STSJ Asturias 2822/2015, 30 de Diciembre de 2014

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2014:4016
Número de Recurso2442/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2822/2015
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 02822/2015

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2014 0103668

N08150

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002442 /2014

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 462/2014 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de GIJON

Recurrente/s: Miguel Ángel

Abogado/a: SANTIAGO MARTINEZ PEREZ

Recurrido/s: Serafina, SOGAR INTERNACIONAL KITCHENS SLU, GARSONI SL, Marí Jose (ADMINISTRADORA CONCURSAL), FONDO DE GARANTIA SALARIAL, EL HORREO MUEBLES DE COCINA SL

Abogado/a: MISAEL ALVAREZ ARCE, MISAEL ALVAREZ ARCE

Sentencia nº 2822/14

En OVIEDO, a treinta de Diciembre de dos mil catorce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la SALA SOCIAL del T.S.J. ASTURIAS, formado por los Ilmos. Sres. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ, Presidente, Dª MARÍA VIDAU ARGÜELLES y D. JESÚS MARÍA MARTÍN MORILLO, Magistrados de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 2442/2014, formalizado por el Letrado D. SANTIAGO MARTINEZ PEREZ, en nombre y representación de Miguel Ángel, contra la sentencia número 258/2014 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de GIJON en el procedimiento DEMANDA 462/2014, seguidos a instancia de Miguel Ángel frente a Serafina, SOGAR INTERNACIONAL KITCHENS SLU, GARSONI SL, Marí Jose (ADMINISTRADORA CONCURSAL), FONDO DE GARANTIA SALARIAL, EL HORREO MUEBLES DE COCINA SL, siendo Magistrado- Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Miguel Ángel presentó demanda contra Serafina, SOGAR INTERNACIONAL KITCHENS SLU, GARSONI SL, Marí Jose (ADMINISTRADORA CONCURSAL), FONDO DE GARANTIA SALARIAL y EL HORREO MUEBLES DE COCINA SL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 258/2014, de fecha doce de Agosto de dos mil catorce .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. - El demandante D. Miguel Ángel, con DNI nº NUM000 ha venido prestando sus servicios, dentro del ámbito del Convenio Colectivo de Comercio en general del Principado de Asturias, en virtud de los siguientes contratos de trabajo:

    -Contrato de trabajo de obra o servicio determinado, a tiempo completo, con la empresa NOELIA SOTO MARTÍNEZ y la categoría de mozo, que tenía por objeto "Colocación de electrodomésticos para FADESA", del 7 de octubre de 2003 al 30 de junio de 2010 en que finalizó por fin de obra.

    -Contrato de trabajo de obra o servicio determinado, a tiempo completo, con la empresa EL HORREO MUEBLES DE COCINA, SL y la categoría de mozo, que tenía por objeto "MONTAJE DE MUEBLES DE COCINA PRADO DE LA VEGA - PARCELA 24, 25 Y 26 - OVIEDO", en virtud de contrata con la mercantil CONTRATAS IGLESIAS, SA, del 5 de julio de 2010 al 22 de mayo de 2012 en que se extinguió por causas objetivas, al amparo del art. 52-c) del ET, percibiendo el trabajador una indemnización de 1272,39 euros y dándose por saldada y finiquitada la relación laboral entre las partes, pasando el actor a percibir las prestaciones por desempleo durante 40 días.

    -Contrato de trabajo eventual por circunstancias de la producción, a tiempo completo, con la empresa SOGAR INTERNATIONAL KITCHENS, SLU y la categoría de ayudante de dependiente, que tenía por objeto "AUMENTO CLIENTELA", del 2 de julio de 2012 al 1 de julio de 2013 en que se extinguió por fin de contrato temporal.

    -Contrato de trabajo eventual por circunstancias de la producción, a tiempo completo, con la empresa GARSONI, SL y la categoría de ayudante de dependiente, que tenía por objeto "AUMENTO CLIENTELA", del 2 de julio de 2013 al 1 de enero de 2014 en que se extinguió por fin de contrato temporal.

    -Contrato de trabajo de obra o servicio determinado, a tiempo completo, con la empresa SOGAR INTERNATIONAL KITCHENS, SLU y la categoría de ayudante de oficio, que tenía por objeto "REPARTIR, COLOCAR DE MUEBLES Y ELECTRODOMÉSTICOS EN LA CALLE SAN JOSÉ, 69 - 3º IZDA. DE GIJÓN", del 7 de enero al 28 de febrero de 2014 en que finalizó por fin de obra.

  2. - El salario correspondiente a la categoría del trabajador asciende a 35,21 euros brutos diarios, incluyendo prorrata de pagas extras, por conformidad de las partes.

  3. - La empresa EL HORREO MUEBLES DE COCINA, SL inició sus operaciones el 1 de enero de 1995, su domicilio social está ubicado en la Avenida de la Constitución, 17 de Gijón y tiene por objeto social la comercialización de mobiliario, electrodomésticos y aparatos de saneamiento, siendo su administradora y socia única Dª. Serafina desde el 29 de marzo de 2006, en que adquirió dicha mercantil en estado civil de soltera.

  4. - Dicha sociedad fue declarada en situación de concurso voluntario mediante Auto de 17 de abril de 2013 dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Asturias, con sede en Gijón, en los autos 80/13, nombrándose administradora concursal a Dª. Marí Jose, siendo declarado el concurso fortuito por Auto de 4 de junio de 2014 y disuelta y liquidada la por Auto de 20 de diciembre de 2013, causando baja censal con efectos de 31 de diciembre de 2013.

  5. - La empresa SOGAR INTERNATIONAL KITCHENS, SLU inició sus operaciones el 7 de octubre de 2010, su domicilio social está ubicado en la C/ Henri Dunnant, 19-1º de Madrid y tiene por objeto social la compra, venta y arrendamiento de toda clase de inmuebles, siendo su administrador y socio único D. Lucas

    desde su constitución.

  6. - La empresa GARSONI, SL inició sus operaciones el 5 de mayo de 2010, su domicilio social está ubicado en la C/Raxel, 26-Esc. 1-3ºB de Miño-Coruña y tiene por objeto social el comercio de mobiliario de cocina, promoción y construcción inmobiliaria, y compra y venta de bienes inmuebles, siendo sus socios y administradores solidarios, desde su constitución, Dª. Serafina y D. Lucas .

  7. - EL demandante no ostenta ni ha ostentado cargo de representación de los trabajadores ni sindical alguno.

  8. - Presentada papeleta de conciliación ante la UMAC, fue celebrado el acto conciliatorios el 7 de abril de 2014, que finalizó sin avenencia con Serafina, EL HORREO MUEBLES DE COCINA SL, su administradora concursal Dª. Marí Jose y GARSONI, SL, y sin efecto con SOGAR INTERNATIONAL KITCHENS, SLU.

  9. - En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Que desestimando la demanda presentada por D. Miguel Ángel contra las empresas NOELIA SOTO...

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