ATS, 4 de Febrero de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2014:652A
Número de Recurso1472/2013
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Febrero de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de Dª Fátima con fecha 16 de mayo de 2013 se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 27 de noviembre de 2012, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección Sexta), en el rollo de apelación nº 1957/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario arrendaticio nº 866/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 20 de Sevilla.

  2. - Por Diligencia de Ordenación de fecha 11 de junio de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación con fecha 13 de junio de 2013.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la Procuradora Dª. Patricia Carmen Rodríguez Gómez, designada por el turno de oficio para la representación de Dª Fátima , fue tenida por personada en calidad de parte recurrente mediante diligencia de ordenación de fecha 2 de septiembre de 2013. El Procurador D. Fernando Pérez Cruz, en nombre y representación de D. Marcial , presentó escrito ante esta Sala con fecha 3 de julio de 2013, personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente no se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial al haber quedado acreditado que litiga con el beneficio de justicia gratuita.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Dª Fátima al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de Dª Fátima contra la Sentencia dictada, en fecha 27 de noviembre de 2012, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección Sexta), en el rollo de apelación nº 1957/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario arrendaticio nº 866/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 20 de Sevilla.

  2. ) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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