STSJ Castilla-La Mancha 1228/2014, 5 de Noviembre de 2014

PonenteASCENSION OLMEDA FERNANDEZ
ECLIES:TSJCLM:2014:3180
Número de Recurso695/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1228/2014
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 01276/2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 001 (C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE)

RECURSO SUPLICACION 695/2014

Materia: INCAPACIDAD PERMANENTE

Recurrente/s: Rodolfo

Letrado: EMILIANO RUBIO GOMEZ

Recurrido/s: INSS TGSS, FREMAP ASEPEYO, CONSTRUCCIONEWS SANMOVIZ S.A. GARSANCHEZ, S.L.U. SARGUEMIN S.L.

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. UNO de CIUDAD REAL DEMANDA: 332/10

Magistrado/a Ponente: Ilma. Sra. Dª. ASCENSIÓN OLMEDA FERNÁNDEZ.

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

D. PEDRO LIBRÁN SAÍNZ DE BARANDA

D. JESÚS RENTERO JOVER

Dª. ASCENSIÓN OLMEDA FERNÁNDEZ

Dª. MARIA DEL CARMEN PIQUERAS PIQUERAS

En Albacete, a cinco de Noviembre de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº1228/14

En el Recurso de Suplicación número 695/14, interpuesto por la representación legal de Dº Rodolfo, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Uno de Ciudad Real, de fecha 15-10-2013, en los autos número 332/10, sobre Incapacidad Permanente, siendo recurridos INSS TGSS, FREMAP, ASEPEYO, CONSTRUCCIONES SANMOVIZ S.A., GARSANCHEZ S.L.U. SARGUEMIN S.L.

Es Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ASCENSIÓN OLMEDA FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por D. Rodolfo, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Mutuas Fremap y Asepeyo, y las empresas Construcciones Sanmoviz, S.A., Garsánchez, S.L.U. y Sarguemin, S.L., en materia de invalidez y contingencia, debo absolver y absuelvo a dichos demandados de la totalidad de pretensiones en su contra deducidas.

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

"1.- El actor con fecha de nacimiento de NUM000 -1956 y cuyos de más datos administrativos constan en el expediente, cuando trabajaba para la empresa Sanmoviz, S.L.U. con categoría profesional de Encargado Jefe de Obras, la cual tenía concertada la contingencia profesional con la Mutua Fremap, sufrió el día 28-09-2006, cayéndose desde un andamio y golpeándose contra un palé en el hombro, causando baja laboral en dicha fecha.

  1. - Consecuencia del accidente el trabajador fue diagnosticado de "Luxación cerrada de hombro izquierdo, con arrancamiento de troquiter. Rigidez articulación hombro postquirúrgico". Consecuencia de tales dolencias el actor fue declarado afecto a una Incapacidad Permanente Parcial con cargo a la Mutua mencionada con una base reguladora de 1.297,88 euros y ello con fecha de Resolución de 23-10-2007.

    Según Informe Médico del Jefe del Servicio de Traumatología (Majadahonda) de fecha 6 de mayo de 2009 en el que se hace constar: 21-04-2009 La RMN es normal y no veo causa para continuar tratamiento alguno. Se lo explico al paciente.

    22-04-2009 Acude de nuevo el paciente tras ser valorado por la Unidad de Hombro que ha descartado tratamiento por presentar RMN normal. Paciente continúa con dolor en hombro izq. y limitación BA en últimos grados. Esta situación se ha agravado desde enero que ha sufrido cambio de puesto laboral pasando de en cargado de obra a oficial, teniendo que volver a trabajar en la obra, y comenzando con sus molestias en el hombro. En esta situación creo que lo más conveniente es solicitar revisión por el tribunal dado el cambio de puesto laboral con el agravamiento de la patología. Solicito RMN.

    Solicitada revisión por agravamiento con fecha 13-10-2009, ésta fue denegada por Resolución de fecha 25-11-2009, manteniendo al actor en el mismo grado de invalidez reconocido y formulada reclamación previa ésta fue desestimada por la Entidad Gestora. Aquietándose el actor ante tal decisión.

