STSJ Cataluña 2957/2014, 16 de Abril de 2014

PonenteIGNACIO MARIA PALOS PEÑARROYA
ECLIES:TSJCAT:2014:3385
Número de Recurso103/2014
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución2957/2014
Fecha de Resolución16 de Abril de 2014
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2011 - 8019632

CR

ILMO. SR. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA

ILMA. SRA. M. MAR GAN BUSTO

ILMA. SRA. M. MACARENA MARTINEZ MIRANDA

En Barcelona a 16 de abril de 2014

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 2957/2014

En el recurso de suplicación interpuesto por Ferroberica S.L. frente a la Sentencia del Juzgado Social 16 Barcelona de fecha 3 de octubre de 2012 dictada en el procedimiento Demandas nº 389/2011 y siendo recurrido/a Direcció General de Relacions Laborals i Qualitat en el Treball del Dep. d'Empresa i Ocupació, Sesgo Manufacturas, S.L., Mauricio, Ovidio, Roque, Severiano, Victorino, Jose Daniel, Juan Carlos, Miguel Ángel y Andrés . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 27 de abril de 2011 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Procedimientos de oficio, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 3 de octubre de 2012 que contenía el siguiente Fallo:

"Que estimando la demanda interpuesta por la DIRECCIÓ GENERAL DE RELACIONS LABORALS I QUALITAT EN EL TREBALL DEL DEPARTAMENT D'EMPRESA I OCUPACIÓ DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA frente a SESGO MANUFACTURAS, S.L. y FERROBÉRICA, S.L., siendo parte los trabajadores Mauricio, Ovidio, Roque, Severiano, Victorino, Jose Daniel, Juan Carlos, Miguel Ángel y Andrés, sobre procedimiento de oficio, debo declarar y declaro que las constataciones y afirmaciones de hecho contenidas en las actas de la Inspección de Trabajo comportan una cesión ilegal de trabajadores en los términos prohibidos por el ordenamiento jurídico, art. 43 del E.T ., en la cual la empresa Sesgo Manufacturas, S.L. ocupa la posición de cedente y la empresa Ferrobérica, S.L. la de cesionaria. "

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes: "1º.- La Inspección de Trabajo levantó en fechas 21.1.2011 y 12.1.2011 actas de infracción nº NUM000 y NUM001 a cada una de las demandadas, proponiendo una sanción de 9.000,00.- # a la empresa Sesgo Manufacturas, S.L. y de 90.000,00.- # a la empresa Ferrobérica, S.L. por una falta muy grave por vulneración del art. 43.1 y 2 del Estatuto de los Trabajadores . Del acta de la Inspección de Trabajo.

  1. - Los trabajadores de la empresa Sesgo Manufacturas, S.L. prestan servicios en la obra de construcción de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa, tramo La SagreraNus de la Trinitat, Sector Sant Andreu-Playas de las vías Talgo, c/ Ferrán Junoy, s/n, 08030-Barcelona. Del acta de la Inspección de Trabajo.

  2. - El promotor de la obra es la empresa ADIF, la contratista la UTE Sagrera Trinitat Sector Sant Andreu formada por las empresa Acciona Infraestructuras, S.A. y Concisa, S.A., es subcontratista Ferrobérica, S.L., quien a su vez subcontrata a Sesgo Manufacturas, S.L. Del acta de la Inspección de Trabajo.

  3. - En fechas 20.9.2008 y 22.1.2009, se suscribieron sendas contratas entre la UTE y Ferrobérica, S.L. por la que ésta realizará el suministro y montaje de ferralla en la citada obra. En fecha 9.9.2007 se sucribe una contrata entre Ferrobérica, S.L. y Mapema Terres del Mediterrani, S.L. y en fecha 1.1.2010 se suscribe una contrata entre Ferrobérica, S.L. y Sesgo Manufacturas, S.L., siendo su objeto el montaje de acero corrugado en obra, fijándose el precio por unidad de tonelada. Del acta de la Inspección de Trabajo.

  4. - En el Libro de Subcontratación de la obra consta Ferrobérica, S.L. en el número 59 con fecha de inicio de trabajos el 24.11.2008; Mapema Terres del Mediterrani, S.L. en el número 72 con fecha de inicio de trabajos el 11.12.2008 y responsable de dirección de trabajos Leopoldo ; Sesgo Manufacturas, S.L. en el número 118 con fecha de inicio de trabajos el 18.2.2009 siendo su responsable de dirección Olegario .

    Del acta de la Inspección de Trabajo.

  5. - Ferrobérica, S.L., como adjudicataria de los trabajos de suministro, elaboración y montaje de acero corrugado, subcontrató con Sesgo Manufacturas, S.L. el montaje de acero corrugado en la citada obra, siendo notificado el 16.1.2009 a la UTE constando que Dña. Camino es la persona con facultades de organización y dirección y que Olegario ejercerá funciones de supervisor de seguridad en la subcontrata. Del acta de la Inspección de Trabajo.

