STSJ País Vasco 753/2013, 30 de Abril de 2013

PonenteGARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR
ECLIES:TSJPV:2013:4270
Número de Recurso626/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución753/2013
Fecha de Resolución30 de Abril de 2013
EmisorSala de lo Social

RECURSO DE SUPLICACION Nº : 626/2013

N.I.G. P.V. 20.05.4-12/002781

N.I.G. CGPJ 20.069.34.4-2012/0002781

SENTENCIA Nº: 753/2013

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a treinta de abril de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los Iltmos. Sres. DOÑA GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR, Presidenta, DON FLORENTINO EGUARAS MENDIRI y DOÑA ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA, Magistrados, ha pronunciado,

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente,

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por el AYUNTAMIENTO DE AZKOITIA, contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de los de SanSebastián-Donostia, de fecha 12 de Diciembre de 2012, dictada en proceso que versa sobre materia de DESPIDO (DSP), y entablado, conjuntamente, por DON Gonzalo y DOÑA Coro, frente a la - Empresa - "SERBITZU ELKARTEA, S.L." y la - Entidad hoy recurrente -, AYUNTAMIENTO DE AZKOITIA, siendo parte interesada en el procedimiento el - Organismo - FONDO DE GARANTIA SALARIAL ("FOGASA"), respectivamente, es Ponente la Iltma. Sra. Magistrada DOÑA GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR, quien expresa el criterio de la - SALA -.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por Demanda y terminó por Sentencia, cuya relación de Hechos Probados, es la siguiente :

  1. -) "D. Gonzalo, con D.N.I NUM000 han venido prestado sus servicios para la empresa "SERBITZU ELKARTEA, S.L." desde el 7 de abril de 2003, con la categoría profesional de oficial jardinero y percibiendo un salario mensual con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias de 1780,79 euros.

    Dª Coro con D.N.I NUM001 ha venido prestando sus servicios para la empresa demandada "SERBITZU ELKARTEA, S.L." desde el 14 de abril de 2003, con la categoría profesional de jardinero y percibiendo un salario mensual de 1403,50 euros con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

  2. -) Es de aplicación el el Convenio Colectivo estatal de Jardinería.

  3. -) El Ayuntamiento de Azkoitia acordó en el año 1998 proceder a la gestión indirecta del servicio de jardinería del Municipio, siendo la empresa adjudicataria por aquel entonces "Eulen, S.A.". 4º.-) En el año 2003, se volvió a licitar dicho trabajo, resultando adjudicataria la empresa Serbitzu Elkartea S.L, conforme al Decreto de Alcaldía dictado en fecha 5 de junio de 2008.

  4. -) Con fecha junio de 2008, el Alcalde del Ayuntamiento de Azkoitia y el representante de la empresa "Serbitzu Elkartea, S.L." suscribieron el contrato de servicios, siendo la duración estipulada de dos años, prorrogable otros dos.

  5. -) En fecha 30 de mayo de 2012, la empresa "Serbitzu Elkartea, S.L." envía el siguiente escrito al Ayuntamiento:

    "AZKOITIKO UDALERRIAN LOREZAINTZAKO ZERBITZUEN KONTRATUAREN BUKAERAREN JAKINARAZPENA.

    Idatzi honen bidez jakinarazten dizuegu 2012ko ekainaren 15ean Serbitzu Elkartea S.L eta Azkoitiko Udalaren arteko Kale Lorezaintzako zerbitzuen kontratua bere bukaerara heltzen dela, honen bidez 012ko ekainaren 15etik aurrera Azkoitiko Udala eta Serbitzu Elkartea S.L-aren arteko lotura kontratu honekiko bukatutzat ematen dugu.

    Bestalde, Azkoitiko Udaletik kontratuari jarraipena emateko adierazpenik jaso ez dugunez, Serbitzu Elkartea S.L enpresatik jakin arazten dizuegu kontratuaren bukaera baino 15 egun leñado Azkoitiko Udalerrian Lorezaintzan aritzen diren Serbitzuko Elkarteko S.L langileei jakin araziko diegula Serbitzu Elkartearekin duten kontratua amaitutzat emango zaiela.

    Era berean Serbitzu Elkartea S.L enpresak proposatzen dio Azkoitiko Udalari orain arte bezala zerbitzuak ematen jarraitzea, 2012ko hileroko aurrekontua mantenduz inongo prezio igoerarik gabe eta kontratuaren prorroga muga gabe bat hedatuz. Aurrez aipatutako proposamena aurrera eramando balitz, Serbitzu Elkartea S.L-ak prorrogaren bukaera baino hilabete aurretik jakinarazpen idatzia igortzeko konpromisoa eskatzen dio Azkoitiko Udalari.

    Besterik gabe, gure proposamena interesgarria izando zaizuelakoan eta inongo duda edo zalantzarik izan ezkero lasai gurekin harremanetan jarrito zaretelakoan.

    Agur bat".

