ATS, 8 de Abril de 2014

PonenteJOSE MANUEL LOPEZ GARCIA DE LA SERRANA
ECLIES:TS:2014:4365A
Número de Recurso1774/2013
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 8 de Abril de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social

AUTO

En la Villa de Madrid, a ocho de Abril de dos mil catorce.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Jose Manuel Lopez Garcia de la Serrana

HECHOS

PRIMERO

Por la parte recurrente, tras interponer el recurso, se presentó escrito pidiendo la unión a los autos de una resolución de la Xunta de Galicia por la que se le reconocía una discapacidad del 65 por 100.

SEGUNDO

Del anterior escrito se dió traslado a las demás partes quienes se han opuesto a su unión a los autos.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- El documento aportado consiste en una resolución administrativa en la que se reconoce una discapacidad al actor recurrente, resolución de fecha posterior a la sentencia recurrida que denegó al mismo una incapacidad permanente absoluta. Procede por ende acordar su unión a las actuaciones por tratarse de un documento de los que reseñan los artículo 233 de la L.R.J.S . y 271-2 de la L.E.C .. Ello se acuerda sin perjuicio de que al dictarse la sentencia o el auto de inadmisión se valore el contenido del documento aportado y su influencia para resolver el recurso, según la doctrina de esta Sala.

LA SALA ACUERDA:

Unir a las actuaciones el documento aportado, conceder a la parte recurrente cinco días para que complemente su escrito de interposición del recurso a la vista de ese documento y abrir, seguidamente el trámite de admisión o inadmisión del recurso.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

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