STSJ Murcia 1138/2007, 15 de Octubre de 2007

PonenteRUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJMU:2007:2601
Número de Recurso1033/2007
Número de Resolución1138/2007
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 01138/2007

ROLLO Nº: RSU 01033/2007

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

En la ciudad de Murcia, a quince de Octubre de dos mil siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ y D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Rubén , contra la sentencia número 0229/2007 del Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, de fecha 1 de junio, dictada en proceso número 0169/2007, sobre incapacidad, y entablado por don Rubén frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. Datos profesionales del trabajador demandante: I. El actor nació el 8 de septiembre de 1947, figurando afiliado al Régimen Especial de Trabajadores Agrarios por cuenta ajena con el n° NUM000 . II. La profesión habitual del actor es la realización de labores agrícolas. III. Fecha de baja y situación de incapacidad temporal es: 22.11.2004. SEGUNDO. Tramitación de expediente de incapacidad permanente: I. El 29.06.2006 el Equipo de Valoración de Incapacidades emite dictamen propuesta donde reconoce las siguientes dolencias derivadasde enfermedad común: "artrosis femoro-patelar leve en ambas rodillas", sin apreciar limitaciones orgánicas y funcionales, y propone la no calificación del trabajador como incapacitado permanente por no presentar limitaciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral. II. El 29.06.2006 por el Instituto Nacional de la Seguridad Social se eleva a definitiva la propuesta y se deniega la prestación de Incapacidad Permanente. TERCERO. Circunstancias clínicas: 1. Al actor se le aprecian las siguientes dolencias: "artrosis femoro-patelar leve en ambas rodillas", habiendo sido intervenido quirúrgicamente en 2004, según informe médico del Hospital de Cieza, del menisco izquierdo, que se regularizó. II. Y las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes: La anterior patología no ocasiona limitaciones funcionales permanentes estando conservada la movilidad y con apreciación normal en la rodilla derecha y en la izquierda en valoración de 1000 y extensión completa, según pruebas radiológicas complementarias realizadas el 29 de junio de 2006. No manifiesta en la exploración practicada por el EVI problemas degenerativos graves, salvo la dolencia acorde con la edad del trabajador. CUARTO. Base reguladora: La base reguladora mensual para la incapacidad total es 508,10 euros mensuales, y efectos económicos desde el 29 de junio de 2006. QUINTO. Agotamiento de la vía administrativa previa: La actora interpuso reclamación previa en fecha 10 de agosto de 2006 frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, que se desestima por resolución de fecha 2 de octubre de 2006"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por don Rubén , contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social y declarar que el actor no está afecto a incapacidad permanente en grado alguno absolviendo a la Entidad Gestora demandada de todas las peticiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Juan Carlos Ballesteros Ros, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO

PRIMERO

La sentencia de fecha 1 de Junio del 2007, dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Murcia en los autos 169/06 , desestimó la demanda formulada por D. Rubén contra el INSS en reclamación de prestaciones por incapacidad permanente total para su profesión habitual de agricultor por cuenta ajena, derivada de enfermedad común.

Disconforme con la sentencia, el actor interpone recurso de suplicacion, solicitando tanto la revisión de los hechos declarados probados (artículo 191.b de la Ley de Procedimiento laboral) como, con amparo en el artículo 191 .c, su revocación, para que se dicte otra estimatoria de la demanda, por vulneración de los artículo 124, 136.1,137, 138.1,139,2, 140,1,140.4 y 143.1 de la LGSS 137 de la LGSS.

FUNDAMENTO

SEGUNDO

El apartado tercero de los hechos declarados probados describe las lesiones y limitaciones funcionales que presenta la actora en los términos siguientes: Artrosis femoro-patelar leve en ambas rodillas, habiendo sido intervenido quirúrgicamente en 2004 del menisco izquierdo, que se regularizó. Limitaciones funcionales: Sin limitaciones funcionales...

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