  6. - En fecha 30.11.2010, Ferrobérica, S.L. comunicó a Sesgo Manufacturas, S.L. la resolución de la subcontrata por no presentar en fecha y forma el certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria. Doc. nº 12 demandada.

  7. - En la UTE existe un listado mensual de fichajes de presencia en obra del personal que identifica como personal "Ferrobérica" (que engloba a personal de Ferrobérica, S.L. y de Sesgo Manufacturas, S.L.) con identificación de nobre y NIF del trabajador, calendario diario del mes correspondiente con indicación de las casillas diarias de días de presencia (color verde), días festivos (color gris) y color amarillo (no presente). Del acta de la Inspección de Trabajo.

  8. - El Sr. Luis Andrés, Encargado de Ferrobérica, S.L., inicia su presencia en obra el día 17.2.2010 y de una forma puntual en días posteriores, siendo de una forma continua y diaria desde el día 21.5.2009, mientras que Olegario, técnico responsable de Sesgo Manufacturas, S.L., se persona en la obra el día

    29.5.2009 trabajando en días discontinuos. Del acta de la Inspección de Trabajo.

  9. - El Encargado de Ferrobérica, S.L., Sr. Luis Andrés, dirige los trabajos a desempeñar por el personal de Sesgo Manufacturas, S.L. en cuanto a dirección y organización, más el personal propio de Ferrobérica, S.L. que en ocasiones puntuales acude a la obra y que realiza las mismas funciones de ferrallista que el personal de Sesgo Manufacturas, S.L., facilita planos e instrucciones verbales sobre los mismos y aportas los materiales necesarios. Del acta de la Inspección de Trabajo.

  10. - El Sr. Olegario, que figura en el Libro de Subcontratación de la obra como responsable de la dirección de los trabajos de Sesgo Manufacturas, S.L., comparece en ocasiones en la obra y a quien se dirigen los trabajadores para cuestiones propias de "Personal": nómina, bajas de I.T., pacto de vacaciones, etc. El Sr. Olegario se suele encontrar en otra obra subcontratada por Ferrobérica, S.L. a Sesgo Manufacturas, S.L. sita en la Gran vía de Barcelona. Del acta de la Inspección de Trabajo.

  11. - Los trabajadores de Sesgo Manufacturas, S.L. realizan las tareas propias de ferrallistas utilizando pequeñas herramientas manuales para el desempeño de las tareas propias que son aportadas por Ferrobérica, S.L. 13º.- Tanto el personal de Sesgo Manufacturas, S.L. como el Sr. Luis Andrés estuvieron en la plantilla de Mapema Terres del Mediterrani, S.L. y sin solución de continuidad, en Sesgo Manufacturas, S.L. realizando las mismas funciones de ferrallistas en la misma obra descrita del AVE. Algunos ya trabajaron para el Sr. Olegario y su hermano Leopoldo en otras obras y en otras provincias baja la denominación de Eduardo y Antonio Montes, S.L. Del acta de la Inspección de Trabajo.

  12. - Los trabajadores de Sesgo Manufacturas, S.L. tienen todos la categoría de "peón especialista", aunque tres de ellos tienen una cierta función superior, como medio "cap de colla" o "pseudoencargado", bajo la dirección del Sr. Luis Andrés . Del acta de la Inspección de Trabajo.

  13. - La empresa Ferrobérica, S.L. se dedica a la elaboración de acero corrugado en la localidad de Abrera, así como a su montaje en obra si bien esta última actividad la subcontrata con otras empresas. Testifical a instancias de la demandada.

  14. - La empresa Sesgo Manufacturas, S.L. está inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas (REA) del Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya. Doc. nº 18 demandada.

  15. - El Sr. Olegario, era el Administrador de Mapema Terres del Mediterrani, S.L. y de Antonio y Eduardo Montes, S.L. Del acta de la Inspección de Trabajo. "

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada Ferrobérica, S.L., que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, la parte demandada Direcció General de Relacions Laborals i Qualitat en el Treball del Dep. d'Empresa i Ocupació, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En un primer motivo, al amparo del apartado b) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, solicita la empresa recurrente, Ferrobérica S.L., la revisión o supresión de algunos hechos probados y la adición de otros nuevos. En concreto:

1) la adición de un hecho probado 1º bis del siguiente tenor: "Desde el año 2007 se han llevado a cabo actuaciones inspectoras en obras en las que participaba, bien Mapema Terres del Mediterrani S.L. o bien la empresa Sesgo Manufacturas S.L. como subcontratista de Ferrobérica S.L., sin que la Inspección de Trabajo detectara indicio alguno de cesión ilegal de trabajadores entre las citadas mercantiles y Ferrobérica S.L., habiendo analizado el objeto de los contratos mercantiles que han vinculado a dichas empresas", pretensión que debe rechazarse por irrelevante al referirse a otras actuaciones distintas, desconociéndose las circunstancias concretas y los motivos de tales actuaciones.

2) La adición de otro hecho probado 1º ter que diga: "En octubre de 2008 se llevaron a cabo actuaciones inspectoras en las...

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