SAP Madrid 616/2014, 6 de Octubre de 2014

PonenteANGELA ASCENSION ACEVEDO FRIAS
ECLIES:APM:2014:15274
Número de Recurso184/2013
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución616/2014
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 7ª

Sección nº 07 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ Santiago de Compostela, 96 - 28071

Teléfono: 914934580,914933800

Fax: 914934579

37051540

N.I.G.: 28.079.00.1-2013/0013319

Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 184/2013

Origen :Juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid

Procedimiento Abreviado 272/2008

Apelante: D./Dña. Severino, BANCO SANTANDER, S.A., D./Dña. Marco Antonio y D./Dña. Bernardo

Procurador D./Dña. JUAN LUIS SENSO GOMEZ, Procurador D./Dña. ROCIO BLANCO MARTINEZ, Procurador D./Dña. JUAN MANUEL CALOTO CARPINTERO y Procurador D./Dña. NORBERTO PABLO JEREZ FERNANDEZ

Letrado D./Dña. BLANCA COSO JUAREZ, Letrado D./Dña. MARIA ISABEL VAZQUEZ TAVARES, Letrado D./Dña. MANUEL ARDURA MENDEZ y Letrado D./Dña. MARIA ISABEL MATEOS GUERRERO

Apelado: GROUPAMA SEGUROS, D./Dña. Gloria y D./Dña. MINISTERIO FISCAL

Procurador D./Dña. MARIA RITA SANCHEZ DIAZ y Procurador D./Dña. ALVARO IGNACIO GARCIA GOMEZ

Letrado D./Dña. ANGEL PANIZO LOPEZ

SENTENCIA Nº 616/2014

ILMAS SRAS.

Dª Mª LUISA APARICIO CARRIL

Dª ÁNGELA ACEVEDO FRÍAS

Dª ANA MERCEDES DEL MOLINO ROMERA

En Madrid, a seis de octubre de 2014

Visto por esta Sección Séptima de esta Audiencia Provincial en la causa instruida en el RP 184/2013, el recurso de apelación interpuesto por el la representaciones procesales del BANCO SANTANDER, S.A. y de Severino y Bernardo, adhiriéndose a estos dos últimos Marco Antonio, por medio de su representación procesal, contra sentencia de fecha veintiocho de septiembre de 2012, aclarada por auto de fecha quince de enero de 2013 dictada por el Juzgado Penal nº 18 de Madrid ; habiendo sido parte en él los mencionados recurrentes a través de sus respectivas representaciones procesales, y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. ÁNGELA ACEVEDO FRÍAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Magistrado del Juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid en el procedimiento que más arriba se indica se dictó sentencia en fecha veintiocho de septiembre de 2012 en la que consta el siguiente relato de hechos probados:

HECHOS PROBADOS

Resulta probado y así se declara expresamente que en fecha indeterminada del año 1992 los acusados, Ismael, nacido el NUM000 .47, sin antecedentes penales, Marco Antonio, nacido el NUM001 .71 sin antecedentes penales, Severino, nacido el NUM002 .45 ejecutoriamente condenado en sentencia firme de

21.11.87, por un delito de falsificación de documento mercantil a la pena de un año de prisión m por un delito de estafa a la pena de dos meses de arresto mayor, Carlos Alberto, nacido el NUM003 .49, sin antecedentes penales y Bernardo, nacido el NUM004 .62, sin antecedentes penales, y otro individuos que no han sido localizados o han fallecido con anterioridad a esté fecha, con el propósito de obtener un beneficio injusto, de forma coordinada y distribuyéndose entre todos ellos las funciones, decidieron sustraer correspondencia postal de diferentes buzones de depósito de correspondencia de Madrid a fin de apoderarse de los cheques y efectos mercantiles que las diferentes empresas depositaban para el tráfico y, una vez en su poder, procedían a sustituir, unas veces a máquina y otras veces de forma manuscrita, tanto la cantidad librada como el beneficiario. Igualmente, sin que conste la forma en que habían llegado a su poder, tenían un gran número de D.N.I., cuya sustracción había sido denunciada por sus titulares, en los que, utilizando fotos de algunos de los acusados, procedían a sustituir la foto original por una de éstos, dirigiéndose a continuación a las diferentes entidades bancarias libradas, donde presentaban al cobro los cheques primeramente manipulados, cuyo beneficiario era el titular del Documento Nacional de Identidad que exhibían en ventanilla, si bien la foto correspondía al acusado que trataba de efectuar el cobro.

Utilizando este procedimiento, en las fechas que, a continuación se dirán, realizaron, al menos, los siguientes hechos:

El acusado Bernardo realizó los siguientes hechos:

  1. El fecha indeterminada de junio de 1992 el acusado se presentó en la sucursal del Banco Herrero sita en el número 71 de la calle Serrano de Madrid y presentó el cheque número NUM005 de la cuenta corriente número 0043/0760 4 1 000 2034656, de la que era titular la empresa Invherleasing S.A., en el que había sustituido el nombre del beneficiario por la expresión "al portador" y la cantidad librada por la de 400.476 pesetas. El referido cheque, que le fue pagado en el acto, había sido expedido a nombre de Secundino, por importe de 102.476 pesetas y remitido por correo ordinario.(Folio 3836, tomo VIII, denuncia Agustín ).

