SAP Guipúzcoa 117/2008, 4 de Abril de 2008
Ponente | ANA ISABEL MORENO GALINDO |
ECLI | ES:APSS:2008:292 |
Número de Recurso | 3438/2007 |
Número de Resolución | 117/2008 |
Fecha de Resolución | 4 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Guipúzcoa, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIPUZKOA
GIPUZKOA KO PROBINTZIA-AUZITEGIA
Sección 3ª
Tfno.: 943-000713
Fax: 943 00 07 01
N.I.G.: 20.01.2-06/001666
R.APELACION.LECN 3438 /07
O.Judicial Origen: 1ª Inst. e Instrucc. nº 3 (Tolosa)
Procedimiento: Divor.contenc.L2 377/06
Procurador/a: FERNANDO MENDAVIA GONZALEZ Abogado/a: JUAN MIGUEL GARMENDIA MADARIAGA Recurrido: Constanza
Procurador/a: PABLO JIMENEZ GOMEZ
Abogado/a: JOSE EUGENIO FERNANDEZ GOÑI SENTENCIA N º
ILMOS. SRES.
Dña. JUANA MARIA UNANUE ARRATIBEL
D. IÑIGO SUAREZ DE ODRIOZOLA
Dña. ANA MORENO GALINDO
En DONOSTIA - SAN SEBASTIAN , a cuatro de abril de dos mil ocho .
La Iltma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituída por los Sres. que al margen se expresan, ha visto, en trámite de apelación los presentes autos civiles de juicio divorcio contencioso, seguidos con el número 377/06 en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Tolosa a instancia de , Juan como apelante representado por el procurador Sr. MENDAVIA y defendidos por el Letrado MIKEL GARMENDIA MADARIAGA contra Constanza como apelada representada por el Procurador Sr. JIMENEZ y defendido por el Letrado d. JOSE EUGENIO FERNANDEZ GOÑIA ; todo ello en virtud del recurso de apelacióninterpuesto contra la sentencia dictada por el mencionado Juzgado de fecha 12 DE JUNIO DE 2007. ANTECEDENTES DE HECHO
Por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Tolosa dictó sentencia con fecha 12 de Junio de 2007 que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador don Alberto Iguaran Tellería, en nombre y representación de don Juan , contra doña Constanza , representada por el Procurador don Iñigo Navajas Saiz , debo acordar y acuerdo la disolución por divorcio del matrimonio formado por los expresados el día 26 de Agosto de 1967, manteniendo en sus mismos términos las medidas adoptadas en el Convenio Regulador de 1 de Septiembre de 1999 y aprobadas en la Sentencia de Separación matrimonial de fecha 11 de Octubre de 1999 .
No procede condena en costas.".
Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpuso recurso de apelación contra ella, que fué admitido y previa la formulación por las partes de los oportunos escritos de alegaciones, se elevaron los autos a este Tribunal, dictándose resolución señalando día para la vista.
En la tramitación de este recurso se han observado los trámites y formalidades legales. VISTO.- Siendo Ponente en esta instancia el Iltmo. Sr. Magistrado D.ANA MORENO GALINDO
Por la parte recurrente se interpone recurso de apelación contra la sentencia de instancia solicitando su revocación y que en su lugar se dicte otra resolucion por la cual se suprima la pensión obligatoria que está obligado a abonar a la Sra. Constanza o que se reduzca la misma.
El presente recurso se fundamenta en una errónea valoración de la prueba practicada ya que tanto de la prueba practicada en primera instancia como de la practicada en esta alzada se evidencia que se ha producido una variación sustancial en la fortuna de la Sra. Constanza quien percibe un subsidio de desempleo de 413,52 euros hasta la edad en que se jubile,...
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