SAP Tarragona 115/2014, 7 de Marzo de 2014

PonenteMARIA CONCEPCION MONTARDIT CHICA
ECLIES:APT:2014:305
Número de Recurso182/2014
ProcedimientoAPELACIóN PENAL
Número de Resolución115/2014
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TARRAGONA

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo de apelación nº 182/2014

Rollo Juicio Oral nº 275/13 del Juzgado de lo Penal nº 3 de Tarragona (dimanante del Procedimiento Abreviado nº 18/13 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Valls)

S E N T E N C I A NÚM. 115/2014

Tribunal:

Magistrados,

D. José Manuel Sánchez Siscart (Presidente)

D. Ángel Martínez Sáez

Dña. Mª Concepción Montardit Chica

En Tarragona, a 7 de Marzo de 2014

Han sido vistos ante la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, los recursos de apelación interpuestos por las respectivas representaciones procesales de, por un lado, los acusados Francisco, Héctor

, Jesús María y Leon, y por otro lado, de la acusación particular ( Mario y Adelaida ), contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Tarragona en fecha 15 de Diciembre de 2013, en el Rollo de Juicio Oral nº 275/13, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 18/13 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Valls, seguido por unos delitos de robo con violencia en casa habitada y lesiones agravadas, y una falta de lesiones.

Ha sido Ponente de esta resolución, la Magistrada Mª Concepción Montardit Chica.

ANTECEDENTES PROCEDIMENTALES

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, y

PRIMERO

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes (sic): "ÚNICO.- Expresa y terminantemente se declara probado que D. Leon, mayor de edad, nacido en fecha NUM000 de 1990 en Marruecos, en situación legal en territorio nacional, sin antecedentes penales; D. Héctor, mayor de edad, nacido en fecha NUM001 de 1983, en Tarragona, condenado por sentencia firme de fecha 26 de abril de 2010, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Tarragona a la pena de un año de prisión, dos años de aproximación a la víctima y tres años de prohibición de tenencia y porte de armas, por un delito de lesiones y maltrato en el ámbito familiar, ejecutoria nº 295/10; D. Jesús María, mayor de edad, nacido en fecha NUM002 de 1990, en prisión provisional por esta causa desde el 28 de abril de 2012, condenado por sentencia firme de fecha 4 de mayo de 2011, a la pena de ocho meses de prisión, por un delito de robo con fuerza, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Tarragona, ejecutoria nº 249/11; D. Francisco, mayor de edad, nacido en fecha NUM003 de 1985, en prisión provisional por estos hechos desde fecha 28 de abril de 2012, condenado por sentencia firme de fecha 17 de febrero de 2011, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Tarragona, por un delito de robo con intimidación, a la pena de seis meses de prisión, ejecutoria nº 35/11, entre otras condenas; y D. Teodoro, mayor de edad, nacido el NUM004 de 1972, en prisión provisional por esta causa desde el 28 de abril de 2012, condenado por sentencia firme de fecha 25 de noviembre de 2009, dictada por el juzgado de lo Penal nº 3 de Tarragona, por un delito de robo con violencia, a la pena seis meses de multa, ejecutoria nº 670/09, entre otras; junto a otra persona no juzgada todavía, puestos de común de acuerdo y con ánimo de obtener beneficio ilícito, el día 18 de abril de 2012, sobre las 23:00 horas, tras dirigirse a bordo de un Seat Ibiza, matrícula Q....QQ, conducido por el acusado y titular del mismo Héctor, y posiblemente, a bordo de otro vehículo, no identificado, al domicilio masía, sito en CALLE000, km. NUM005 de Valls, propiedad y vivienda habitual de D. Mario y Doña Adelaida, que se encontraban en su interior, saltaron el muro perimetral de la finca y estando el Sr. Mario en el comedor de la misma, viendo el televisor, los acusados accedieron al interior de la vivienda utilizando las llaves de la casa que estaban puestas en la cerradura de la puerta, ya que estaban esperando que volviese la hija de los propietarios, Doña Purificacion, llevando todos capuchas puestas, sin llegar a ocultar su rostro.

En el momento en que el Sr. Mario se dio cuenta de su presencia, uno de los acusados, el Sr. Teodoro

, se abalanzó sobre el Sr. Mario, esgrimiendo un cuchillo de grandes dimensiones, y tras forcejear, cayeron al suelo, dándole el Sr. Francisco golpes con una palanca de hierro y el Sr. Héctor con una botella de cristal de cava rota, propinándole los tres acusados golpes por todo el cuerpo, manos, pies, espalda, piernas, mientras que el acusado, Sr. Jesús María tras registrar la habitaciones, se quedó retirado al igual que otra persona no identificada, portando botellas de cristal de cava, mientras los otros acusados golpeaban al Sr. Mario .

