SAP Cantabria 466/2012, 24 de Julio de 2012

PonenteJAVIER DE LA HOZ DE LA ESCALERA
ECLIES:APS:2012:2140
Número de Recurso224/2012
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución466/2012
Fecha de Resolución24 de Julio de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª

SENTENCIA nº 000466/2012

En la Ciudad de Santander, a veinticuatro de julio de dos mil doce.

Esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, constituida a estos efectos por el Ilmo. Sr. Magistrado don Javier de la Hoz de la Escalera, ha visto en grado de apelación los presentes Autos de juicio Verbal, num. 809 de 2010, Rollo de Sala num. 224 de 2012 procedentes del Juzgado de Primera Instancia num. Uno de San Vicente de la Barquera, seguidos a instancia de D. Ramón, D.ª Melisa, D. Valeriano, D. Luis Andrés y D. Marco Antonio contra D.ª Sonsoles .

En esta segunda instancia ha sido parte apelante D.ª Sonsoles defendido por el Letrado Sr. Igartúa Rodríguez; y apelada D. Ramón, D. Valeriano, D.ª Melisa, D. Luis Andrés y D. Marco Antonio, representados por la Procuradora Sra. Espiga Pérez y defendido por la Letrada Sra Saiz Gutiérrez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de San Vicente de la Barquera, y en los autos ya referenciados, se dictó en fecha tres de mayo de 2011 Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que con estimación de la demanda presentada por DON Ramón y sus hijos, DOÑA Melisa, DON Valeriano, DON Luis Andrés Y DON Marco Antonio, contra DOÑA Sonsoles, debo condenar y condeno a esta última a arrancar los árboles y arbustos, plantados en el linde de su finca que la separa de las fincas de los demandantes, que no respetan la distancia legal de plantación que señala el artículo 591 del C.C, que en el caso concreto son todos los que son objeto de demanda menos dos de los rosales sitos a mayor distancia de los 0.50 cm previstos para los arbustos en la cita norma, tal y como se recoge en el informe pericial aportado como documento nº 6 de la demanda, todo ello, sin hacer expresa imposición de costa conforme a lo recogido en el fundamento quinto de esta resolución".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia la representación de la parte demandada preparó recurso de apelación, que se tuvo por preparado; interpuesto en forma, y dado traslado del mismo a la contraparte, que se opuso al recurso, se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales salvo el plazo de resolución en razón al número de recursos pendientes y su orden.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y

PRIMERO

Doña Sonsoles ha solicitado en esta segunda instancia que se revoque la sentencia del juzgado en cuanto estima la demanda contra ella interpuesta y se impongan las costas a la parte actora; esta se ha opuesto al recurso.

SEGUNDO

La pretensión revocatoria de la parte actora se basa, en primer lugar, en negar nuevamente la legitimación activa de los actores para ejercitar el derecho que pretenden en la demanda, alegando que debieron actuar en beneficio de la comunidad hereditaria de doña María Josefa de la que forman parte. Al argumentar como lo hace la parte soslaya las concretas circunstancias del caso, en que la acción ha sido ejercitada no por uno o algunos de los herederos - caso de la sentencia que se invoca de la A.P. de Asturias de 3 de Octubre de 2001 -, sino por el usufructuario de la...

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