STSJ Murcia 758/2007, 18 de Junio de 2007

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2007:753
Número de Recurso692/2007
Número de Resolución758/2007
Fecha de Resolución18 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por DOÑA Victoria , contra la sentencia número 55/07 del Juzgado de lo Social número Siete de Murcia, de fecha 5 de febrero del 2007, dictada en proceso número 730/06, sobre ALTA MEDICA, y entablado por DOÑA Victoria frente MUTUA ASEPEYO, SERVICIO MURCIANO DE SALUD, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La actora doña Victoria

, con DNI nº NUM000 , figura en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos merced a la prestación de sus servicios como titular de un comercio textil, y tiene concertada con la mutua demandada "ASEPEYO" la gestión de la incapacidad temporal por contingencias comunes. SEGUNDO.- El 18/01/2006 la actora inició proceso de incapacidad temporal aquejada de un síndrome ansioso-depresivo reactivo a su situación personal. TERCERO.- La demandante siguió tratamiento farmacológico con su psiquiatra de zona (Dr. Juan María ), el que en fecha 22/02/2006 prescribió a aquélla escitalopram (15 mg/día), alprazolam (1mg/día) y lorazepam (1 mg/noche). CUARTO.- La mutua demandada, al amparo de lo dispuesto en el art. 80 RD 1993/1995, de 7 de diciembre , acordó extinguir el subsidio de incapacidad temporal con efectos de fecha 09/05/2006 por el siguiente motivo: "Su situación física y psíquica no le impide el normal desarrollo de su trabajo habitual". QUINTO.- Contra la anterior resolución interpuso la demandante reclamación previa, que fue desestimada por acuerdo expreso de 27/07/2006. SEXTO.- La base reguladora del subsidio de incapacidad temporal asciende a 26'19 euros diarios."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por doña Victoria contra "ASEPEYO", el Servicio Murciano de Salud, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de la pretensión deducida en su contra..".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. ANDRES CAMPUZANO CAMPUZANO, en representación de la parte demandante, con...

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