STS, 2 de Junio de 2000

PonenteFERNANDO LEDESMA BARTRET
ECLIES:TS:2000:4535
Número de Recurso74/1999
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2000
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a dos de Junio de dos mil.

VISTO por la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo el recurso de casación interpuesto por el Procurador de los Tribunales Don Argimiro Vázquez Guillén, en representación de DON Jon Y DON Luis Carlos , contra el auto de 20 de marzo de 1998, confirmado por el de 9 de octubre de 1998, dictados por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en la pieza separada del recurso nº1839/1994, denegando la suspensión de la ejecución de la resolución recurrida en los autos principales (sobre el deslinde de bienes de dominio público marítimo terrestre).

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

En la pieza separada del recurso contencioso - administrativo nº 1839/1994, la Sala (Sección Primera) de la Audiencia Nacional dictó, con fecha 20 de marzo de 1998, auto desestimando la suspensión de la ejecución de la resolución recurrida en los autos principales (O.M. de 10 de junio de 1994, sobre deslinde de bienes de dominio público marítimo-terrestre) confirmado por auto de 9 de octubre de 1998 que desestimó el recurso de súplica entablado contra el anterior.

SEGUNDO

El 31 de diciembre de 1998 tuvo entrada en el R.G. del T.S. escrito del Procurador Don Argimiro Vázquez Guillén, en representación de DON Jon Y DON Luis Carlos , interponiendo recurso de casación contra el auto de 9 de octubre de 1998 antes citado, con fundamento en el art. 95.1.4º L.J. (infracción por interpretación errónea del art. 122 de la L.J.) que fue admitido por providencia de la Sección Primera de esta Sala Tercera del Tribunal Supremo de fecha 11 de febrero de 1999, al que se opuso el Sr. Abogado del Estado mediante escrito presentado el 12 de abril de 2000.

TERCERO

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional dictó, con fecha 15 de enero de 1999, sentencia estimatoria del recurso nº 1839/1994.

CUARTO

Por providencia de 18 de mayo de 2000 la Sección Tercera de la Sala Tercera del Tribunal Supremo señaló para votación y fallo del recurso de casación el día 1 de junio de 2000, designándose Magistrado Ponente al Excmo. Sr. Don Fernando Ledesma Bartret. En la indicada fecha tuvieron lugar ambos actos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- En el supuesto enjuiciado (recurso de casación contra auto que no suspendió la ejecución del acto administrativo impugnado en la instancia) la Sala de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia desestimatoria en los autos de los que dimanaba la pieza de suspensión. Por tanto, el presente recurso ha quedado sin objeto. Consiguientemente, de acuerdo con una reiterada y constante jurisprudencia (entre otras, las SSTS de 27 de octubre de 1997, 14 de octubre de 1999 y 28 de enero de 2000) procede su desestimación, debiéndose imponer las costas, por imperativo legal, a la parte recurrente.En atención a todo lo expuesto, en nombre de Su Majestad el Rey,

FALLAMOS

No ha lugar al recurso de casación interpuesto por la representación procesal de DON Jon Y DON Luis Carlos , contra el auto de 20 de marzo de 1998 confirmado por el de 9 de octubre de 1998, dictados por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional en la pieza separada del recurso nº 1839/1994, recurso de casación que desestimamos, con imposición de las costas al recurrente.

Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficial de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando, , lo pronunciamos, mandamos y firmamos PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Magistrado Ponente Excmo. Sr. DON FERNANDO LEDESMA BARTRET, estando constituida la Sal en audiencia pública de los que, como SECRETARIA, certifico.

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