SAP Sevilla 163/2001, 5 de Marzo de 2001

PonenteMARIA DEL CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS
ECLIES:APSE:2001:1110
Número de Recurso2048/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución163/2001
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª

SENTENCIA NÚM.163

ILTMOS. SRES.

DON JUAN MARQUEZ ROMERO

DON MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA

DOÑA CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS

En Sevilla, a cinco de Marzo de dos mil uno.

VISTOS, por la Sección Sexta de esta Iltma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio Incidental n° 860/97, procedentes del Juzgado de Primera Instancia n°1 de Sevilla , promovidos por DON Leonardo , representado por por la Procuradora Doña María Puy Lepe Muñoz y bajo la dirección jurídica del Letrado D. Jesús Guzmán Ruiz, CONTRA EMPRESA PUBLICA DE LA RADIO Y TELEVISIÓN DE ANDALUCIA Y CANAL SUR TELEVISION S.A, representado por el Procurador D. Antonio Candil del Olmo y bajo la dirección jurídica del Letrado D. Sebastián Uribe Sarabia; siendo parte El Ministerio Fiscal

sobre protección del derecho al honor; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por el actor contra la sentencia en los mismos dictada en 9 de Diciembre de 1.998 .

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo Fallo literalmente dice: " Que desestimando la demanda formulada por D. Leonardo contra Canal Sur Televisión S.A y Empresa Publica de la Radio y Televisión de Andalucia, debo absolver y absuelvo a las referidas demandadas de las pretensiones deducidas de contrario, imponiendo al actor las costas causadas".

PRIMERO

Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el actor admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos emplazamientos por término legal, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.

SEGUNDO

Traídos los autos a la vista para dictar resolución, tuvo efecto dicho acto el día 2 deOctubre de 2000, con la asistencia de los Letrados de ambas partes, quienes solicitaron un fallo de acuerdo con sus pretensiones.

TERCERO

En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar sentencia debido a la acumulación de trabajo que pesa sobre el Ponente..

VISTOS, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Doña CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

D. Leonardo promovió juicio incidental en defensa del honor contra Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía y contra Canal Sur Televisión S.A, en base al programa titulado "Así es la Vida", emitido el día 13-Mayo-94.

La sentencia de instancia desestima la demanda y frente a la misma la parte actora interpone recurso de apelación por considerarla no ajustada a derecho.

SEGUNDO

La sentencia del T.S de 30-12-99 señala que "Definida una de las modalidades de intromisión ilegitima en los derechos de la personalidad...

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