En ese momento, al oír ruidos y gritos del Sr. Mario, salió la Sra. Adelaida que se encontraba durmiendo en su habitación, encontrando al Sr. Mario en el suelo, rodeado de sangre, mientras recibía golpes en los pies y el resto del cuerpo, diciéndoles la Sra. Adelaida que le dejaran, que lo iban a matar, y uno de los acusados que estaban agrediendo al Sr. Mario, dio un empujón a la Sra. Adelaida y la tiró hacia la cama, tirándole otro de los acusados una bola en la espalda, apoderándose de su móvil y de una bolsita que tenía con bisutería en la mesita de noche, por lo que asustada saltó por la ventana de su dormitorio para dirigirse a la vivienda de los vecinos, Sres. Pablo Jesús Jose Carlos, a pedir ayuda, momento en que los acusados aprovecharon para huir.

Los acusados se apoderaron de varias plantas de marihuana y lámparas para su cultivo, dos teléfonos móviles marca Blackberry, diversas joyas (dos pulseras, tres pares de pendientes y tres roscas de pendientes) y una cantidad cercana a los 50 euros. Los teléfonos y las joyas han sido recuperados y entregados a sus titulares.

A resultas de estos hechos, el perjudicado Sr Mario sufrió las siguientes lesiones:

- En la extremidad superior izquierda: dos erosiones a nivel de dorso de las articulaciones metacarpofalángicas del segundo y tercer dedo, línea erosiva que se extiende del dorso del tercer distal metacarpiano en dirección ascendente al dorso del tercer proximal del primer metacarpiano, erosión a tercer medio del dorso del tercer metacarpiano, dos erosiones al tercer medio proximal del primer metacarpiano, erosión al tercer medio del quinto metacarpiano, importante edema, hematoma al dorso de la muñeca que se extiende por el borde cubital hasta el tercer medio del antebrazo y por el borde radial hasta el codo.

- En la extremidad superior derecha: herida de 4x2 cm, al dorso del antebrazo con pérdida de sustancia, hematoma a tercer medio y distal del dorso del antebrazo, varias erosiones y contusiones al dorso de mano y dedos.

- En el tronco: importante hematoma a región posteroexterna de la región costal derecha, hematoma de menor dimensión a la anterior situado en la región costal posteroinferior derecha, gran hematoma que se extiende superiormente desde la cresta ilíaca anterosuperior derecha hasta la cara interna de la columna lumbar izquierda y desciende ocupando el tercio superior de la nalga derecha y pliegue interglúteo. Con visualización radiológica se aprecia infiltración de partes blandas desde la L3 a región glútea derecha. Fractura transversal derecha L4 y novena costilla izquierda.

- En la extremidad inferior derecha, edema en el pie, hematomas a la totalidad del dorso de los cinco dedos, hematoma que se extiende desde la cara externa del primer dedo hasta el dorso de la región tarsiana, contusiones y pequeñas heridas erosivas a la región pretibial, contusión y hematoma que ocupa la totalidad de la cara anterior a la rodilla. Presenta bultoma femoral de 5 cm. De diámetro a la cara externa de la rodilla.

- En la extremidad inferior izquierda: hematoma que se extiende desde la cara interna del tercio superior del muslo a la cara anterior del tercio medio, hematoma a cara anterointerna del tercio medio del muslo, hematoma que se exteinde desde la cara interna del tercio medio del muslo a la cara interna del tobillo. - El tratamiento médico consistió en sutura de heridas mano derecha, curas tópicas y antiinflamatorios. Las lesiones tardaron en curar 45 días, 26 de ellos impeditivos y 1 de hospitalización. Las secuelas resultantes son un bultoma en el quinto metacarpiano de la mano derecha, deformidad en extensión de falange distal del tercer dedo de la mano derecha, cicatriz al dorso de la mano derecha con un perjuicio estético de 3 puntos, fractura de costillas/esternón con neuralgias intercostales esporádicas persistentes de 1 punto y algia postraumática sin compormiso radicular (columna lumbar), 2 puntos.

- El perjudicado reclama.

- La Sra Adelaida resultó con las siguientes lesiones: contusión dorsal izquierda con hematoma paravertebral de 5 x 7 cm. Cervicalgia que precisaron una primera asistencia y tardaron en curar 10 días, 7 de ellos impeditivos. La perjudicada reclama."

SEGUNDO

Dicha sentencia contiene el siguiente Fallo (sic): "Que debo condenar y condeno a D. Héctor, debidamente circunstanciado en autos, como autor criminalmente responsable del delito de robo con violencia, ya definido, con la concurrencia de las agravantes de abuso de superioridad y la atenuante de reparación del daño, ya definidas, con la pena de CUATRO AÑOS DE PRISION, e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Que debo condenar y condeno a D. Héctor, debidamente circunstanciado en autos, como autor criminalmente responsable del delito de lesiones, ya definido, con la concurrencia de las agravantes de abuso de superioridad y de reincidencia y la atenuante de reparación del daño, ya definidas, con la pena de CUATRO AÑOS DE PRISION, e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Que debo condenar y condeno a D. Héctor, debidamente circunstanciado en autos, como autor criminalmente responsable de una falta de lesiones, ya definida, con la pena...

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