STSJ País Vasco 1145/2013, 18 de Junio de 2013

PonenteMODESTO IRURETAGOYENA ITURRI
ECLIES:TSJPV:2013:1734
Número de Recurso1031/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1145/2013
Fecha de Resolución18 de Junio de 2013
EmisorSala de lo Social

RECURSO DE SUPLICACION Nº : 1031/2013

N.I.G. P.V. 48.04.4-12/007594

N.I.G. CGPJ 48.020.44.4-2012/0007594

SENTENCIA Nº: 1145/2013

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a dieciocho de junio de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los Iltmos. Sres. DON MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI, Presidente en Funciones, DON EMILIO PALOMO BALDA y DOÑA ELENA LUMBRERAS LACARRA, Magistrados, ha pronunciado,

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente,

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por DON Juan Francisco, contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 10 de los de Bilbao, de fecha 14 de Febrero de 2013, dictada en proceso que versa sobre materia de PRESTACIONES (IAC), y entablado por el - hoy recurrente -, DON Juan Francisco, frente a los - Organismos - INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ("I.N.S.S.") y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ("T.G.S.S."), respectivamente, es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI, quien expresa el criterio de la - SALA -.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por Demanda y terminó por Sentencia, cuya relación de Hechos Probados, es la siguiente :

  1. -) " El demandante D. Juan Francisco nacido el NUM000 de 1960, figura afiliado al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social NUM001, prestaba sus servicios como gerente en el ámbito de la construcción.

  2. -) El demandante en virtud de resolución de 30 de octubre de 2009, fue reconocido afecto de una incapacidad permanente total como consecuencia del siguiente diagnostico:

    " Gonartrosis izq. severa foropatelar postraumatica evolucionada

    Artrosis severa pie dcho.

    Trastorno adaptativo y trastorno de pesonalidad.

    ... Importante afectación de la marcha por la rigidez articular de la rodilla izquierda y la alterlación de la movilidad de pie derecho. Dismetria de 5 cm EII con pie equino. Flexión dificil a 70$ con dolor y chasquidos. Algias agudas a las cargas. Algias secundarias a sobrecarga ".

  3. -) Instada la revisión del grado de incapacidad, en virtud de Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, de fecha 26 de Abril del 2012, y previo dictamen del EVI, se declaró no haber lugar a revisar el grado de incapacidad declarada, por cuanto las secuelas que presenta siguen constituyendo en la actualidad el mismo grado reconocido. Interpuesta reclamación previa, la misma fue desestimada.

  4. -) La base reguladora para la invalidez permanente postulada en computo mensual asciende a

    2.220,96 euros, siendo la fecha de efectos la de 27-4-12.

  5. -) El demandante en la actualidad padece las siguientes patologías: Claudicación intermitente. Trastorno por ideas delirantes de tipo persecutorio. Artrosis evolucionada total de rodilla izquierda. Artrosis de cadera izquierda. Artrosis de tobillo derecho articulación carpo metacarpiana desestructurada.

    Las anteriores patologías le producen el siguiente menoscabo funcional:

    "IT 105/10 a 21/10/11 alta INSS: T. de Ansiedad. Dº Trastorno por ideas delirantes de tipo persecutorio. Previos gonartrosis izq. severa femoropatelar postraumática evolucionada. Artrosis severa pie derecho. T adaptativo y Trastorno de personalidad.

    Conclusiones "Alto nivel de ansiedad y graves dificultades para controlar sus impulsos auto y heteroagresivos + previos.

    ...

    Acude deambulando con 2 muletas. Al ser llamado comienza a deambular con evidentes brusquedades y mal apoyo de muletas y evitando pisar con pie izq. lo que termina en movimientos de desequilibrio hasta caer de lado sobre el gluteo sobre la primera fila de sillas de la sala de espera, tumbarse sobres las sillas y rodar sobre éstas al suelo en una aparatosa caída sin ninguna consecuencia. Tras ayudar a levantarse se le traslada en silla de ruedas.

