STSJ Andalucía 598/2015, 26 de Febrero de 2015

PonenteMARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA
ECLIES:TSJAND:2015:307
Número de Recurso156/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución598/2015
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2015
EmisorSala de lo Social

Rº. 156/14 mba

251658240

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Iltmos. Señores:

DÑA. ELENA DIAZ ALONSO

DÑA. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA

D. JOSE JOAQUIN PEREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a veintiseis de febrero de 2015

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 598/15

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Braulio contra la sentencia del Juzgado de lo Social número UNO de los de HUELVA, Autos nº 1330/12 ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Braulio contra EL CONSORCIO UNIDAD TERRITORIAL DE EMPLEO, DESORROLLO LOCAL Y TECNOLÓGICO BETURIA (HUELVA), SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO, CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA,- DELEGACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA-, ILMO. AYUNTAMIETO DE VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS (HUELVA) y LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS BETURIA, se celebró el Juicio y se dictó sentencia el 5/06/13 por el Juzgado de referencia en la que se desestimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados constan los siguientes:

PRIMERO

El actor, Don Braulio, con DNI NUM000, ha concertado los siguientes contratos de trabajo:

- Con la Mancomunidad de Municipios Beturia, desde el 29 de diciembre de 2000 hasta el 16 de enero de 2006, contrato de trabajo de duración determinada tiempo completo, para la realización de la obra o servicio definido como "Agente Desarrollo Local", estipulándose en la cláusula 1ª, que el trabajador "prestará sus servicios como Agente de Desarrollo Local, en el grupo profesional/categoría/nivel Técnico Medio,... en el centro de trabajo ubicado en Villanueva de los Castillejos". - Con el Consorcio UTEDLT Beturia, desde el 17 de enero de 2006, contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio definido como "Agente Local de Promoción de Empleo ( ALPE) de acuerdo Resolución del Director General de Intermediación del Servicio Andaluz de Empleo de fecha 24 de junio de 2005, por la que se concede una ayuda al Consorcio de la Unidad territorial de Empleo, desarrollo Local y Tecnológico de Beturia con cargo a la Orden de 21 de enero de 2004, por la que se establecen las bases de concesión de ayudas públicas para las corporaciones locales, los consorcios de las UTEDLT, y empresas calificadas como I+E dirigidas al fomento del desarrollo local, Expte Nº NUM001 ", con la categoría de Técnico Superior como Agente Local de Promoción de Empleo. Se estipularon como cláusulas adicionales las siguientes: 1º Las funciones a desempeñar serán las fijadas en los Estatutos del Consorcio para las Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico de Beturia. 2º El trabajador contratado tendrá flexibilidad en su horario laboral, quedando a disposición de la Dirección del Consorcio UTEDLT de Beturia, planificar la jornada del mismo. 3º Conforme al art. 9 de la Orden de 21 de enero de 2004 y resolución arriba indicada ( Expte. Nº NUM001 ) prestará sus servicios adscrito al Municipio de Villanueva de los Castillejos". Dicho contrato fue objeto de dos prórrogas (desde el 1/07/2006 hasta el 30/06/2007, y desde el 1/07/2007 hasta el 30/07/2008).

SEGUNDO

El demandante ha percibido un salario diario, incluido prorrateo de pagas extraordinarias, de 63,47 euros. Obran en autos a los folios 417 a 432 los recibos salariales emitidos por el Consorcio Beturia, que se dan por reproducidos.

TERCERO

El demandante desde el 29 de diciembre de 2000 y en el despacho ubicado en la planta baja del Ayuntamiento de Villanueva de los Castillejos, bajo la dirección y control de la Alcaldía, en el mismo horario que el personal del Ayuntamiento, requiriendo la concesión de vacaciones del visto bueno del Alcalde, ha venido realizando las siguientes funciones:

-Atención al público: informar, atender las llamadas de la centralita, hacer fotocopias, poner fax al público, dar registro de entrada o de salida de documentos, atención y gestión de solicitudes (empadronamiento, licencia de obras, participación en taller municipales, desplazamientos de equinos, etc.

-Dar registro de entrada o salida a la correspondencia municipal. Recoger y entregar en nombre del Ayuntamiento la correspondencia del mismo en la oficina de correos.

-Responsable del Servicio de Atención al Ciudadano.

