STSJ Comunidad Valenciana 1951/2014, 9 de Septiembre de 2014

PonenteISABEL MORENO DE VIANA-CARDENAS
ECLIES:TSJCV:2014:6782
Número de Recurso1633/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1951/2014
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2014
EmisorSala de lo Social

RECURSO SUPLICACION - 001633/2014

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. ISABEL MORENO DE VIANA CÁRDENAS

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. FRANCISCO JAVIER LLUCH CORELL

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. RAMÓN GALLO LLANOS

En Valencia, a nueve de septiembre de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 1951/2014

En el RECURSO SUPLICACION - 001633/2014, interpuesto contra la sentencia de fecha 3 de abril de 2014, dictada por el JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 2 DE VALENCIA, en los autos 000048/2014, seguidos sobre Incidente Concursal Laboral, a instancia de Cosme, asistido por la Letrada Dª María del Carmen Hurtado Cortes contra HANDLING AND LAGER SL y ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DEL CONCURSO Nº 94/12, asistido por el Letrado D. Miguel Sansalinas Collado y en los que es recurrente Cosme

, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. ISABEL MORENO DE VIANA CÁRDENAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: QUE DEBO ACORDAR y ACUERDO DESESTIMAR la demanda interpuesta a instancia de el trabajador Cosme . No procede condene en costas.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: PRIMERO .- Que la entidad HANDLING AND LAGER S.L. fue declarada en concurso voluntario por auto de fecha 6/02/2012, en el que se acordó la intervención de las facultades de administración y disposición del concursado. SEGUNDO.- Que la entidad HANDLING AND LAGER S.L. fue objeto de un expediente de regulación de empleo de fecha 20/12/2013 que afecto a 35 trabajadores. TERCERO.- Que el trabajador Cosme fue afectado por el expediente de regulación de empleo resuelto por el auto de fecha 20/12/2013. CUARTO.- Que el inicio del expediente de regulación de empleo se inicio por petición de la Administración Concursal en escrito de fecha 16/10/2013. QUINTO.- Que por providencia de 21/10/2013 se dio inicio a las 30 días para el periodo de consultas. SEXTO.- Que por la Administración Concursal se comunico haber alcanzado un acuerdo con el Comite de Empresa en fecha 18/11/2013. SEPTIMO.- Que en fecha 19/11/2013 se dio traslado para informe a la Autoridad Laboral, el cual no informo, quedando pendiente de resolucion trascurrido el plazo. OCTAVO.- Que el trabajador Cosme fue informado de las causas del ERE y de todos sus trámites por el Comité de Empresa.

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante Cosme, habiendo sido impugnado por la parte demandada Administración concursal del Concurso 94/12. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre en suplicación el actor la sentencia dictada en incidente concursal que desestimó su demanda en la que solicitaba la revocación del auto 582/2013 en cuanto extingue su relación laboral con la concursada Handling and Lager SL, y la declaración de que el despido es improcedente.

El recurso se impugna por la empresa concursada y se articula en dos motivos. En el primero, por el apartado b) del art. 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, cuando debía haberlo amparado en el mismo apartado del art. 193 de la LRJS, interesa la inclusión en la sentencia de un nuevo hecho que ocupando el ordinal noveno diga: "Que el despido del trabajador Cosme fue notificado en fecha 20-12-2013 mediante carta (documento nº 2 de la parte actora) no poniendo a disposición del trabajador la indemnización fijada en el auto de extinción de las relaciones laborales de 25.319,48 #, sino la cantidad de 18.195,00 # en fecha 30-12-2013.", lo que apoya en los documentos 13 de la actora y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • SJPII nº 2 189/2015, 29 de Septiembre de 2015, de Zamora
    • España
    • September 29, 2015
    ...incidente concursal para plantear cuestiones relativas a su situación individual. Como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana 1951/2014 de 9 Sep. 2014 al interpretar el ámbito del incidente del art 64.8 de la Ley Concursal , " no son cuestiones refe......
  • SJPII nº 2 187/2015, 29 de Septiembre de 2015, de Zamora
    • España
    • September 29, 2015
    ...incidente concursal para plantear cuestiones relativas a su situación individual. Como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana 1951/2014 de 9 Sep. 2014 al interpretar el ámbito del incidente del art 64.8 de la Ley Concursal , " no son cuestiones refe......
  • SJPII nº 2 186/2015, 29 de Septiembre de 2015, de Zamora
    • España
    • September 29, 2015
    ...incidente concursal para plantear cuestiones relativas a su situación individual. Como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana 1951/2014 de 9 Sep. 2014 al interpretar el ámbito del incidente del art 64.8 de la Ley Concursal , " no son cuestiones refe......
  • SJPII nº 2 188/2015, 29 de Septiembre de 2015, de Zamora
    • España
    • September 29, 2015
    ...incidente concursal para plantear cuestiones relativas a su situación individual. Como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana 1951/2014 de 9 Sep. 2014 al interpretar el ámbito del incidente del art 64.8 de la Ley Concursal , " no son cuestiones refe......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR