STSJ Murcia 896/2007, 9 de Julio de 2007

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2007:896
Número de Recurso625/2007
Número de Resolución896/2007
Fecha de Resolución 9 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por doña Nuria , contra la sentencia número 0059/2007 del Juzgado de lo Social número 1 de Murcia, de fecha 9 de febrero, dictada en proceso número 0243/2006, sobre incapacidad, y entablado por doña Nuria frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "1.- La actora Doña Nuria , nacida en Cieza el día 6 de marzo de 1941 ha sido alta en Seguridad Social, Régimen Agrícola Cuenta Ajena antes de la declaración de invalidez, por trabajos de cultivo directo de la tierra. Posteriormente siguió trabajando afiliada al RETA como relojera joyera. 2.- Fue declarada en situación de incapacidad permanente total, con fecha 9 de mayo de 1984. 3.- Solicita revisión en base a afirmar estar en situación de Invalidez Permanente Absoluta para toda ocupación, por escrito de 3 de marzo de 2006, el I.N. S.S. tras el examen de la Equipode Valoración de Incapacidades practicada el 6 de abril de 2006, resolvió inicialmente en fecha 4 de julio de 2006 , denegar la solicitud por inexistencia de agravación constitutiva de mayor grado. (Efectos económicos desde el 5 de julio de 2006). 4.- Presentó en el momento de la Invalidez Permanente Total: artritis en ambas caderas; artrosis cervical; braquialgias con manos; artrosis lumbosacra con osteofitos; impotencia funcional de raquis y cadera, insuficiencia circulatoria periférica en miembros inferiores; histerectomía simple. 5.-Presenta actualmente además de lo que antecede: hernia de hiato, dolor torácico atípico, escoliosis lumbar, protrusiones discales L3-L4 y L4-L5, radiculopatía L5 derecha discreta, prolapso vaginal (pendiente de cirugía), sensación de mareo, hipotiroidismo primero, alopecia areata. 6.- La Base Reguladora es la ya reconocida 1.086,72 euros. Se interpuso reclamación previa. 7.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por doña Nuria contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y la Tesorería General de la Seguridad Social debo absolver y absuelvo a estos de aquélla, confirmando lo acordado en vía previa".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don José Moreno Vázquez, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La actora doña Nuria , de 66 años de edad, de profesión habitual trabajadora agrícola por cultivo directo de la tierra, y en la actualidad afiliada al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos como relojera joyera, y declarada en situación de incapacidad permanente total, presentó demanda, sobre incapacidad, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, en reclamación de que se le reconociese el grado de incapacidad permanente absoluta por agravación, o, subsidiariamente, total, lucrada en el régimen de autónomos; demanda que fue desestimada por el Juzgado a quo al considerar que las dolencias que padece la...

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