-Realización de bases de contratación para el servicio de barra de bar en la caseta municipal durante la Feria o el servicio de barra para el salón polivalente en carnavales, igualmente realizar bases de contratación de monitores para los cursos de formación que organiza el Ayuntamiento.

-Realización de decretos de Alcaldía.

-Realización de certificados.

-Solicitud, tramitación y justificación de ayudas o subvenciones relacionadas con las competencias municipales: turismo, deporte, agricultura, caminos rurales, edificios públicos, vivienda, juzgado de paz, etc..., o bien para la adquisición de materiales o mobiliario para el propio Ayuntamiento.

-Buzoneo de cualquier tipo de información que desde el Ayuntamiento se mande a los vecinos: información sobre fiestas o ferias, informativos municipales, residuos sólidos, etc.

- Información catastral y certificaciones catastrales.

-Gestión de denuncias de vehículos abandonados en el término municipal.

-Coordinador de prevención de riesgos laborales: planificar la prevención con el servicio de prevención ajeno contratado con el Ayuntamiento, velar porque los trabajadores y el Ayuntamiento cumplan con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales. Controlar el uso y mantenimiento de los extintores existentes en todos los locales municipales, al igual que la reposición de material de los botiquines.

-Solicitud, tramitación y justificación de acciones formativas subvencionadas. Custodia de llaves y organización de la utilización de las aulas del Centro de Formación Municipal por parte de otras entidades tanto públicas como privadas.

-Adquisición de material relacionado con sus competencias como la compra de material didáctico para un curso. -Búsqueda y cotejo de presupuestos de proveedores de material o servicios: mutua de accidentes de trabajo, telefonía, mantenimiento de ascensores, análisis de agua de la piscina municipal, etc.

-Información y venta de parcelas del polígono Industrial municipal.

-Atender peticiones de Alcaldía, Concejalías, Secretaría-Intervención, así como coordinación de los distintos técnicos municipales y personal del Ayuntamiento.

-Asistir a reuniones con el Alcalde y concejales.

-Asistir a reuniones con entidades públicas y privadas en nombre y representación del Ayuntamiento.

A los folios 571 a 577 figura una relación de actividades realizadas por el actor descritas por el AlcaldePresidente del Ayuntamiento de Villanueva de los Castillejos, por el Concejal Don Primitivo y por la Concejal Doña Fermina .

CUARTO

El Consorcio para la Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico Beturia, con sede en Villanueva de los Castillejos, es una Corporación de derecho público, dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio, participada por el Servicio Andaluz de Empleo perteneciente a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía y de las Entidades Locales que lo integran ( Cartaya, El Almendro, El Granado, San Bartolomé de la Torre, San Silvestre, Sanlúcar de Guadiana, Villablanca y Villanueva de los Castillejos) para fomentar el empleo y el desarrollo local. Tiene como funciones básicas, según sus Estatutos aprobados en el BOJA de 27 de julio de 2002, las siguientes:

  1. Información y asesoramiento. Información pública general sobre los programas y servicios de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

  2. Recepción y entrega de documentación.

  3. Apoyo a la tramitación administrativa. Apoyo a la tramitación, ordenación y despacho de expedientes ante la Delegación Provincial.

  4. Estudios y trabajos técnicos.

  5. Promoción de proyectos y otras iniciativas de desarrollo local. Propuestas e iniciativas relacionadas con la zona de influencia del Consorcio de Empleo y Desarrollo, que den lugar a nuevos proyectos de emprendedores/as.

  6. Prospección y estudio de necesidades de la zona.

  7. Análisis del entorno socioeconómico.

  8. Promoción del autoempleo.

  9. Creación de Empresas.

  10. Dinamización y mejora de la competitividad de las Pymes en el territorio.

QUINTO

Para el desarrollo de sus funciones, el Consorcio está integrado por 18 Agentes Locales de Promoción de Empleo ( ALPES), que conforme a los estatutos fundacionales, tienen la consideración de estructura complementaria y por la Directora del consorcio, que tiene la consideración de estructura básica. Los ALPES tienen como misión principal contribuir al desarrollo de las funciones del consorcio en el ámbito del municipio consorciado para el que se haya propuesto su contratación, según lo establecido en la memoria proyecto que acompaña a la solicitud de ayuda y realizarán su trabajo bajo las directrices del director del Consorcio.

SEXTO

Los gastos de personal del Consorcio se vienen financiando mediante subvenciones que concede anualmente el Servicio Andaluz de Empleo, al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR