SAP A Coruña 367/2008, 31 de Julio de 2008
Ponente | JUAN CAMARA RUIZ |
ECLI | ES:APC:2008:2040 |
Número de Recurso | 339/2008 |
Número de Resolución | 367/2008 |
Fecha de Resolución | 31 de Julio de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª |
SENTENCIA
Nº 367
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección Cuarta Civil-Mercantil
Ilmos. Sres. Magistrados:
MANUEL CONDE NÚÑEZ
ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNÁNDEZ
JUAN CÁMARA RUIZ
En A CORUÑA, a treinta y uno de Julio de dos mil ocho.
Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de juicio Ordinario número 426/2007-N, sustanciado en el Juzgado de lo Mercantil de A Coruña, que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE-APELADO DON Blas representado en ambas instancias por el Procurador DON JOSÉ-ANTONIO CASTRO BUGALLO y defendido por el Letrado D. Juan Guillan Fajardo, y de otra como DEMANDADA-APELANTE la entidad mercantil "NORTI, S.L.", representada en ambas instancias por el Procurador DON RAMÓN DE UÑA PIÑEIRO y defendido por el Letrado D. Bernardo Pensado Vázquez,; versando los autos sobre impugnación de acuerdos sociales.
Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el Juzgado de lo Mercantil de A Coruña, con fecha veintiséis de Febrero .Su parte dispositiva literalmente dice: "FALLO: Que estimo en parte la demanda deducida por el procurador don José-Antonio Castro Bugallo en nombre y representación de don Blas contra la entidad mercantil NORTI, S.L., representada por el procurador don Ramón de Uña Piñeiro, y declaro nula la junta general de la sociedad demandada de fecha 30 de Julio de 2007, con la consiguiente nulidad del acuerdo adoptado sobre el único punto de su orden del día. Desestimo la demanda en lo restante y no hago especial imposición a ninguna de las partes de las costas causadas en esta instancia.".
Contra la referida resolución por la parte demandada, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.
Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON JUAN CÁMARA RUIZ.
Contra dicha sentencia se presentó recurso de apelación por don Ramón de Uña Piñeiro en representación de "Norti, SL", de fecha 11 de abril de 2008, solicitando la revocación parcial de la sentencia, la declaración "de ajustada a Derecho de la junta celebrada el 30 de julio del 2007 así como los acuerdos adoptados y confirme el resto de los pronunciamientos de la sentencias apelada" y la imposición de costas a la parte demandante.
Por su parte, don José Antonio Castro Bugallo en representación de don Blas presentó escrito de oposición, de fecha 15 de mayo de 2008, solicitando que se desestime el recurso interpuesto con imposición de costas a la parte apelante.
La parte recurrente contrae la impugnación de la sentencia alegando su discrepancia con la declaración de nulidad de la Junta general ordinaria, de fecha 30 de julio de 2007, por no haberse tenido en cuenta en dicha decisión las circunstancias de ejercicio abusivo del derecho y ejercicio del derecho contrario a la buena fe concurrentes en el demandante.
Con carácter previo debe recordarse la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo cuando señala que si la Junta tiene por objeto la aprobación de las cuentas anuales, el artículo 86.1 LSRL exige la mención en la convocatoria del derecho de los socios a obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que van a ser sometidos a la aprobación, así como el informe de gestión y, en su caso, el de los auditores de cuentas, así como la facultad a los socios que representen al menos el cinco por ciento del capital el examen en el domicilio social de los documentos que sirvan de soporte y de...
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