STSJ Andalucía 1563/2014, 5 de Junio de 2014

PonenteJOSE JOAQUIN PEREZ-BENEYTO ABAD
ECLIES:TSJAND:2014:5647
Número de Recurso197/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1563/2014
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Social

Recurso.- 0197/14, sent. 1563/14

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

Dª. Mª ELENA DÍAZ ALONSO, Presidente

Dª. MARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA

D. JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a cinco de junio de dos mil catorce.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 1563/14

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. Dolores, representada por el Sr. Letrado D. Juan F. Moreno Domínguez, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Huelva en sus autos núm.

1.082/11; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD, Magistrado, quien expresa el parecer de esta Sala sobre la resolución que merece el presente recurso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, la recurrente fue demandante contra el INSS y la TGSS, en demanda de reconocimiento de la prestación por incapacidad permanente, se celebró el juicio y el 27 de septiembre de dos mil trece se dictó sentencia por el referido Juzgado, desestimando la pretensión.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"PRIMERO. La actora, Doña Dolores, con DNI NUM000, nacida el NUM001 de 1960, se encuentra afiliada a la Seguridad Social con el número NUM002, encuadrada en el Régimen General, siendo su profesión habitual la de planchadora

SEGUNDO

El 23 de diciembre de 2009 la demandante causa baja médica derivada de accidente de laboral, consecuencia de un accidente de tráfico, sufriendo politraumatismo consistente en : herida inciso-contusa supraciliar derecha, fractura huesos propios, fractura external, fracturas costales múltiples izquierdas ( 4ª a 8ª), derrame pleural izquierdo y fractura aplastamiento de cuerpos vertebrales D4 y D6, y protusiones focales D5-D6 y D6-D7, siéndole prorrogada por resolución de 4 de enero de 2011, emitiéndose el alta por el INSS, previo Informe Médico de Evaluación de Incapacidad Temporal, de fecha 24 de junio de 2011,obrante al folio 24, en el que consta un diagnóstico de "Fractura cerrada de múltiples costillas sin especificar ", y concluyendo que la actora no presentaba limitaciones orgánicas y/o funcionales que le impidan la reincorporación laboral.

TERCERO

El mismo día 28 de junio de 2011 el Equipo de Valoración de Incapacidades acordó iniciar expediente de Incapacidad Permanente, emitiéndose Dictamen Propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades de no calificación de la trabajadora como incapacitada permanente, por no presentar reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral.

CUARTO

Por resolución del INSS de 7 de julio de 2011 se denegó la prestación de incapacidad por no alcanzar las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, para ser constitutivas de una incapacidad permanente.

QUINTO

Contra la anterior resolución interpuso la actora el 10 de agosto de 2011, que fue expresamente desestimada por resolución del INSS de 26 de septiembre de 2011.

SEXTO

Padece la actora los padecimientos consignados por la Médico Forense del Instituto de Medicina Legal, en informe de fecha 22 de septiembre de 2011, consistentes en: fractura-acuñamiento pérdida 50% altura de la vértebra D4, fractura-acuñamiento pérdida 20% altura de la vértebra D6, consolidación external viciosa, paresia de partes sacras de miembro superior izquierdo por atrapamiento del nervio cubital, y agravación artrosis previa a nivel cervical, que le limitan para aquellas tareas que supongan sobrecargas moderadas de la columna vertebral. La Unidad de Columna del Servicio de Traumatología del Hospital Juan Ramón Jiménez en informe de 30 de agosto de 2011 constató " dolor en columna dorsal tipo mecánico no irradiado sin alteraciones en la exploración neurológica". Estuvo en...

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