  6. -) Con fecha 31 de mayo de 2012 la empresa ha notificado a los demandantes la siguiente carta de despido:

    "Muy Sr/Sra. Mío/a:

    Mediante la presente, esta empresa le notifica la extinción del contratolaboral de obra suscrito con la empresa Serbitzu, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores, por finalización de la adjudicación del contrato para la realización de labores de jardinería en el término municipal de Azkoitia según Resolución de cinco de junio de dos mil ocho.

    La Empresa Serbitzu Elkartea S.L es la actual adjudicataria del concurso para los trabajos de conservación, mantenimiento, adecuación y limpieza de la totalidad de alcornoques, arbolados, zonas florales, macizos de flor, jardineras, montajes florales instalados en el equipamiento público y edificios municipales, zonas verdes de parques, jardines, paseos y caminos existentes en el término municipal de Azkoitia, tal y como se establece en el Pliego de Condiciones económico-administrativas y técnicas. Desde el propio Ayuntamiento de Azkoitia se nos ha comunicado que este servicio finaliza en fecha 15 de junio de 2012.

    Por tanto, dada la finalización del contrato para la prestación de los servicios mencionados anteriormente y como Ud, estaba adscrita a aquél, esta empresa se ve obligada a prescindir de sus servicios, procediendo a la extinción de su contrato de trabajo con fecha de efectos del día 15 de junio de 2012. Conforme a lo señalado en el Art. 49.1.c) último párrafo, del Estatuto de los Trabajadores, como el contrato ha tenido una duración superior a un año, notificamos la finalización del mismo con la antelación de quince días establecida".

  7. -) Los actores han realizado labores de mantenimiento de los jardines del Ayuntamiento de Azkoitia.

  8. -) Los actores han venido prestando sus servicios para la demandada en base a contratos de obra o servicio determinado.

  9. -) EL sindicato ELA, en escrito fechado el 31 de mayo de 2012, solicitó la subrogación del personal trabajador de la empresa "Serbitzu, S.L.", que prestaba el servicio de Jardinería en el municipio de Azkoitia, pasando a convertirse en personal trabajador de este ayuntamiento. 11º.-) La Secretaria Municipal y técnica de la Administración General de Personal emitieron en fecha 8 de junio de 2012, la siguiente propuesta de resolución:

    "PRIMERO.- Ante la inminente finalización ( 15 de junio de 2012) de la duración y de las prórrogas del contrato entre el Ayuntamiento de Azkoitia y la empresa Serbitzu Elkartea S.L para la prestación de un servicio de jardinería, se resuelve no aprobar la solicitud realizada por el Sindicato ELA para la subrogación de tres jardineros de Serbitzu Elkartea S.L que han prestado dicho servicio, por las razones que se indican en el informe trascrito ".

  10. -) Dicho contrato finalizó el 15 de junio de 2012.

  11. -) El Ayuntamiento saca a concurso-oposición, tres plazas de peones polivalentes, en régimen de contrato de obra o servicio de duración limitada, siendo las funciones generales de los tres peones las siguientes:

    Realizar trabajos de mantenimiento de los bienes e instalaciones de dominio municipal (muebles, bancos, puertas, papeleras, fluorescentes, etc) en instalaciones, oficinas y residencias municipales.

    Colocación y mantenimiento de las señales viarias: montaje y colocación de señales, hitos y pivotes (con sus correspondientes anclajes).

    Labores de saneamiento de las bombas de agua, colocación de las luces de Navidad, etc.

    Realizar trabajos de jardinería, desbroce de hierba y plantas, así como plantación y limpieza en jardines y espacios verdes públicos municipales.

    Abonar los espacios verdes municipales, fumigar árboles y plantas, y regar las flores. Realizar los cerramientos correspondientes o colocar otro tipo de equipamientos para evitar el acceso a las zonas de ocio.

    Limpiar las herramientas de jardinería y manejar los vehículos correspondientes.

    Realizar labores de mantenimiento de los caminos rurales y desbroce en determinadas zonas agrarias.

    Realizar las labores de herrería, carpintería y pintura que se encomienden, en edificios y bienes públicos.

    Colocación, montaje y desmontaje de vallas, señales, estrados, etc, y colaborar en la organización de eventos y fiestas (pruebas de bueyes, ferias, conciertos, etc).

    Trasporte, carga y descarga de diversos materiales.

    Diversos trabajos de limpieza viaria, en el ámbito correspondiente al puesto de trabajo tanto en el casco urbano como en el exterior ( aceras, cunetas, parques, mercados, bocas de alcantarilla, centros de enseñanza, desembocadura de los ríos, cauces fluviales, etc). En ciertas situaciones ( inundaciones, lluvias torrenciales, etc) deberá encargarse de mantener libres la red de aguas pluviales ( bocas de alcantarilla, arquetas, etc).

    Mantenimiento y reparación de caminos rurales.

    Colaborar en la preparación de infraestructuras para actos culturales y deportivos.

    Colaborar en la limpieza de nieve en las calles.

    Colaborar en tareas propias del cementerio, realizando labores de inhumación y mantenimiento de la...

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