STSJ Murcia 919/2007, 9 de Julio de 2007

PonenteRUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJMU:2007:2415
Número de Recurso686/2007
Número de Resolución919/2007
Fecha de Resolución 9 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por MUTUAL MIDAT CYCLOPS, contra la sentencia número 27/07 del Juzgado de lo Social número Tres de Murcia, de fecha 24 de enero del 2007, dictada en proceso número 857/06, sobre ALTA MEDICA, y entablado por DOÑA María Virtudes frente MUTUAL MIDAT CYCLOPS, HELIFRUSA, S.A., SERVICIO MURCIANO DE SALUD, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La actora Dª María Virtudes , sufrió accidente de trabajo el 28-4-05 cuando prestaba servicios como Mozo de Almacén para la empresa HELIFRUSA S.A., que tenía cubiertas las contingencias profesionales con Mutua Midat (ahora Cyclops-Midat). Inició proceso de incapacidad temporal en fecha 6-6-05 con diagnóstico de Tendinitis de Muñeca, siendo dada de alta médica el día 18-7-05. La actora impugnó el alta médica, presentando demanda que fue turnada la Juzgado Social Nº 2 que por sentencia de 17-1-06 estimó la demanda anulando el alta médica, por presentar la actora dolor intenso e impotencia funcional. SEGUNDO.- La actoraacudió al servicio de Urgencias del hospital Rafael Méndez de Lorca el 13-7-06 refiriendo Tendinitis de muñeca desde hacía un año y dolor a la exploración, y se le prescribe muñequera y antiinflamatorios y control por médico de zona. El 14-9-06 acude nuevamente al mismo Servicio de Urgencias refiriendo dolor, y se le vuelve a diagnosticar Tendinitis de muñeca derecha, con prescripción de reposo y tratamiento farmacológico y control por Mutua. TERCERO.- La Mutua tras ser requerida por el Juzgado para cumplir la sentencia retorna el proceso, citando a la trabajadora para la práctica de pruebas y exploración física, presentando la actora dolor a la exploración. A la actora se le practica una Ecografia de muñeca izquierda el 16-8-06 en la que no aparecen hallazgos significativos, y una prueba de EMG en la misma fecha en la que se informa de que en la muñeca derecha no aparecen hallazgos sugestivos de lesión del nervio Periférico. Se vuelve a emitir parte de alta médica por la Mutua el 28-8-06. La actora fue examinada en consulta privada el 23-9-06 presentando inflamación y dolor en muñeca derecha. CUARTO.- La base reguladora asciende a 20,66 €/día. QUINTO.- Se agotó la Vía administrativa Previa."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda formulada por Dª María Virtudes , frente a MUTUAL MIDAT-CYCLOPS MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES, Nº 126, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INSS), TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, y la empresa HELIFRUSA S.A., debo declarar y declaro que el Alta médica de fecha 28-8-06 es indebida, y en consecuencia procede su anulación, reponiendo a la actora en la situación de la incapacidad temporal desde la citada fecha hasta que se produzca el alta médica, por concurrir los requisitos para ello, condenando a los demandados a estar y pasar por dicha declaración, y condenando a MUTUA MIDAT-CYCLOPS, como responsable directa al abono de las prestaciones en la cuantía reglamentaria, sin perjuicio de las responsabilidad subsidiaria, que en su caso, y por insolvencia, pudiese corresponder al INSS y a la T.G.S.S., en el pago de dichas prestaciones, y con absolución de las pretensiones, tanto del SMS como de la empresa demandada.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado...

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