  2. El 17 de agosto de 1992 se dirigió a la sucursal de la Caja de Madrid, sita en la plaza Conde Valle Suchil, agencia 1846, y presentó al cobro el cheque número NUM006 de la cuenta corriente NUM007, de la que era titular la Comunidad de Propietarios de la CALLE000 número NUM008, a nombre de Gervasio e importe de 400.000 pesetas, presentando a tal fin el documento nacional de identidad número NUM009 a nombre del beneficiario y en la que figuraba la foto del acusado, no siendo abonado levantar sospechas en el empleado los documentos presentados. El cheque original había sido expedido a favor de Rogelio y por importe de 15.900 pesetas (Folio 3285, tomo VII, denuncia Jose Francisco ).

  3. En fecha indeterminada, pero comprendida entre finales del mes de enero y el 11 de mayo de 1993, el acusado se presentó en la sucursal del Banco de Santander, sita en la calle Canoas del Castillo número 12 de Alcalá de Henares y presentó al cobro el cheque de la serie AY número NUM010, correspondiente a la cuenta corriente 0085 0695 98 0000501251 de la que era titular la empresa Movesa, S.A., por importe de 330.432 pesetas, en el que previamente había sustituido el nombre del beneficiario por el de Felicisimo, importe que le fue abonado tras exhibir un documento nacional de identidad número NUM011 a nombre de dicho beneficiario y en el que había sustituido la foto original por una propia. (Folio 10.628, tomo XX, denuncia de Octavio ).

  4. En fecha indeterminada pero comprendida entre el 26 de febrero y el 24 de marzo de 1993, el acusado se dirigió a la sucursal 1114 de Caja de Madrid y presentó al cobro el cheque número NUM012, de la cuenta corriente número 6000421457, de la que era titular la empresa A-Prodesa S.A. en el que había sustituido el nombre del beneficiario, Continuo S.A., por el de Felicisimo y el importe inicial de 5.923 pesetas por el de 200.923 pesetas, importe que le fue entregado previa exhibición de un documentonacional de identidad a nombre de dicho beneficiario y en el que se había sustituido la foto del legítimo titular por una del acusado. (Folio 9907, tomo XIX, denuncia de Juan Pedro ).

  5. El 28 de febrero de 1993, se dirigió a la sucursal del Banco Bilbao Vizcaya existente en el número 51 de la calle Velázquez y, tras exhibir un DNI número NUM011, expedido a nombre de Felicisimo, presentó al cobro el cheque número NUM013 . 4 por importe de 170.085 pesetas, contra la cuenta corriente número 0012726002, de la que era titular la empresa Eurocongresos y Servicios, en el que había sido sustituido el nombre del beneficiario, Sonical, S.A.,. por el anteriormente referido, que le fue fecho efectivo. El DNI presentado para acreditar la identidad había sido igualmente manipulado, figurando la foto del acusado en lugar de la del legítimo titular.(folio 8101, tomo XIX, denuncia de Eulalio ).

  6. En fecha indeterminada, pero comprendida entre el 1 de febrero y el 31 de marzo de 1993, el acusado se dirigió a la sucursal del Banco de Santander sita en el Paseo de la Castella número 178 de Madrid y presentó al cobro el cheque número NUM014 de la serie AJ del Banco de Santander, de la cuenta corriente NUM015, de la que era titular junto con otra persona Antonia, que inicialmente había sido expedido a favor de Iber Gráfica por importe de 57.098 pesetas y en el que se había sustituido el nombre del beneficiario por el de Felicisimo y la cantidad por la de 307.098 pesetas. El importe de dicho cheque le fue abonado acusado tras presentar un documento nacional de identidad número NUM016 a nombre de dicho beneficiario y en el que se había sustituido la foto legítima por una propia. (Folio 8948, tomo XIX, denuncia de Antonia ):

  7. El 15 de marzo de 1993, el acusado se dirigió a la sucursal del Banco NatWest sita en la calle Príncipe de Vergara 125 de la localidad de Madrid y presentó en ventanilla el cheque número NUM017 de la cuenta corriente número 01 000559 38, de la que era titular la sociedad El Obrador de Cocina S.A. En el referido cheque se había sustituido el nombre del beneficiario por el Felicisimo y el importe inicial por el de 322.028 pesetas y fue pagado por dicho importe al acusado tras exhibir un documento nacional de identidad a nombre de dicha persona y en el que había sustituido la foto original por una propia. Dicho cheque había sido depositado en un buzón de Correos sito en la calle Juan Ramón Jiménez el día 12 de marzo de 1993. (Folio 8901, tomo XIX, denuncia de Verónica ).

  8. El 20 de marzo de 1993, el acusado se presentó en la sucursal del Banco Atlántico existente en el número 11 de la calle Orense de Madrid y presentó al cobro el cheque número NUM018, correspondiente a la cuenta corriente número NUM019, en el que se había sustituido tanto la cantidad librada, 349.600 pesetas, como el nombre del beneficiario, Felicisimo, presentando a tal fin un documento nacional de identidad número NUM011, a nombre de dicha persona y en el que se había sustituido la foto legítima por una del acusado. El importe del referido cheque no fue satisfecho al observar el cajero signos externos de manipulación, dándose a la fuga el acusado a bordo de un vehículo Opel Kadett, matrícula Y-....-YP (Folio 8080, tomo XIX,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR