STSJ Aragón 860/2007, 26 de Septiembre de 2007

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2007:958
Número de Recurso725/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución860/2007
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación núm. 725 de 2007 (Autos núm. 680/2006), interpuesto por la parte demandada INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza, de fecha 30 de mayo de 2007; siendo demandante CABELLO Y CABELLO S.L, sobre Pensión de jubilación. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por CABELLO Y CABELLO, SL, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre Pensión jubilación parcial, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social nº 2 de Zaragoza, de fecha 30 de mayo de 2007 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la empresa Cabello and Cabello SL, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, revoco la resolución administrativa por la que se declaraba la responsabilidad empresarial en la pensión de jubilación parcial de D Roberto , condenando al demandado a estar y pasar por dicho pronunciamiento con los efectos inherentes al mismo".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

"1º.- El trabajador de la empresa Cabello and Cabello SL, D. Roberto se jubiló parcialmente con fecha 1-2-2004, suscribiendo la empresa con el mismo contrato a tiempo parcial desde el 1-2-2004 hasta el 30-4-2008, fecha de cumplimiento por el mismo de los 65 años de edad.

La empresa suscribió contrato de relevo con el trabajador D. Vicente por el periodo de 1-2-2004 hastael 30-4- 2008, si bien causó baja con fecha 25-4-2005.

La empresa contrató a una nueva trabajadora: relevista D. Marí Luz desde el 27-4-2005.

  1. - La empresa en virtud de expediente de regulación de empleo aprobado por el Juzgado de lo Mercantil de Zaragoza procedimiento concursal, en que se autorizó la extinción de todos los contratos de trabajo de la totalidad de la pantilla de la Empresa, procedió a la extinción de los todos los contratos, el de la trabajadora relevista el 28-12-2005 y el del trabajador jubilado parcial el 14 3-2006, figurando este en alta en prestación por desempleo desde el 15-3-2006.

  2. - E1 INSS por resolución de fecha 2-6-2006 declaró la responsabilidad de la empresa en el pago de la pensión de jubilación parcial de D. Roberto durante el periodo de 29-12-2005 al 30-4-2006, por importe de 9.474,80 euros, haciendo saber que las cantidades que posteriormente devengue dicho pensionista desde el 1-5-2006 hasta su pase a la jubilación ordinaria serán objeto de cálculo y reclamación oportuna con los porcentajes de revalorización y desviación de IPC que correspondan. Interpuesta reclamación previa fue desestimada, habiendo quedado agotada la vía previa administrativa.

TERCERO

Contra dicha sentencia se...

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