SAP Ciudad Real 175/2013, 15 de Julio de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 175/2013 |
Fecha | 15 Julio 2013 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
CIUDAD REAL
SENTENCIA: 00175/2013
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de CIUDAD REAL
N26200
CABALLEROS, 11, PLANTA SEGUNDA
Tfno.: 926 29 55 25/55 98 Fax: 926295522
N.I.G. 13005 41 1 2012 0100598
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000527 /2012-J.
Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de ALCAZAR DE SAN JUAN.
Procedimiento de origen: FAML.GUARD,CUSTDO ALI.HIJ MENOR NO MATRI CONS 0000146 /2012
Apelante : Gabriel . Procurador: CARLOS SANCHEZ SERRANO. Abogada: MARIA DEL PILAR TORIBIO VILLALBA.
Apelados : Enriqueta, ILTMO. SR. FISCAL . Procuradora: MERCEDES HI NO JOSAS SANZ, . Abogada: MARIA DEL MAR CASTILLO LIGERO,
SENTENCIA nº.: 175/2.013.
Presidente: CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO
Magistrados:
FULGENCIO VICTOR VELAZQUEZ DE CASTRO PUERTA
JOSE MARIA TAPIA CHINCHON.
En CIUDAD REAL a quince de Julio de dos mil trece.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 2, de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de FAML.GUARD,CUSTDO ALI.HIJ MENOR NO MATRI CONS 146/2012, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de ALCAZAR DE SAN JUAN, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 527/2012, en los que aparece como parte apelante, Gabriel, representado por el Procurador de los tribunales CARLOS SANCHEZ SERRANO, asistido por la Letrado MARIA DEL PILAR TORIBIO VILLALBA, y como parte apelada, Enriqueta e ILTMO. SR. FISCAL, representada por la Procuradora de los tribunales MERCEDES HINOJOSAS SANZ, asistida por la Letrado MARIA DEL MAR CASTILLO LIGERO, siendo la Magistrada Ponente la Iltma. Dª. CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO.
Por el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de ALCAZAR DE SAN JUAN, se dictó sentencia con fecha 11 de Octubre de 2.012, en el procedimiento de Guarda y Custodia 146/2.012, del que dimana este recurso.
La expresada sentencia contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: En la demanda formulada por la Procuradora Dña. Mª Catalina Valle Callejas, en representación de Dña. Enriqueta
, contra D. Gabriel, siendo parte el Ministerio Fiscal, hago los siguientes pronunciamientos: Primero.- Se atribuye la guarda y custodia de las menores, Sofía y Laura, a la madre, siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores.- Segundo.- Se establece un régimen de visitas en virtud del cual podrá el padre estar en compañía de las menores, en caso de desacuerdo, los fines de semana alternos, desde la salida del colegio del viernes, o, en su caso, desde las 17.00 horas, y hasta las 20,00 horas del domingo, así como la mitad de las vacaciones escolares de Navidad, Semana Santa y verano, eligiendo los periodos, en caso de desacuerdo, el padre los años impares y la madre los años pares.- Las festividades de un día de duración o puentes, serán disfrutados por los progenitores de manera alterna, siempre respetando las actividades escolares y extraescolares de las niñas.- Las menores deberán ser recogidas y reintegradas en el domicilio materno.- Los padres permitirán y facilitaran la comunicación de las hijas con los respectivos familiares, se tendrán al corriente de la situación de las menores, especialmente en cuanto a cambios de domicilio y cualquier circunstancia importante que afecte a su formación, estudios, estado de salud, etc. y deberán ponerse de acuerdo en aquellos asuntos que afecten sustancialmente a las hijas, como viajes o estancias en el extranjero, decisiones relevantes a su salud, etc..- Tercero.- se fija contribución del padre para atender las necesidades de aliento, vestido y...
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ATS, 27 de Mayo de 2014
...la sentencia dictada, con fecha 15 de julio de 2013, por la Audiencia Provincial de Ciudad Real (Sección 2ª) en el rollo de apelación nº 527/2012 , dimanante de los autos de guarda, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales nº 146/2012 del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Alcáz......