  2. - Solicitada revisión por agravación con fecha 8 de julio de 2011, tras proceso de IT de fecha 30-11-2010 en el que desempeñaba como actividad profesional la de Albañil para la empresa Construcciones Garsánchez, S.L. asegurada por la Mutua Asepeyo, siendo la contingencia común e iniciado proceso de Incapacidad Permanente, consta Dictamen Propuesta de fecha 22-06-2011, cuyo cuadro clínico residual es el siguiente: "Hernias discales cervicales a distintos niveles. Hombro I.: Rozamiento subacromial+tendinitis calcificante del SE. Hombro D: síndrome subacromial con tendinitis crónica del SE. Acuñamiento a nivel de los cuerpos vertebrales D8, D9, D10, D11 y D12".

    Como limitaciones orgánicas y funcionales: "Cervicalgia crónica. Omalgia bilateral. Pérdida subjetiva de fuerza en manos. Parestesisas en manos. Lumbalgia mecánica".

    El actor se encontraba en la fecha indicada de inicio de IT (30-11-2010) en situación de desempleo.

  3. - Según Informe de Valoración Médica de fecha 16-12-2010 en el que se hace constar en el apartado conclusiones y como posibilidades terapéuticas y rehabilitadoras: No agotadas, pero inciertas. Según Sº. RHB si no mejora, se valorará remitir a neurocirugía. Y como conclusiones: Limitación para tareas que impliquen moderadas-altas exigencias biomecánicas en ambos hombros, C. Cervical y C. Dorso lumbar. Figurando como contingencia: Enfermedad común.

  4. - Según Informe Médico de Síntesis de fecha 28 de julio de 2011, se establecen como conclusiones médico laborales: Discapacidad para trabajos que impliquen sobrecarga de MM.SS y/o de raquis cervical de mediana intensidad: coger o empujar pesos, elevación de hombros por encima de la horizontal, flexoestensión repetitiva de cuello, etc. Contingencia: EC.

  5. - Con fecha de resolución de 14-09-2011, le fue reconocida al actor una IPT para su profesión habitual cualificada por contingencias comunes con fecha de efectos 22-06-2011 y una base reguladora de 1.640,45 euros. 7.- El actor en su escrito de subsanación de la demanda de fecha 30 de enero de 2012, a diferencia de su escrito inicial de demanda, interesa la declaración del actor en situación de IPA por accidente de trabajo, subsidiariamente la IPT cualificada por accidente de trabajo y subsidiariamente a ambas la IPA por EC, no haciendo referencia alguna a la Gran Invalidez.

  6. - No consta aportada por las partes la base reguladora por AT.

  7. - Quedó agotada la vía previa de impugnación."

TERCERO

Que, en tiempo y forma, por la parte demandante, se formuló Recurso de Suplicación contra la anterior Sentencia, en base a los motivos que en el mismo constan.

Dicho Recurso ha sido impugnado de contrario.

Elevadas las actuaciones a este Tribunal, se dispuso el pase al Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre (Recurso de Suplicación nº 695/14) por el demandante, al que en vía administrativa se le había reconocido Incapacidad Permanente Total Cualificada para su profesión habitual de albañil por enfermedad común y la pensión a ella correspondiente, la sentencia del Juzgado de lo Social de procedencia, recaída en Autos sobre SEGURIDAD SOCIAL (GRADO Y CONTINGENCIA) y en la que, desestimando su demanda en solicitud de reconocimiento de Incapacidad Permanente Absoluta por AT, subsidiariamente de Incapacidad Permanente Total Cualificada pero por AT y, subsidiariamente, de Incapacidad Permanente Absoluta por Enfermedad Común y las consiguientes mayores pensiones, se absolvió a los demandados. Articula el recurso a través de cuatro motivos: el primero, al amparo del apartado

  1. del artículo 193 de la LJS, para nulidad de la sentencia y los otros, al amparo del apartado c), para el examen de las infracciones de normas sustantivas que indica e interesa que, con revocación de la sentencia, se le reconozca la IPA por AT, subsidiariamente, IPT por AT y, subsidiariamente, APA por EC con...

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