SAP Guipúzcoa 163/2006, 5 de Mayo de 2006

PonenteANA ISABEL MORENO GALINDO
ECLIES:APSS:2006:487
Número de Recurso3164/2006
Número de Resolución163/2006
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Guipúzcoa, Sección 3ª

SENTENCIA N ºILMOS. SRES.

Dña.JUANA UNANUE ARRATIBEL

D. IÑIGO SUAREZ DE ODRIOZOLA

Dña. ANA MORENO GALINDO

En DONOSTIA - SAN SEBASTIAN , a cinco de mayo de dos mil seis .

La Iltma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituída por los Sres. que al margen se expresan, ha visto, en trámite de apelación los presentes autos civiles de juicio ordinario, seguidos con el número 524/04 en el Juzgado de Primera Instancia número 5 de los de San Sebastián a instancia de Jesús María , Olga Y ARLARENT S.L. , (demandada/nte- apelante) representado por la procuradora Sra. BEGOÑA ALVAREZ Y ARANGUREN y defendidos por el Letrado BENGOECHEA HUMADA Y CIFUENTES contra Jesús María , Olga Y ARLARENT S.L.; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el mencionado Juzgado de fecha 9.1.06 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de San Sebastián , se dictó sentencia con fecha 9.1.06 , que contiene el siguiente FALLO: "Estimar en parte la demanda presentada por el Procurador Sra. Aranguren, en nombre y representación de la mercantil Arlarent S.L., condenando a D. Jesús María y a Dª. Olga a que abonen a la actora la cantidad de 3.500 euros más los intereses legales correspondientes a partir de la fecha la interpelación judicial y abonando cada una de las partes las costas procesales causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpueso recurso de apelación contra ella, que fué admitido y previa la formulación por las partes de los oportunos escritos de alegaciones, se elevaron los autos a este Tribunal, dictandose resolución señalando dia para la deliberación , votacion y fallo.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado los trámites y formalidades legales.

VISTO.- Siendo Ponente en esta instancia la Iltma. Sra. Magistrada Dª. ANA MORENO GALINDO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los Fundamentos Jurídicos de la resolución recurrida en lo que no se opongan a los siguientes, y

PRIMERO

Por parte de D. Jesús María y Dª Olga se interpone recurso de apelacion contra la sentencia de instancia solicitando su revocación y que en su lugar se dicte otra resolución por la cual se les absuelva de las pretensiones contra ellos formuladas y, alternativamente, se estime parcialmente la demanda dejando para fase de ejecución de sentencia la determinación de los gastos a indemnizar que no podrán ser superiores a 3.500 euros, todo ello en base a los siguientes motivos:

  1. - Por error en la apreciación de la prueba. Consta que el documento en el que la demandante basaba su pretensión tan solo aparecía firmado en una de sus hojas por los demandados.

  2. - La sentencia de instancia vulnera tanto el contenido de la Ley 7/98 de 13 de abril sobre Condiciones Generales de la Contratación como la Ley 26/84 de 19 de julio General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios así como el art. 51 CE , dado que tendría que haber sido la parte actora, como experta y profesional en la materia así como por ser la parte que lo alega, la encargada de probar el conocimiento y conformidad con el pacto de exclusividad, encontrándonos ante un contrato nulo de pleno derecho al existir un vicio en el consentimiento.

  3. - No existen en autos datos suficientes que permitan valorar en 3.500 euros las gestiones y gastos que se consideran realizados, tratándose tan solo de unos anuncios en prensa y gestiones de una empleada que enseñó el terreno en alguna ocasión.

    Por parte de la entidad ARLARENT SL. se interpone igualmente recurso de apelación contra lasentencia de instancia solicitando su revocación y que se dicte nueva resolución por la cual se estime integramente la demanda por ella formulada en base a los siguientes motivos:

  4. - Por error en la valoración de la prueba, dado que no solo se incumplió el pacto de exclusividad sino también la clausula sexta del contrato firmado por las partes.

  5. - No es de aplicación la clausula cuarta del contrato al ser de aplicación la clausula sexta .

SEGUNDO

En el presente procedimiento la entidad ARLENT SL. presentó demanda contra el matrimonio formado por los Sres. Olga Jesús María solicticiando que los mismos fueran condenados a abonarle la suma de 13.943,48 euros, alegando que se había incumplido el contrato celebrado en fecha 15 de junio de 2.001 mediante el cual Arlent se encargaba de proceder a la venta de una borda rural y su terreno sito en la localidad de Oiartzun, venta que se formalizó a través de otra agencia inmobiliaria resultando ser comprador el Sr. Pedro Miguel a quien previamente una empleada de Arlent había mostrado la finca en cuestión.

Los demandados alegaron...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR