STSJ Murcia 85/2007, 5 de Febrero de 2007

PonenteRUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJMU:2007:150
Número de Recurso27/2007
Número de Resolución85/2007
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Isidro , contra la sentencia número 0227/2006 del Juzgado de lo Social número 6 de Murcia, de fecha 10 de julio, dictada en proceso número 0338/2006, sobre incapacidad, y entablado por don Isidro frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "Primero.- El actor, don Isidro , nacido el 10-06-51, con D.N.I. núm. NUM000 , de profesión habitual mecánico de automóviles, afiliado a la Seguridad Social y encuadrado en el Régimen General, inició proceso de incapacidad temporal el 20-09-04. Segundo.- Iniciados los trámites para una eventual declaración de incapacidad permanente, el E.V.I. emitió el preceptivo dictamen el 07- 11-05, resolviendo la D.P. del I.N. S.S. de Murcia el 18-11-05 declarar a quien ahora demanda en situación de incapacidad permanente en el grado de total derivada de enfermedad común, con derecho a la correspondiente prestación económica. Tercero.- Disconforme con la anteriorresolución, el actor interpuso reclamación previa contra la misma que fue desestimada por otra de 13-02-06, posibilitándose la vía judicial. Cuarto.- Interpuesta demanda, se le tuvo por desistido de la misma por incomparecencia al acto del juicio oral; presentando nueva reclamación previa a la demanda origen de las presentes actuaciones en 12-04-06. Quinto.- El actor se halla afecto de los siguientes padecimientos: Artritis reumatoide con afectación de manos. Hernia discal en L5-S1 intervenida quirúrgicamente en junio de 2005. Según RNM lumbar de 07-10-05: Polidiscopatía, profusión discal en L2-L3, recidiva de hernia discal medio-latera! derecha en L5-S1. Limitación para la flexión lumbar con distancia manos a pies de 20 cms. Lassègue negativo. Limitación para la abducción del hombro izquierdo a 90º Flexo-extensión de dedos de ambas manos sin limitaciones significativas. Prensa y pinza manual posibles. Sexto.- El actor acredita haber cotizado el periodo mínimo exigido para la prestación que solicita. Séptimo.- La base reguladora de la prestación asciende a 1.085'22 € mensuales; hecho este que es pacíficamente admitido por las partes"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que debo desestimar y desestimo la excepción de caducidad de la instancia alegada por el INSS. Que desestimando la demanda planteada por don Isidro , frente al INSS, debo absolver y absuelvo a este último de los pedimentos deducidos en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don José

Tárraga Poveda, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La sentencia de fecha 10 de Julio del 2006, dictada por el Juzgado de lo social nº 6 de Murcia en los autos 338/06, desestimó la demanda formulada por D. Isidro contra el INSS y...

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