STSJ Comunidad de Madrid 649/2014, 14 de Julio de 2014
Ponente | JOSE IGNACIO DE ORO-PULIDO SANZ |
ECLI | ES:TSJM:2014:8121 |
Número de Recurso | 449/2014 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 649/2014 |
Fecha de Resolución | 14 de Julio de 2014 |
Emisor | Sala de lo Social |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 05 de lo Social
Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010
Teléfono: 914931935
Fax: 914931960
34002650
Sentencia nº 649
ILMO. SR. D. JOSE IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ
PRESIDENTE
ILMA. SRA. Dª. AURORA DE LA CUEVA ALEU
ILMA. SRA. Dª ALICIA CATALÁ PELLÓN
En Madrid, a catorce de julio de dos mil catorce.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A Nº 649
En el recurso de suplicación nº 449/2014, interpuesto por D. Aureliano, representado por el Graduado Social D. Diego Chico Castaño contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Número 25 de los de Madrid, en autos núm.1292/2012, siendo recurrido TALLERES ZAMORA SA, representado por el Letrado D. Álvaro Jiménez de Laiglesia Vergarajauregui. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ.
En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por D. Aureliano contra Talleres Zamora S.A, en reclamación de despido, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha ocho de febrero de dos mil trece, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.
En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:
El demandante Aureliano prestó servicios como personal laboral por cuenta y orden de la empresa TALLERES ZAMORA SA con una antigüedad desde 6.09.1999 ocupando la categoría profesional de Oficial 1ª y percibiendo un salario mensual de 1.400.94 # incluida prorrata de pagas extras.
La TGSS emitió informe de la vida laboral del actor en la cual constan los siguientes datos: Nombre
Aureliano
Empresa
Talleres Zamora SA
INEM
Fecha de alta
6.09.1999
20.10.2012
Fecha de baja
8.10.2012
La empresa entregó a la trabajadora carta de despido en fecha 8.10.2012 que señala lo siguiente
Por el presente escrito lamento comunicarle que la empresa se ve obligada a proceder a la extinción y resolución de la relación laboral que mantiene usted con la misma, con fecha de efectos el 22 de Octubre de 2012, al amparo de lo dispuesto en el Art. 52.c en relación con el Art. 51.1 del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de Marzo, que aprueba el Texto Refundido de Estatuto de los Trabajadores, todo ello, motivada por razones económicas y productivas.
Como usted conoce TALLERES ZAMORA S.A.es una empresa que con carácter general orienta su actividad a la fabricación y manipulación del metal y artículos de lampistería.
Por todos es sabido que la crisis que se está llevando a cabo, está haciendo mella en todos los sectores económicos, pero es cierto que algunos de esos sectores lo están sufriendo en mayor medida si cabe que otros. La industria del metal en general ha notado un gran bache ocasionado tanto por la caída del consumo como por el cambio en los hábitos de compra de los clientes, que en la actualidad son empresas extranjeras los que han registrado un mayor aumento en la cuota de mercado, en detrimento de empresas españolas que no tienen la misma capacidad de producción que estas, situación esta, que se agrava por la creciente competencia que llega de países con unos costes mucho menores, sobre todo asiáticos. Un fiel reflejo de la situación en la que se encuentra sumido este sector es la situación económica y contable de la empresa de los últimos años y que desglosamos a continuación:
EJERCICIO
2009
2010
2011
CIFRA DE NEGOCIO
957.559,83
865.052,95
776.909,82
RESULTADO EJERCICIO
-181.935,04
-174.694,02
-156.247,64
COSTE LABORAL
570.499,43 #
529.829,70 #
496.819,58 # En cuanto a la evolución del gato personal con respecto a las ventas:
EJERCICIO
2011
COSTE LABORAL
496.819,58 #
PORCENTAJE SNENTA
63,94% s/venta
El coste de personal al que la empresa ha de hacer frente en la actualidad es excesivo respecto del volumen de trabajo existente. El descenso en las ventas ha marcado considerablemente la rentabilidad de la actividad reduciéndose la facturación a mínimos, teniendo en cuenta todo lo que hemos expuesto, resulta evidente que el nivel de empleo adscrito a la actividad es excesivo en el actual equilibrio económico y de producción de la empresa, por lo tanto estamos obligados a tomar acciones en el terrero laboral para evitar el cierre de la empresa.
En el año 2011 la cifra de negocio sufrió un gran descenso respecto de las ventas del ejercicio 2009 y 2010 sucesivamente, continuándose en dicha línea el ejercicio 2012, a pesar de haber tomado medidas drásticas en la empresa, no se está consiguiendo obtener un resultado positivo.
