lo Social

2769/2008

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Recurso de Suplicación nº: 3758/2007

Recurso contra Sentencia núm. 3758/2007

Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

Presidente

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell.

Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch

En Valencia, a nueve de septiembre de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2769/2008

En el Recurso de Suplicación núm. 3758/2007, interpuesto contra la sentencia de fecha veintidos de junio de dos mil siete, dictada por el Juzgado de lo Social núm. siete de Valencia, en los autos núm. 638/2006, seguidos sobre invalidez, a instancia de D. Daniel asistido por la letrada Dª. María José Garrido Navarro, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, y en los que es recurrente D. Daniel, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha veintidos de junio de dos mil siete dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que, desestimando la demanda interpuesta por D. Daniel contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a los citados demandados de las pretensiones formuladas contra el mismo.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO. Al demandante D. Daniel solicitó en fecha 13.10.94 pensión de invalidez, que le fue denegada en vía administrativa frente a la que formuló demanda que dio lugar a sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nº Cuatro de Valencia de fecha 30.4.97, por la que se le reconoció pensión de invalidez permanente total derivada de enfermedad común sobre una base reguladora de 153.351 pts (922.45 €) y con efectos desde el día 13.10.94. SEGUNDO. El demandante y otros trabajadores de IBM España S.A. presentaron demanda contra esta empresa en fecha 27.7.95 en reclamación de diferencias salariales correspondientes a los años 1991-1993. Por sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nº Cinco de Valencia 30.9.02, aclarada por auto del mismo Juzgado de fecha 18.11.02, se estimaron las demandas interpuestas por los demandantes, entre ellos D. Daniel, contra la empresa International Business Machines S.A., condenando a esta demandada a que abonase a dicho trabajador la cantidad de 1.377,210 pts en concepto de diferencias de salario base. Dicha sentencia fue recurrida en suplicación por la empresa, habiendo sido desestimado dicho recurso por sentencia dictada por la Sala de lo Social del TSJ de la Comunidad Valenciana de 16.12.03, deviniendo firme por inadmisión del recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por la empresa por auto de TS de 27.9.05. TERCERO. El demandante solicitó del INSS en fecha 8.5.03 que se paralizase la prescripción respecto de las diferencias que pudieren resultar en el calculo de la cantidad de la pensión que debía percibir por incapacidad permanente en base a que en el Juzgado de lo Social Nº Cinco de Valencia se había condenado a IBM España a abonarle las cantidades y por los periodos que se especificaban en ella, habiendo sido recurrida en suplicación, alegando que, si adquiría firmeza, tenía la intención de reclamar la revisión de la base reguladora tenida en cuenta para fijar la cuantía de la pensión, solicitando que se procediera de oficio a revisar la base reguladora o se procediere a paralizar la prescripción hasta que la sentencia adquiriese firmeza. En contestación a dicho escrito se comunicó al demandante que se hacía procedido a acumularlo a la documentación obrante en su expediente de incapacidad. CUARTO. El demandante solicitó del INSS en fecha 9.12.05 la revisión de la base reguladora de la pensión de invalidez a la vista del reconocimiento por sentencia firme de las diferencias salariales a su favor en periodo computable para el cálculo de la base reguladora y, por resolución del INSS de fecha 3.2.06, se modificó la base reguladora, reconociéndose la de 1.107,96 a la que es aplicable el 55% mas las mejoras correspondientes resultando un importe mensual para el año 2006 de 921,86, considerando que procedía la liquidación de diferencias a favor del trabajador por el periodo de 9.12.00 a 31.1.06, ascendentes a 6.867,29 que le...

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