STSJ Castilla-La Mancha 1374/2014, 4 de Diciembre de 2014

PonenteJOSE MONTIEL GONZALEZ
ECLIES:TSJCLM:2014:3374
Número de Recurso733/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1374/2014
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 01374/2014

-C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE

Tfno: 967 596 714

Fax: 967 596 569

NIG: 02003 34 4 2014 0103994

402250

RECURSO SUPLICACION 0000733 /2014

Procedimiento origen: DEMANDA 0000649 /2013

Sobre: RECLAMACION CANTIDAD

DEMANDANTE/S D/ña JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTIL

ABOGADO/A: LETRADO COMUNIDAD(SERVICIO PROVINCIAL)

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

DEMANDADO/S D/ña: Avelino

ABOGADO/A:

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE)

RECURSO SUPLICACION Nº 733/14

Magistrado/a Ponente: Ilmo. Sr. D. JOSÉ MONTIEL GONZÁLEZ

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

D. JOSÉ MONTIEL GONZÁLEZ

PRESIDENTE Dª. PETRA GARCÍA MÁRQUEZ

DªLUISA MARÍA GÓMEZ GARRIDO

En Albacete, a cuatro de diciembre de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y

EN NO MBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 1374/14

En el Recurso de Suplicación número 733/14, interpuesto por JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Albacete, de fecha trece de febrero de dos mil catorce, en los autos número 649/13, sobre Reclamación de Cantidad, siendo recurrido por D. Avelino .

Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MONTIEL GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: Que estimando la demanda interpuesta por D. Avelino, asistido por la Letrada Dña. Mª Victoria Sanz Abia, contra la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, representada y asistida por el Letrado de la J.C.C.M., D. Salvador González-Moncayo López, se reconoce a D. Avelino el derecho a percibir la cantidad de 858,86 # mensuales en concepto de complemento personal transitorio, condenándose a la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha a abonarle a D. Avelino la cantidad de 1.603,36 #, (a razón de la cantidad de 400,84 # mensuales), en concepto de diferencias retributivas existente entre el complemento de puesto percibido en las mensualidades de febrero a mayo de 2.013, ambos inclusive, y aquellas que debía haber percibido en el periodo referido por el citado complemento.

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

PRIMERO

El demandante, D. Avelino, con D.N.I. nº NUM000, presta servicios como personal laboral fijo para la J.C.C.M., con nº de registro personal NUM001, adscrito al Parque Móvil de Albacete de la Consejería de Hacienda de la J.C.C.M., con categoría profesional de Conductor, mediante provisión efectuada a través del sistema de libre designación, código de puesto 04910, y salario conforme convenio colectivo de aplicación, siendo de aplicación el VII Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, (D.O.C.M. de 2 de agosto de 2.013).

SEGUNDO

Con fecha 19 de diciembre de 2.012, la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha dictó Resolución, obrante en las actuaciones, dándose íntegramente por reproducida, notificada a D. Avelino el día 21 de enero de 2.013, por la que se resuelve "Cesar de conformidad con lo establecido en el art. 27.4º del VI Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a D . Avelino en el puesto de "Conductor Delegado", código: 002357, con efectos administrativos del día siguiente al de la recepción de la presente resolución. El trabajador deberá ser adscrito con carácter provisional en un puesto de trabajo de su categoría profesional, con la obligación de participar en los distintos sistemas de provisión, hasta la obtención de un puesto con carácter definitivo", así como que "La presente resolución anula y sustituye a la anterior de fecha 10 de diciembre de 2012".

D. Avelino cesó en el puesto de trabajo de Conductor Delegado, código 002357, el día 10 de enero de 2.013.

TERCERO

Con fecha 20 de diciembre de 2.012, la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha dictó Resolución, obrante en las actuaciones, dándose íntegramente por reproducida, por la que se resuelve "Adscribir con carácter provisional a D. Avelino al puesto de trabajo de "Conductor", código: 04910, en el Parque Móvil de Albacete, dependiente de la Consejería de Hacienda, con efectos del día siguiente al del cese. El trabajador tiene la obligación de participar en los distintos sistemas de provisión, hasta la obtención de un puesto con carácter definitivo", así como que "La presente resolución anula y sustituye a la anterior de fecha 13 de diciembre de 2012".

CUARTO

Contra la citada resolución, D. Avelino, en fecha 12 de marzo de 2.013, interpuso reclamación administrativa previa, siendo desestimada por Resolución de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas de la J.C.C.M., de fecha 27 de marzo de 2.013, obrante en las actuaciones, dándose íntegramente por reproducida, por la que se desestima la reclamación administrativa previa, y ello en base a que "el artículo 10.2 del VI Convenio Colectivo sólo es de aplicación en el caso de supresión de puestos de trabajo, lo cual no ha acontecido en el supuesto planteado en la reclamación presentada por el interesado, pues el puesto de conductor de delegado 02357, ni ha sido suprimido en el momento en que se dictó la resolución de cese ni tampoco lo ha sido hasta la fecha".

QUINTO

El complemento de puesto percibido por D. Avelino por el desempeño del puesto de trabajo de "Conductor Delegado", código: 002357, ascendía a la suma de 858,86 # mensuales.

El complemento de puesto que percibe D. Avelino por el desempeño del puesto de trabajo de "Conductor", código: 04910, asciende a la suma de 458,02 # mensuales.

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