En referencia a lo anterior, le informamos que la disminución de ingresos de la empresa es persistente y actual, y durante los tres últimos trimestres las ventas son muy inferiores a las registradas en los trimestres de los mismos periodos del año anterior y continúan en disminución; en Octubre-Diciembre 2011 los ingresos han sido 170.208,09 £, mientras que en Octubre-Diciembre 2010 fueron de 235.794,72 E, en Enero-Marzo 2012 fueron 167.546,35 e, mientras que en el trimestre de Enero-Marzo 2011 fueron de 224.389,67 C y en Abril-Junio 2012 los ingresos fueron 148.596,94 (-, mientras que en el mismo trimestre del año anterior Abril -Junio 2oll fueron 187.174,84 C.
Por último, también indicamos que los resultados en los últimos trimestres han seguido siendo negativos, en el trimestre referente a Octubre-Diciembre 2011, el resultado fue - 46.594,05 C, en el trimestre referente a Enero-Marzo 2012, -45.244,33 IE y en el trimestre de Abril a Junio 2012, el resultado ha sido -63.393,40 E. La previsión de resultado para el próximo trimestre es de -59.356,89 E.
Como consecuencia de estos negativos y actuales resultados económicos, y también de la negativa previsión económica, la empresa para garantizar su viabilidad se ve obligada a amortizar su puesto de trabajo y proceder a la extinción de su contrato, que se justifica plenamente al amparo del artículo 52. c) del E.T .
La dirección de la empresa pone a su disposición en el domicilio de la misma la documentación económica y contable de la que ha sido extraída la información contenida en esta carta para que pueda ser examinada por su parte, acompañado de experto en la materia si lo estimara necesario.
Teniendo en cuenta su situación en la empresa: Antigüedad. 06-09-1999 Categoría: Oficial de la Salario anual: 17.330,20 C le corresponde una indemnización de 20 días por año de servicio, con el límite de doce mensualidades cuya cantidad asciende a doce mil cuatrocientos sesenta y ocho con setenta y dos (12.468,72 #), al tener la empresa menos de 25 trabajadores, de la indemnización citada el 40% es a cargo del Fondo de Garantía Salarial, por lo que la empresa debe abonar el 60% de la indemnización antes calculada, es decir la cantidad de siete mil cuatrocientos ochenta y uno con veintitrés (7.481,23 E), que la empresa pone a su disposición en este acto en base al apartado 8 del artículo 33 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por RDL 1/1995, de 24 de marzo, modificado en la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Respecto de la cantidad a abonar por parte del FOGASA (fondo de garantía salarial), será de cuatro mil novecientos ochenta y siete con cuarenta y nueve
(4.987,49 E,). Así mismo, se concede al trabajador el plazo de preaviso de 15 días establecido legalmente, computado desde la entrega de esta comunicación
Quedamos a su disposición para cualquier información adicional, o documentación que en relación a los hechos relatados en esta carta pudieran ser de su interés o utilidad. Así la dirección de lo empresa pone a su disposición en el domicilio de la misma la documentación económica y contable de la que ha sido extraída la información contenida en esta carta y que puede ser examinada por su parte, en su caso acompañado de un experto en la materia si lo estimara necesario. La empresa le abonará el último día de la de la relación laboral, la nómina, saldo y finiquito que corresponda y le hará entrega de toda la documentación necesaria para acogerse al desempleo.
De los balances aportados por la empresa Talleres Zamora SA en los tres últimos ejercicios resulta lo siguiente:
Ejercicio
2009
2010
2011
2012
Cifra negocio
957.559.83
865.052.95
776.909.82
649.523.30
Costes laborales
570.499.43
529.829.70
496.819.59
441.149
Resultado
Pérdidas 181.935.04
Pérdidas 176.694.02
Pérdidas 156.247.64
Pérdidas 286.793.68
La empresa demandada no ha abonado al trabajador los siguientes conceptos:
Nombre
Aureliano
Concepto
Plus Productividad Art. 39
Cantidad
17.330X0,5 %=86.60X10 meses=
Total
866,60 euros
El demandante no ha ostentado la condición de representante legal o sindical de los trabajadores.
La Empresa Talleres Zamora SA se dedica a la actividad de Fabricación de metal y artículos de lampistería y se rige para su personal laboral por el Convenio Colectivo del sector de metal de Madrid BCM 1.01.2011.
El día 19.10.2012 se presentó ante el SMAC papeleta de conciliación previa a la vía judicial, celebrándose el preceptivo acto previo el día 12.11.2012 con el resultado de intentado sin efecto.
En dicha sentencia se emitió el siguiente FALLO : 1º. Que debo desestimar y desestimo la pretensión principal de la parte actora de declaración de nulidad del despido de fecha 8.10.2012, por las razones expuestas en el FD II de esta resolución.
-
Que con confirmación de la decisión extintiva de...
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