STSJ Comunidad de Madrid 511/2013, 19 de Septiembre de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 511/2013 |
Fecha | 19 Septiembre 2013 |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 4 de lo Social
Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010
Teléfono: 914931953
Fax: 914931959
34001360
NIG : 28.079.34.4-2013/0058720
Procedimiento Recurso de Suplicación 276/2013
ORIGEN:
Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles 201/2012
Materia : Incapacidad permanente
J.S.
Sentencia número: 511/2013
Ilmos. Sres:
Dña. MARÍA LUZ GARCÍA PAREDES
D. MANUEL POVES ROJAS
Dña. MARÍA DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ
En Madrid, a diecinueve de septiembre de dos mil trece, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 4ª de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación 276/2013, formalizado por la Sra. Letrado Dª Adela Parra Fuente en nombre y representación de Dª Piedad, contra la sentencia de fecha veinte de septiembre de dos mil doce, dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles (Madrid), en sus autos número 201/2012, seguidos a instancia de la parte recurrente frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre Incapacidad Permanente, ha sido Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dña. MARÍA LUZ GARCÍA PAREDES.
Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.
En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados: .
"PRIMERO.- Piedad, se encuentra en situación de alta o asimilada en el Régimen Especial de General de la Seguridad Social, siendo su profesión habitual técnico de prevención de riesgos laborales.
Por resolución de fecha 27 de octubre de 2011, dictada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, se acordó no declarar a Piedad en situación de incapacidad permanente en grado alguno. Tal pronunciamiento fue ratificado, tras la oportuna reclamación administrativa efectuada por Piedad .
La base reguladora para la prestación solicitada es de 2.104,32 euros mensuales y la fecha de efectos 27 de octubre de 2011.
GEMA MONZÓN RODRÍGUEZ padece migrañas con aura, con ingresos puntuales en urgencia hospitalarias para su tratamiento. Miopía magna bilateral progresiva e irreversible, con 0,5 de visión en ojo izquierdo y pérdida casi completa de visión en ojo derecho (cuenta dedos gruesos a 2 metros). Dificultad para fusionar imágenes."
En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: " Que estimando la demanda interpuesta por Piedad debo reconocer y reconozco a éste en situación de incapacidad permanente en grado de total para cualquier profesión u oficio, y al consiguiente derecho al percibo de una pensión del 55% de una base reguladora de 2.104,32 euros desde el día 27 de octubre de 2011 con las mejoras legalmente correspondientes, condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social a estar y pasar por esta declaración."
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandante, formalizándolo posteriormente. Tal recurso no fue objeto de impugnación por la contraparte.
Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha 21/01/2013, dictándose la correspondiente y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba