STSJ País Vasco 2480/2012, 18 de Octubre de 2012

PonenteJUAN CARLOS BENITO-BUTRON OCHOA
ECLIES:TSJPV:2012:5025
Número de Recurso2135/2012
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2480/2012
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2012
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: Suplicación / E_Suplicación 2135/2012

N.I.G. P.V. 20.05.4-12/000445

N.I.G. CGPJ 20.069.34.4-2012/0000445

SENTENCIA Nº: 2480/2012

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a dieciocho de octubre de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as. D/Dª. MANUEL DIAZ DE RÁBAGO VILLAR, Presidente en funciones,

  1. JUAN CARLOS ITURRI GÁRATE y D. JUAN CARLOS BENITO BUTRÓN OCHOA, Magistrados/as, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Víctor, Guadalupe, Marcelina, Petra, Angelica, Bernabe, Concepción, Estrella, Isidora, Melisa, Rocío, Virginia y Agustina contra la sentencia del Juzgado de lo Social num. 1 de los de DONOSTIA - SAN SEBASTIAN de fecha veintiuno de mayo de dos mil doce, dictada en proceso sobre CNT, y entablado por Víctor, Guadalupe, Marcelina, Petra, Angelica, Bernabe, Concepción, Estrella, Isidora, Melisa, Rocío, Virginia y Agustina frente a DONOSTIAKO UDALA-AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN y DONOSTIA KULTURA E.P.E.,

Es Ponente el/la Iltmo/a. Sr/a. Magistrado/a D./ña. JUAN CARLOS BENITO BUTRÓN OCHOA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"PRIMERO.- Los demandantes han venido trabajando para Donostia Kultura E.P.E. con las circunstancias laborales siguientes:

Demandantes

Víctor

Guadalupe

Marcelina

Petra Angelica

Bernabe

Concepción

Estrella

Isidora

Melisa

Rocío

Virginia

Agustina

Antigüedad

1-7-2010

22-11-2011

14-12-2010

24-11-2010

22-11-2010

9-12-2010

14-7-2006

24-6-2005

14-12-2010

28-10-2010

26-7-2010

15-11-2010

25-11-2010

"Cat. Profesional"

ARCHIVERO

DOCUMENTALISTA

(GRUPO A)

ADMINIST. (GRUPO C)

CATALOGADOR BIBLIOGRAFICO (GRUPO B)

TECNICO AUXILIAR DE APOYO (GRUPO C)

COORD. PLAN COMUNICACION INTERNA (GR A)

ADMINIST. (GRUPO C)

RESTAURADORA

(GRUPO B)

RESTAURADORA

(GRUPO B)

CATALOGADOR

BIBLIOGRAFICO

(GRUPO B) ADMINISTRAT. (GRUPO B)

ADMINISTRAT.

(GRUPO C)

ADMINIST. (GRUPO B)

REDACTORA CONTENIDOS WEB

(GRUPO A)

SEGUNDO

La Junta de Gobierno Local, el 29/01/2010 acordó aprobar la aplicación de contratos de exclusión para las personas contratadas en el marco de programas de empleo-formación para trabajos de duración determinada, con la aplicación retributiva del convenio sectorial que corresponda a la actividad realizada por la persona contratada, exceptuándose de esta regla general únicamente las contrataciones en donde se aprecie identidad de funciones entre la persona contratada y algún puesto de trabajo de la relación o catálogo de la institución".

TERCERO

Los contratos de los demandantes fueron contratos de duración determinada de interés social, formalizados por Donostia Kultura E.P.E. para trabajar en determinados proyectos, y así:

Dª Angelica fue contratada en el puesto de Coordinador Plan de comunicación interna dentro del Plan +EUSKADI 2009.

Dª Estrella fue contratada para desarrollar la obra Mejora de la colección del mobiliario del Museo de San Telmo, dentro de Plan +EUSKADI 2009.

Dª Marcelina y Dª Isidora fueron contratadas en el puesto de Catalogador Bibliográfico, dentro del Plan +EUSKADI 2009.

  1. Bernabe, Dª Guadalupe y Dª Rocío fueron contratados en el puesto de Auxiliar Administrativo, dentro del Plan +EUSKADI 2009.

    Dª Agustina fue contratada en el puesto de Redactor contenido web dentro del Plan +EUSKADI 2009.

    Dª Melisa y Dª Virginia fueron contratadas para desarrollar el programa subvencionado por el SPEEINEM denominado "Apoyo a la ejecución de la OPE de Donostia Kultura".

  2. Víctor fue contratado en el puesto de "Archivero documentalista" dentro del Plan +EUSKADI 2009.

    Dª Petra fue contratada en el puesto de Técnico de Auxiliar de apoyo dentro del Plan +EUSKADI 2009.

    Dª Concepción fue contratada para desarrollar la obra "Mejora de la colección del Museo de San Telmo" dentro del Plan +EUSKADI 2009.

    Dichos contratos de interés social se encuadran dentro de los referidos Proyectos, aprobados en Junta de Gobierno Local de 14/05/2010, dentro del marco de la Orden de 25/11/2009 de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco.

    Obran certificaciones de Donostia Kultura en las que consta que ningún puesto de trabajo de Donostia Kultura tiene tales denominaciones, ni asignadas específicamente las tareas anteriores referidas en tales contratos.

CUARTO

Los contratos remiten al Convenio Colectivo Udalhitz. El mismo es el acuerdo regulador de las condiciones de trabajo de los funcionarios del Ayuntamiento de Donostia- San Sebastián, de fecha 1/7/2006 y copia del mismo obra a los folios 295 y siguientes. Su artículo 172 determina: Contratos de inserción: los contratos de inserción se utilizarán para la realización de obras o servicios de interés general o social: dichos contratos tendrán como retribuciones mínimas las que correspondan con el nivel mínimo existente en la Institución.

Actualmente rige el acuerdo regulador de Condiciones de trabajo del personal del Ayuntamiento de Donostia aprobadas en Junta de Gobierno Local de 22/10/2010, cuya copia obra a los folios 259 y siguientes. El artículo 164 del referido Acuerdo establece: Contratos de interés social, convenios de colaboración y contratos de exclusión social: 1.- Contratos de interés social y convenios de colaboración; se utilizarán para la realización de obras o servicios de interés general o social; dichos contratos tendrán como retribuciones mínimas las que correspondan con el nivel mínimos existente en la Institución. La duración de estos contratos no podrá exceder de 8 meses y no podrán ser utilizados para cubrir puestos estructurales de la administración.

QUINTO

Los demandantes han percibido la retribución fijada en el contrato, correspondiente al convenio de Oficinas y Despachos de Gipuzkoa.

SEXTO

Las tablas salariales del Ayuntamiento fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión de 22/10/2010. En ellas se fijan las retribuciones correspondientes a cada uno de los niveles, especificando:

Nivel 34: 37463,36 euros anuales, 2675,95 euros mensuales.

Nivel 30: 34268,07 euros anuales, 2447,72 euros mensuales.

Nivel 22: 28280,93 euros anuales, 2020,07 euros mensuales.

Nivel 14: 22970,31 euros anuales; 1640,74 mensuales.

Obran certificaciones de Donostia Kultura en las que consta que la retribución anual mínima abonada por dicha entidad a sus puestos de trabajo es de 22970,31 euros, no existiendo ningún puesto con retribución inferior a 22970,31 euros.

SÉPTIMO

Los trabajadores han agotado la vía administrativa previa."

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

Que estimando parcialmente la demanda promovida por D. Víctor, Dª Guadalupe, Dª Marcelina, Dª Petra, Dª Angelica, D. Bernabe, Dª Concepción, Dª Estrella, Dª Isidora, Dª Melisa, Dª Rocío, Dª Virginia, Dª Agustina contra DONOSTIAKO UDALA-AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN y DONOSTIA KULTURA E.P.E., debo condenar a DONOSTIA KULTURA E.P.E. a abonar a los actores Guadalupe, Petra

, Bernabe, y Rocío, a cada uno de ellos la suma de 1096,27 euros, con más el interés legal por mora en el pago del 10%, absolviéndole del resto de pretensiones ejercitadas en su contra. Con la libre absolución del AYUNTAMEINTO DE SAN SEBASTIÁN-DONOSTIAKO UDALA y sin perjuicio de la responsabilidad legal del FOGASA.

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso el Recurso de Suplicación, que fue impugnado de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia de Instancia ha estimado parcialmente la reclamación de diferencias por cantidades de trece trabajadores que han prestado servicios para el organismo Donostia cultura E.P.E a través del marco de programas de empleo-formación con contratos denominados de exclusión (otras veces inserción o interes social) en atención a la Orden de 25/11/2009 del Gobierno Vasco con aplicación y...

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