    Aportan infomre médido de centro de Peritaciones, que a los datos obrantes en antecedentes añade a su propia valoración clínica, como novedad:

    Inf. psiquiatra SVS 4/4/12: sigue tto desde 7/08 por T. de ideas delirantes de tipo persecutorio de larga evol curso desfavorable con progresivo agravamiento de la clínica.

    Valoración UMEVI

    Se inicia la entrevista con algunas preguntas a las que reacciona remitiendo a los informes y aduciendo si no está claro lo mal e impedido que está de todo. Solicita un vaso de agua y se le emplaza al final de la entrevista. Se muestra reticente y vago en sus respuestas, aparentando no entender o estar desconectado. Al hacerse patente alguna contradicción y vaguedad o exageración en sus comentarios, reacciona pidiendo abandonar la consulta no queriendo permanecer mas ni continuar con la valoración, negándose a continuar la entrevista y la exploración. Desecha la silla de ruedas y se marcha deambulando torpemente con dos muletas y sin apoyar pie izdo.

    En deambulación natural llama la atención: apoya la punta del pie izq. logrando estabilidad y deambulación erguida adecuada con 2 muletas a paso tranquilo y regular, baja un escalón apoyando primero pie izq. no signos de algia aguda o claudicación en EEII a pesar de la caida.

    Conclusión: Actitud de falta a la verdad, teatralidad excesiva concordante con intento de dotar de sustancia los datos previos desfavorables como total incapacidad para deambular solo o completa afectación cognitiva que le impide entender, conversar.

    No es posible objetivar nada de lo informado o alegado."

    Según informes del Dr. Feliciano, médico siquiatra que atiende habitualmente al demandante, en ellos se destaca:

    A pesar de los diversos tratamientos farmacológicos y psicoterapeúticos prescritos, su evolución ha sido muy desfavorable, agravándose progresivamente su sintomatología. En la actualidad presenta la certeza de rango delirante de ser objeto de un continuado y severo mal trato por las instituciones sanitarias y administrativas que le han atendido a lo largo del proceso y aporta un amplio dossier en que se detallan minuciosamente los motivos de sus quejas.

    Toda esta situación repercute gravemente en su estado anímico, con ánimo severamente deprimido, alto nive de ansiedad basal y graves dificultades para controlar sus impulsos auto y heteroagresivos, llegando a verbalizar ideas de suicidio y de venganza, llevado por su desesperanza hacia el futuro.

    La Clínica Médico Forense emitió informe que literalmente dice:

    "La evaluación se realiza una vez revisada la documentación existente en la Clínica Médico Forense referente, tanto a ingresos como a la historia clínica de sus facultativos, para emitir una pericia objetiva una vez se concretan los extremos solicitados.

    Trastorno adaptativo y de la personalidad.

    Astralgias generalizadas.

    Trastorno de la personalidad de tipo paranoide.

    Depresión moderada.

    Trastorno por ideas delirantes de tipo persecutorio.

    Conoce su situación económica y puede realizar seguimiento efectivo de las cuentas corrientes.

    Respecto a la capacidad de otorgar poderes a favor de terceros, precisa supervisión externa.

    La capacidad de realizar disposiciones testamentarias, precisa ayuda externa.

    Capacitado par el manejo diario de bolsillo.

    Las habilidades sobre la salud supervisadas.

    No debe utilizar armas no presentando capacidad para transporte.

    Capacidad contractual referida a préstamos, donaciones, enajenación de inmuebles, aceptación de herencia y cualesquiera actos de disposición patrimonial precisa ayuda externa. Parece conocer el objeto de este procedimiento y sus consecuencias. "

    Por sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Barakaldo de fecha 28 de enero 2013 se ha declarado al demandante su falta de capacidad para regir su persona y bienes...

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