STSJ Comunidad de Madrid 410/2013, 3 de Junio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución410/2013
Fecha03 Junio 2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL SECCION: 6

MADRID

C/ GENERAL MARTINEZ CAMPOS, NUM. 27

Tfno. : 91.493.19.46

N.I.G.: 28000 4 0000621 /2001

40126

ROLLO Nº: 1194/2012

TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION

MATERIA: CLASIFICACION PROFESIONAL

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 21 de, MADRID

Autos de Origen: DEMANDA 279/11

RECURRENTE/S: SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD Y HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO GREGORIO MARAÑON

RECURRIDO/S: Tamara

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En MADRID a tres de Junio de dos mil trece

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON LUIS LACAMBRA MORERA, DON BENEDICTO CEA AYALA,, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 410

En el recurso de suplicación nº 1194-12 interpuesto por el Letrado de la Comunidad de Madrid en nombre y representación de SERVICIO MADRILEÑO DE LA SALUD, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 21 de los de MADRID, de fecha 20.07.11, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. ENRIQUE JUANES FRAGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 279-11 del Juzgado de lo Social nº 21 de los de Madrid, se presentó demanda por Dª Tamara contra, SERVICIO MADRILEÑO DE LA SALUD en reclamación de CLASIFICACION PROFESIONAL, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en 20.07.11 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que debía estimar parcialmente la demanda interpuesta por DOÑA Tamara en concepto RECLAMACIÓN DE CANTIDAD contra EL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD condenándole al pago de

3.605,18 euros por diferencias salariales al realizar funciones y tareas de superior entidad a la de su categoría profesional del período completo del 2010".

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

PRIMERO

DOÑA Tamara presta sus servicios en el Instituto Oftálmico de Madrid, dependiente del SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD, desde el 01/04/97, teniendo reconocida categoría profesional de auxiliar administrativo y percibiendo un salario promedio en diciembre del 2010 de 1.660,84 euros.

SEGUNDO

La actora desde los inicios de su relación laboral ha venido realizando funciones de superior entidad profesional a la de su categoría reconocida, por lo que, ha formulado diversas reclamaciones de cantidad de periodos anteriores, ante esta Jurisdicción, obteniendo diversas sentencias estimatorias, una de las de la Sala Social del TSJM de 16/02/09, que estimó Recurso de Suplicación contra la dictada en la instancia, otra del Juzgado de lo social nº 34 de los de Madrid de 29/10/09 y la de 25/10/10 del Juzgado de lo social nº 32.

TERCERO

Las funciones y tareas profesionales que viene realizando últimamente la actora son las que se relacionan y detallan en el hecho cuarto de su demanda, cuyo contenido coincide en los sustancial con el Informe del Comité de Empresa de fecha 03/01/11 que se adjuntó a la demanda y que fue ratificado en el acto del juicio oral, por la presidenta de dicho órgano de representación de los trabajadores.

CUARTO

Igualmente se da por reproducido el Informe remitido por la Inspección de Trabajo el 12/07/11, a los folios 36 a 38, pese a que por la fecha indicada en el mismo de 22/07/08 se realizó para alguna de las anteriores reclamaciones.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre en suplicación el letrado del SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD DE LA COMUNIDAD DE MADRID contra la sentencia de instancia, que ha estimado las demandas de las demandantes en reclamación de diferencias por realización de funciones de superior categoría de oficial...

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