SAP Málaga 117/2013, 19 de Febrero de 2013

PonenteMARIA INMACULADA SUAREZ-BARCENA FLORENCIO
ECLIES:APMA:2013:1402
Número de Recurso949/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución117/2013
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. SECCIÓN SEXTA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO CUATRO DE MALAGA

JUICIO ORDINARIO NÚMERO 908/07

ROLLO DE APELACIÓN CIVIL NÚMERO 949/11

SENTENCIA N.º 117/13

ILMOS. SRES.

Presidente

DON JOSÉ JAVIER DÍEZ NÚÑEZ

Magistradas

DOÑA INMACULADA SUÁREZ BÁRCENA FLORENCIO

DOÑA SOLEDAD JURADO RODRÍGUEZ

En la ciudad de Málaga a diecinueve de febrero de dos mil trece.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio Ordinario N.º 908/07, procedentes, del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Málaga, sobre Servidumbre de Medianería, seguidos a instancia de D. Carlos Miguel Y DE DÑA. Rosaura, representados en el recurso por la Procuradora Dña. EVA BUENO DIAZ y defendidos por la Letrada Dña. María José Martín Padilla, contra Benedicto Y DÑA. Bibiana, representados en el recurso por la Procuradora Dña. María Rosa González Illescas y defendidos por la Letrada Dña. M.ª Visitación Rey Lesaca; pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por los actores contra la Sentencia dictada en el citado juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Málaga dictó Sentencia de fecha 29 de julio de 2010, en el juicio Ordinario número 908/07, del que este rollo dimana, cuya Parte Dispositiva dice así: " FALLO.- DESESTIMAR LA DEMANDA interpuesta por la procuradora Dña. Eva Bueno Díaz, actuando en nombre y representación de D. Carlos Miguel y DÑA. Rosaura, contra D. Benedicto y DÑA. Bibiana, ABSOLVER a los demandados de todos los pedimentos deducidos en su contra. CONDENAR a la demandante al pago de las costas procesales causadas en esta instancia."

SEGUNDO

Contra la expresada Sentencia interpusieron, en tiempo y forma, recurso de apelación los actores, el cual fue admitido a trámite y, su fundamentación impugnada de contrario, remitiéndose los autos a esta Audiencia, donde al haberse rechazado la prueba interesada por los apelantes y no estimarse necesaria la celebración de vista, previa deliberación de la Sala, que tuvo lugar el día 19 de febrero de 2013, quedaron las actuaciones conclusas para Sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente la Ilma. Sra. D.INMACULADA SUÁREZ BÁRCENA FLORENCIO .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia dictada en la anterior instancia desestima la demanda que en pretensión de que se declarase medianera la valla metálica situada por encima del muro de ladrillo construido por D. Carlos Miguel y Dña. Rosaura en su propiedad, dedujeran éstos frente a D. Benedicto y a Dña. M. Bibiana, a los que absuelve de las pretensiones formuladas en su contra, con imposición, a los actores, de las costas causadas, los cuales, a través de su representación procesal se han alzado en apelación frente a la expresada resolución.

SEGUNDO

La Sentencia de instancia desestima la demanda al considerar la juzgadora a quo, en primer lugar, que el Código Civil no se refiere a la posibilidad de medianería solo sobre la parte de un muro de delimitación de fincas, sino que siempre se refiere a la totalidad de la pared o muro medianero y, en segundo lugar por que,...

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