SAP Navarra 260/2004, 10 de Diciembre de 2004
Ponente | FRANCISCO JOSE GOYENA SALGADO |
ECLI | ES:APNA:2004:1263 |
Número de Recurso | 47/2004 |
Número de Resolución | 260/2004 |
Fecha de Resolución | 10 de Diciembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Navarra, Sección 2ª |
SENTENCIA Nº 260/04
Presidente
D. JOSE FRANCISCO COBO SAENZ
Magistrados
D. FRANCISCO JOSE GOYENA SALGADO
D. EDUARDO VALPUESTA GASTAMINZA
En Pamplona/Iruña, a 10 de diciembre de 2004.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 47/2004, derivado del Juicio ordinario nº 225/2002, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Tudela ; siendo parte apelante, D. Daniel , Dª Mariana y Dª Rosa , representados por la Procuradora Dª YOLANDA APEZTEGUÍA ELSO y asistidos por el Letrado D CIRIACO ALDUAN GARBAYO; parte apelada, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA -IBERCAJA-, representada por el Procurador D. JAVIER ARAIZ RODRÍGUEZ y asistida por el Letrado D. JULIO CRISTELLYS BARRERA.
Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JOSE GOYENA SALGADO .
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Con fecha 11 de noviembre de 2003, el referido Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Tudela dictó Sentencia en Juicio ordinario nº 225/2002 , cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "Se desestima íntegramente la demanda interpuesta por Daniel , Mariana y Rosa contra CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA (IBERCAJA), Plácido y Simón .
Se condena en costas a la parte actora.".
Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de D. Daniel , Dª Mariana y Dª Rosa .
La parte apelada, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA -IBERCAJA-, evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando su desestimación, interesando la confirmación de la sentencia de instancia.
Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial, previo reparto, correspondieron a la esta Sección Segunda, en donde se formó el Apelaciones juicios ordinarios nº 47/2004, señalándose el día 25 de octubre para su deliberación y fallo, habiéndose observado las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar sentencia por acumulación de ponencias.
SE ACEPTAN los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida, que la Sala acoge expresamente a los efectos de integrar los de la presente resolución.
La presente litis tiene su origen en la demanda formulada por la procuradora Dª Montserrat Garde Gil, en nombre y representación de D. Daniel , Dª Mariana y Dª Rosa , frente a la CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE ZARAGOZA, ARAGON Y RIOJA (IBERCAJA), y por la que se solicita la nulidad radical del contrato de préstamo suscrito por póliza de 26 de febrero de 1993 y, en consecuencia, que el saldo retirado por Ibercaja, por...
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