SAP Asturias 590/2002, 17 de Diciembre de 2002

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Asturias, seccion 4 (civil)
Fecha17 Diciembre 2002
Número de resolución590/2002

SENTENCIA

En el recurso de apelación número 196/02 en autos de Juicio Verbal 533/02, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Avilés, promovido por Don Hugo , como demandado en primera instancia contra Doña Antonieta , como demandante en primera instancia y contra Doña Lidia , asimismo demandada en primera instancia, representada en los estrados del Tribunal por su incomparecencia, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Presidente Don Ramón Avello Zapatero.-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que por la Sra. Juez Sustituta del Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Avilés, se dictó Sentencia con fecha trece de Julio de dos mil uno, cuya parte dispositiva dice así: Que estimando al demanda de desahucio por precario formulada pro el Procurador Sr. Muñiz Artime, en nombre y representación de Dª Antonieta , contra D. Hugo y Dª Lidia , esta última en situación legal de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a dichos demandados al desalojo de la DIRECCION000 conocida como " CASA000 " sita en la DIRECCION001 y descrita en el hecho 3° de la demanda, dentro del plazo legal, poniéndola a disposición de la actora y de la Comunidad de herederos en cuyo beneficio actúa, con apercibimiento de lanzamiento si no lo verificase, así como al abono de las costas causadas.

SEGUNDO

Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandada Don Hugo recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, que fue admitido en ambos efectos, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día once de Diciembre de dos mil dos.-TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Formulada por Doña Antonieta , que acciona en nombre propio y en beneficio de las comunidades hereditarias de los causantes Don Abelardo y Doña Lourdes , demanda de desahucio por precario contra Don Hugo y Doña Lidia , a fin de obtener el desalojo de éstos de las fincas descritas en el hecho primero de la demanda, integrantes de la denominada CASA000 , que los demandados ocupan sin título alguno y sin pagar renta, al amparo de lo dispuesto en los artículos 1561 y siguientes de la anterior Ley de Enjuiciamiento Civil, la Sentencia de instancia estimó la demanda formulada, por entender que el demandado no ostentaba título alguno que...

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