SAP Murcia 692/2013, 21 de Noviembre de 2013
Ponente | JUAN MARTINEZ PEREZ |
ECLI | ES:APMU:2013:2698 |
Número de Recurso | 654/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 692/2013 |
Fecha de Resolución | 21 de Noviembre de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00692/2013
Rollo Apelación Civil núm. 654/13
Ilmos. Señores CARLOS MORENO MILLAN
Presidente
D. JUAN MARTINEZ PEREZ
D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER
Magistrados
En la Ciudad de Murcia, a veintiuno de noviembre de dos mil trece.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial el procedimiento de Incidente de impugnación de la relación de créditos contra la masa, nº 852/08-01, que dimana de los autos del Concurso Abreviado nº 852/08, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia, entre las partes: como parte actora en primera instancia y apelante en esta alzada, la "Agencia Estatal de Administración Tributaria", defendida por la Abogada del Estado; y como partes demandadas en primera instancia y apeladas en esta alzada: la Administración Concursal de María Rosa, dirigida por el Letrado D. Mario Caparrós López; y D. Pedro, en ambas instancias representado por el Procurador D. Juan Ramón, actuando ésta parte en su propia defensa.
Ha sido Ponente de esta Sentencia, el Ilmo. Sr. Magistrado, D. JUAN MARTINEZ PEREZ, que expresa la convicción del Tribunal.
Que el Juzgado de lo mercantil citado, con fecha 15 de abril de 2013, dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la AGENCIA TRIBUTARIA, defendida por la Letrada IZQUIERDO PÉREZ, contra la administración concursal y contra Pedro, representado por el Procurador Juan Ramón .
Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad. "
Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por el Abogado del Estado en la representación y defensa de la "Agencia Tributaria", siéndole admitido, presentando el Letrado D. Mario Caparrós López en su condición de Administrador Concursal de Dña. María Rosa, y el Procurador D. Juan Ramón en representación de Pedro, sendos escritos de oposición al recurso formulado por el Sr. Abogado del Estado. Por diligencia de ordenación de fecha 17 de julio de 2013 se tuvo por formalizado el trámite de oposición al recurso, acordándose emplazar a las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, formándose el presente rollo nº 654/13, designándose Magistrado Ponente por turno, personándose el Abogado del Estado, ahora apelante, y el Administrador Concursal y el Sr. Pedro, ahora apelados en esta alzada, señalándose Deliberación y Votación para el día 19 de noviembre de 2013.
Que en la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
En el recurso de apelación interpuesto por el Abogado del Estado se pretende que se revoque la sentencia de instancia, dictándose en su lugar otra por la que se estime total o parcialmente la demanda. Se alega infracción del artículo 84.4 LC, indicándose que en la impugnación de los créditos contra la masa no se prevé plazo alguno; que el incidente concursal a que se refiere el artículo 84.4 LC es al previsto en el artículo 192 LC ; se hace mención a la sentencia del Tribunal Supremo de 18 de diciembre de 2012 ; que la impugnación de los créditos contra la masa no está sujeta al plazo de impugnación previsto en el artículo 96 LC . Se alega aplicación en el presente caso del principio de la actio nata, indicándose que el auto que fijó la retribución de la administración concursal, de 20 de junio de 2009, fue notificado a la parte apelante en fecha 23 de enero de 2013, por lo que no se disponía de la información precisa para plantear la...
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