Pacto de no concurrencia
- Práctico Administrativo General por:
- Práctico Urbanismo por:
- Recurso de casación contra resoluciones anteriores al 29 de julio de 2023
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Pacto de no concurrencia entre empresa y trabajador
El pacto de no concurrencia para después de extinguido el contrato de trabajo no podrá tener una duración superior a dos años para los técnicos y de seis meses para los demás trabajadores y sólo será válido si el empresario tiene un efectivo interés industrial o comercial en ello, y si se satisface al trabajador con una compensación económica adecuada. En el supuesto de compensación económica por
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STS, 14 de Mayo de 2009
RECURSO DE SUPLICACIÓN. CONTRATO DE TRABAJO. PERÍODO DE PRUEBA. El período de prueba es una institución que permite a cualquiera de las partes que intervienen en el contrato de trabajo rescindir unilateralmente el mismo, por su sola y exclusiva voluntad, sin necesidad de cumplir ninguna exigencia especial al respecto. Se desestima el recurso.
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STS, 6 de Febrero de 2009
CONTRATO DE TRABAJO. El pacto de no competencia postcontractual genera expectativas tanto para el trabajador (indemnización para compensarle del perjuicio que pueda suponer, tener que dedicarse, después de extinguido el contrato y durante el tiempo pactado, a otra actividad distinta, para la que quizá no esté preparado), como para el empresario (evitar el perjuicio que pueda suponer la...